Modelo De Reglamento De Recaudo De Cartera Morosa
Enviado por jhon2004 • 29 de Septiembre de 2013 • 30.209 Palabras (121 Páginas) • 600 Visitas
REGLAMENTO INTERNO DE RECAUDO DE CARTERA
TABLA DE CONTENIDO
PAGINA
Designación del Área y Funcionario Competente 5
Medición y Depuración de Cartera 5
Clasificación de la Cartera 18
Definición de las actividades propias del procedimiento de cobro 18
Conformación de Expedientes 19
Cobro Persuasivo 20
Cobro Administrativo Coactivo 33
Revisión de Expedientes 33
Investigación de Bienes 34
Mandamiento de Pago 35
Medidas Cautelares 40
Embargo de Bienes 40
Secuestro de Bienes 55
Cauciones 56
Levantamiento de Medidas Cautelares 57
Avalúo y Remate de Bienes 58
Terminación y Archivo del Proceso 69
Glosario de Términos 72
Anexos 74
ARTICULO PRIMERO: Adopción. Adóptese el siguiente reglamento interno de cartera del Municipio de VALPARAISO, con el fin de facilitar el cumplimiento a los deudores morosos del impuesto predial unificado, el impuesto de industria y comercio y demás tasas y contribuciones el cuál se sujetará a las reglas contenidas en el presente Decreto.
ARTICULO SEGUNDO: Designación del Área y Funcionario Competente. Con base en el MANUAL DE FUNCIONES Y REQUISITOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL MUNICIPIO DE VALPARAISO, Facultase a la Tesorería de la Administración Municipal para que de manera permanente tenga a su cargo el ejercicio de la actividad y función administrativa del cobro coactivo para hacer efectivas las obligaciones exigibles a favor del Tesoro Público, para lo cuál deberá seguir el procedimiento descrito en el presente Reglamento y por ende en el Estatuto Tributario Nacional. Para tal efecto, el Tesorero será el encargado de llevar a cabo el procedimiento coactivo. El Jefe de Recaudo de dicha dependencia será el encargado de la medición, depuración y clasificación de la cartera y de agotar la vía de cobro persuasivo.
ARTICULO TERCERO: Medición y depuración de cartera. Para gestionar el cobro de la cartera del Municipio, lo primero que se debe hacer es conocerla, es decir, determinar el monto de las deudas a favor de la Entidad. Para esto se debe seguir el siguiente procedimiento:
1. Establecer una fecha de corte periódica que permita conocer el estado continuo de la cartera. Para el caso del Municipio de VALPARAISO la fecha de corte será el 31 de Diciembre de cada periodo fiscal.
2. Realizar un inventario de los contribuyentes morosos por cada impuesto y concepto, para lo cual se utilizará el siguiente modelo:
INVENTARIO CONTRIBUYENTES MOROSOS IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
NOMBRE C.C. O NIT FECHA VENCIMINETO DE LA OBLIGACIÓN VALOR ADEUDADO A CAPITAL VALOR SANCIÓN INTERESES A LA FECHA DE CORTE VALOR TOTAL DE LA OBLIGACIÓN
INVENTARIO CONTRIBUYENTES MOROSOS IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
NOMBRE C.C. O NIT FECHA VENCIMINETO DE LA OBLIGACIÓN VALOR ADEUDADO A CAPITAL VALOR SANCIÓN INTERESES A LA FECHA DE CORTE VALOR TOTAL DE LA OBLIGACIÓN
En necesario tener en cuenta que se debe establecer en el inventario una a una de las obligaciones vencidas de cada contribuyente, para así establecer claramente los intereses moratorios a favor de la entidad y la antigüedad de cada obligación.
A partir de la fecha de expedición del presente Decreto este inventario debe generarse semestralmente (cada 6 meses) y cada dos (2) meses se debe presentar un seguimiento de su evolución, tanto en su monto global, como por cada grupo de cartera de acuerdo a los criterios de clasificación.
A continuación se presenta un ejemplo acerca de cómo debe ser elaborado el inventario:
El señor PEDRO PEREZ identificado con cédula de ciudadanía Nº 17.623.201 de VALPARAISO posee un predio en el área rural del Municipio. Dicho señor no cancela el correspondiente impuesto predial unificado sobre el predio de su propiedad desde la vigencia fiscal 2003. Se pretende saber cuales son las obligaciones a cargo del señor Pedro Pérez, para lo cual se efectuó una liquidación con corte a 31 de Diciembre de 2007:
INVENTARIO CONTRIBUYENTES MOROSOS IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
NOMBRE C.C. O NIT FECHA VENCIMINETO DE LA OBLIGACIÓN VALOR ADEUDADO A CAPITAL VALOR SANCIÓN INTERESES A LA FECHA DE CORTE VALOR TOTAL DE LA OBLIGACIÓN
PEDRO PEREZ 17.623.201 31-DIC-2003 100.000 0 61.551 161.551
PEDRO PEREZ 17.623.201 31-DIC-2004 105.000 0 43.308 148.308
PEDRO PEREZ 17.623.201 31-DIC-2005 110.250 0 23.161 133.411
PEDRO PEREZ 17.623.201 31-DIC-2006 115.763 0 0 115.763
Del anterior ejemplo se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
1. El incremento del valor anual del impuesto a cargo del contribuyente se realizó utilizando una tasa constante de crecimiento del 5%. Para el caso real el impuesto se calculará tomando como base el avalúo catastral reportado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) o el autoavalúo que realice el propietario del inmueble cuando sea procedente esta figura, y se le aplicará la tarifa correspondiente establecida en el Estatuto de Rentas Municipal.
2. Dentro del ejemplo no se calcula sanción por mora puesto que no está establecido dentro del Estatuto de Rentas Municipal.
3. Es pertinente tener en cuenta que con la entrada en vigencia de la Ley 1066 de 2006, el interés de mora se calculará en adelante dentro del contexto del interés compuesto, utilizando como referencia la Tasa de Usura. Los intereses generados hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigencia de la ley de normalización de cartera, se deberán calcular con la normatividad vigente para la época. Por lo anterior los intereses de mora fueron calculados de la siguiente manera y teniendo en cuenta aspectos como:
a) que dentro del contexto de interés generados son reinvertidos en el momento de ser causados.
b) La tasa de interés efectiva supone la reinversión acumulada y sucesiva de interés a la misma tasa nominal
c) Que la tasa de interés Efectiva Anual, se caracteriza por liquidar intereses al final de cada año, y como causación de los intereses moratorios para el caso de las obligaciones administradas por la DIAN
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