NORMAS PAC
Enviado por monkijoha • 12 de Septiembre de 2014 • 564 Palabras (3 Páginas) • 371 Visitas
PAC
2. NORMATIVIDAD:
Durante mucho tiempo la ejecución pasiva del presupuesto fue manejada por acuerdos mensuales de pagos, que simplemente eran una programación de pagos a muy corto plazo, lo que redundo en que las entidades o se gastaran muy rápido su presupuesto o, por el contrario, lo trataran de ejecutar a última hora; para evitar este descontrol, el gobierno nacional decidió en la reforma a la Ley del Presupuesto de 1989, normalizar el manejo del gasto tanto al nivel nacional, como regional y local.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Programa Anual Mensualizado de Caja fue creado a nivel nacional por la Ley 38 de 1989, la cual en su Artículo 55, estableció que “El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación elaborarán el Programa Anual de Caja para la aprobación del Consejo Superior de Política Fiscal.
Posteriormente y con la expedición de la Constitución Política de Colombia en 1991, en sus artículos 300, 313, 352 y 353, La Ley 179 de 1993 y demás normas nacionales establecieron que la normatividad aplicable a los presupuestos de las entidades territoriales era el Estatuto Orgánico del Presupuesto, expedido por la correspondiente corporación administrativa, acorde con las normas e instrumentos de la nación y necesidades de las respectivas entidades territoriales.
Atendiendo a esta acción en el Distrito Capital, se expidieron los Acuerdos 24 de 1995 y 20 de 1996, los cuales fueron compilados en el Decreto Distrital 714 de 1996, conformando en su totalidad el Estatuto de Presupuesto del Distrito, el cual en sus artículos 55 a 57 resume la definición del PAC, los objetivos y procedimientos a tener en cuenta en su
aprobación, modificación y ejecución. Este Decreto fue reglamentado parcialmente, primero por el Decreto Distrital 1179 de 1997 y posteriormente por el Decreto Distrital 499 del 30 de diciembre de 2003, los cuales regularon y dictaron procedimientos sobre las operaciones y competencias de la Dirección Distrital de Tesorería, de Crédito Público y la Oficina Asesora de Análisis y Control de Riesgo de la Secretaría de Hacienda Distrital.
Con lo anterior y teniendo en cuenta lo establecido en el capítulo IV, artículo 33 del Decreto 499 citado, la Dirección Distrital de Tesorería ha venido expidiendo una serie de circulares, las cuales tienen el fin de desarrollar, los diferentes procedimientos con los cuales cada entidad debe manejar y controlar tanto la programación como la ejecución del Programa Anual Mensualizado de Caja, la última circular expedida por la Dirección Distrital de Tesorería es la 04 de marzo de 2004.
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Finalmente, deben tenerse en cuenta normas que manejan la racionalidad en la ejecución presupuestal, tales como lo expresado en el numeral 16 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002 –
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