Modelo de auditoria para el mejoramiento del sistema de control interno de instituciones financieras en Colombia
Enviado por YENIFERRIVERA • 1 de Septiembre de 2023 • Documentos de Investigación • 1.298 Palabras (6 Páginas) • 67 Visitas
DIPLOMADO EN GESTIÓN TRIBUTARIA
MODULO: IMPUESTO DE RENTA AÑO 2022
TALLER No. 1
- Indique si las siguientes personas naturales están obligadas o no a declarar Renta por el año gravable 2022, argumente su respuesta.
- Carla Guarín, a 31 de diciembre del año 2022 reporta la siguiente información:
Saldo en su cuenta bancaria: $22.500.000
Automóvil valor de compra: $59.000.000
Casa habitación avaluada fiscalmente en: $109.000.000
Deudas a 31 de diciembre: $90.000.000
Ingresos brutos del año: $72.000.000
Movimiento en su cuenta de ahorros proveniente de consignaciones bancarias: $62.000.000
En el año 2022 no fue responsable del impuesto a las ventas.
R// Según la información presentada correspondiente al 31 de diciembre del año 2022 y bajo el fundamento del decreto 2487 de 2022 del estatuto tributario la señora Carla Guarín, si está obligada a declarar renta ya que su patrimonio bruto supera el tope de $171.018.000 correspondientes para el año 2022, explicando que su patrimonio bruto es de: $22.500.000 que corresponde al saldo de su cuenta bancaria, $59.000.000 que corresponde a la compra de un Automóvil y una casa habitación avaluada en $109.000.000 dando un total del patrimonio bruto de $190.500.000, por ingresos brutos el tope que es de $53.206.000 superándolo con un total de $72.000.000, por movimientos en su cuenta de ahorros provenientes de consignaciones bancarias el tope es de $53.206.000 y lo supera con un valor de $62.000.000 y por ultimo las compras y consumo el topo es de $53.206.000 y lo supera con $90.000.000, si esta obligada a declarar renta.
- Juana Cardozo, a 31 de diciembre del año 2022 reporta la siguiente información:
Saldo en su cuenta bancaria: $38.000.000
Casa habitación avaluada fiscalmente en: $109.000.000
Deudas a 31 de diciembre: $19.000.000
Ingresos brutos del año: $39.000.000
Movimiento en su cuenta de ahorros proveniente de consignaciones bancarias: $79.000.000
En el año 2022 fue responsable del impuesto a las ventas.
R// Según la información presentada correspondiente al 31 de diciembre del año 2022 y bajo el fundamento del decreto 2487 de 2022 del estatuto tributario la señora Juana Cardozo, si está obligada a declarar renta ya que en el año 2022 fue responsable del impuesto a las ventas y también anexo que por movimientos en su cuenta de ahorros provenientes de consignaciones bancarias el tope es de $53.206.000 y lo supera con un valor de $79.000.000, si esta obligada a declarar renta.
- Andrea Marín, a 31 de diciembre del año 2022 reporta la siguiente información:
Saldo en su cuenta bancaria: $44.000.000
Casa habitación avaluada fiscalmente en: $138.000.000
Deudas a 31 de diciembre: $69.000.000
Ingresos brutos del año: $75.000.000
Movimiento en su cuenta de ahorros proveniente de consignaciones bancarias: $39.000.000
En el año 2022 no fue responsable del impuesto a las ventas.
R// Según la información presentada correspondiente al 31 de diciembre del año 2022 y bajo el fundamento del decreto 2487 de 2022 del estatuto tributario la señora Andrea Marín, si está obligada a declarar renta ya que su patrimonio bruto supera el tope de $171.018.000 correspondientes para el año 2022, explicando que su patrimonio bruto es de: $44.000.000 que corresponde al saldo de su cuenta bancaria y una casa habitación avaluada en $138.000.000 dando un total del patrimonio bruto de $182.000.000, por ingresos brutos el tope que es de $53.206.000 superándolo con un total de $75.000.000, y por ultimo las compras y consumo el topo es de $53.206.000 y lo supera con $69.000.000, si está obligada a declarar renta.
2. Se requiera conocer su concepto con criterio tributario y con sustentación jurídica de los dos casos
2.1 CASO CONTADOR “El cliente Efrain Lozada lo busca para que brinde una asesoría respecto a este comunicado”
La DIAN comprometida con el propósito de lograr cercanía con el ciudadano, para facilitar y garantizar el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias y la correcta depuración de su declaración del Impuesto sobre la Renta, analizó los ingresos brutos reportados en el total de declaraciones de IVA presentadas por Ustedes por el año gravable 2021 y encontró que, a precios reales (1), presentó un incremento 24,28% frente al total de ingresos brutos reportados en Renta 2020.
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