Marco Legal Laboral Caso práctico No.1
Enviado por Nicolei14 • 7 de Octubre de 2021 • Ensayo • 1.210 Palabras (5 Páginas) • 651 Visitas
Marco Legal Laboral
Caso práctico No.1
Nicole Izquierdo Fecha: 28/09/2021
Gonzalo Linas
1. ¿Cuáles son las acciones legales que la Sra. Georgina Gómez puede iniciar?
La Sra. Georgina Gómez, puede tomar acciones legales demandando al patrón declarando un despido intempestivo, el cual significa terminar la relación de manera unilateral sin que ella esté de acuerdo.
Por otro lado, puede también proponer tener una negociación o conciliación con su puesto de trabajo, basándose en el Art. 157 “el incumplimiento de las obligaciones contenidas en los artículos 154 y 156 da derecho al trabajador para solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le otorgue el puesto correspondiente o se le indemnice con el importe de tres meses de salario. Tendrá además derecho a que se le paguen los salarios e intereses, en su caso, a que se refiere el párrafo segundo del artículo 48”.[1]
En el Art.48 de la Ley Federal de Trabajo “el trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago”.[2]
También, es importante tomar en cuenta que la Sra. Georgina Gómez, tiene una antigüedad de 15 años de trabajo por la cual podrá solicitar la prima de antigüedad amparándose en numeral III del Art. 162. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo, se pagará a los que se separen por causa justificada, y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o no justificación del despido.[3]
2. ¿A qué la instancia legal debe dirigirse la acción y por qué razones?
Las tres acciones legales correspondientes son: judicial, administrativo y un centro de mediación y arbitraje.
Basándonos en el Art. 48 citado en la parte superior, la Sra. Georgina debe acercarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Tomar un abogado, para que su pedido pueda llegar ante un juez laboral y poder dar acción al debido juicio y a su pretensión.
Presentación ante el Ministerio de Trabajo.
3. ¿Quiénes son los sujetos contra los cuales debe entablar su acción? Argumente, precisando las normas que respalden la decisión.
Para reclamar el tema de despido intempestivo debe dirigirse al nuevo titular es el representante de las acciones tomadas en reducción de personal, (Art. 10 que hace referencia al: “patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos”.[4] Para solicitar, la reintegración del puesto, o a su vez poder reclamar la indemnización correspondiente basándose en el Art. 48 y Art.162.
4. ¿Puede la Sra. Gómez demandar la reinstalación?, ¿Por qué? (funde y motive jurídicamente).
De acuerdo al Art. 48 de la Ley Federal de Trabajo, la Sra. Georgina Gómez puede solicitar una reintegración de su trabajo ante la junta de Conciliación y Arbitraje, o su vez que se le indemnice.
La Sra. Gómez fue despedida y obligada a salir de las oficinas como si fuera una delincuente, tema que no es resulto ya que, puede causar daños y prejuicios, calumnia, y también no tiene ningún respaldo o sustento de su despido por un acta escrita y debidamente notificada. Amparándose en el Art. 47 que cita lo siguiente: “Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón. La falta de aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta, por sí sola determinará la separación no justificada y, en consecuencia, la nulidad del despido”.[5]
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