Origen y Evolución de los Impuesto Sobre las Rentas en República Dominicana
Enviado por aguerrag • 10 de Junio de 2016 • Tarea • 1.653 Palabras (7 Páginas) • 6.068 Visitas
Origen y Evolución de los Impuesto Sobre las Rentas en República Dominicana.
La República Dominicana hasta la primera ocupación militar en los años de 1916 al 1924, no contaba con un eficiente sistema tributario, los norteamericanos consideraron que el país tenía un sistema impositivo muy arcaico y lleno de inconsistencias. No existían recaudación por los impuestos directos y el tributo más significativo era el colectado a través de las aduanas. Los valores colectados a través de los ayuntamientos consistían cargas municipales, con una gestión de recaudación deficiente y altos niveles de corrupción. Desde el inicio, el Gobernador Knapp intentó centralizar los impuestos para lograr con ello una mayor recaudación fiscal. Con ayuda de expertos norteamericanos se propuso al gobierno abolir una serie de impuestos y arbitrios.
El 11 de febrero del año 1949, se dictó la Ley No. 1927, de Impuesto sobre la Renta que derogo la mayoría de las leyes tributaria anteriores, creándose la Dirección General del Impuesto Sobre la Renta, organismo encargado de administrar el Impuesto Sobre la Renta. La Secretaria de Estado del Tesoro y Crédito Público, (hoy Ministerio de Hacienda), era el organismo superior jerárquico.
El 26 de diciembre del 1951, surgió la Ley 2642, sobre el Impuesto Sobre el Beneficio, constituyendo una nueva normativa jurídica para esta modalidad de impuesto. Introduce amplios cambios en la base tributaria, establecía un impuesto orientado básicamente a las actividades lucrativas. Después de varias modificaciones, esta Ley fue sustituida por la No. 3861, esta última tuvo impacto en el impuesto sobre el inquilinato. La Ley 3861 del 29 de junio del 1954, incluía como principal filosofía cumplir cabal y oportunamente su función de recaudación. Esta Ley establecía tres categorías de imposición: una para los beneficios que provenían del inquilinato y arrendamientos de inmuebles, otra que gravaba los beneficios de préstamos y la última que gravaba los beneficios de las empresas comerciales, industriales, agropecuarias y mineras, disponía de métodos diferentes para determinar los beneficios.
La Ley 3861 fue sustituida, transitoriamente, por la Ley 5191 de Impuestos Sobre Beneficios, del 31 de agosto de 1959, sin embargo, realmente no llego a ser derogada, en vista de que el Generalísimo Rafael L. Trujillo, considero que esta Ley era muy avanzada y atentaba contra su seguridad económica personal, esto motivo que el jefe emitiera el Decreto No. 5222 del 11 de octubre del 1959 que suspendía los efectos de la Ley 5191.
Mediante la Ley No. 5234 del 21 de octubre del 1959, el Congreso Nacional aprobó con carácter de Ley el citado Decreto. De su parte, la Le 5191, nunca fue aplicada, y la Ley 5234 estuvo vigente hasta el 01 de julio del 1962, cuando entro en vigencia la Ley 5911.
La Ley 5911, promulgada por el Consejo de Estado, que lo presidia el Dr. Rafael Bonelly, el 22 de mayo del 1962, estableció para las Persona Físicas, un sistema mixto de cinco (5) categorías de rentas en función de una escala progresiva que se dividía en 16 partes aplicables sobre la renta neta imponible que permitía determinar el impuesto. Mientras que las Personas Jurídicas liquidaban su Impuesto Sobre la Renta, aplicando a su balance final imponible una escala progresiva dividida en 10 partes. En adición a las altas tasa, prevalecía el criterio de la doble imposición.
Esta complicada Ley estuvo vigente hasta el 1992, con la entrada en vigencia de la Ley 11-92 del 11 de mayo del 1992, esta nueva Ley es la que instituye el Código Tributario de la Republica Dominicana, la misma entro en vigencia el día 01 de junio del 1992.
Desde la institución del Código Tributario en el 1992 se han realizado modificaciones al tributo, mediante las reformas Tributarias, Decretos, Normas y leyes creando el Sistema de Recaudación que conocemos actualmente.
Actualmente los Órganos de la Administración Tributaria son la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) encargada de los tributos internos y la Dirección General de Aduanas (DGA) encargada de los tributos externo o comercio internacional.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), como institución encargada de administrar los impuestos nacionales, si bien tiene el compromiso de recaudar y aplicar las leyes y normas tributarias, también tiene el deber de orientar a la ciudadanía sobre el cumplimiento de las mismas.
Se presentan como principales impuestos internos los siguientes:
- Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). En cumplimiento con lo establecido en los párrafos I y II del art. 23 de la Ley 253-12, se informa a los contribuyentes que la tasa del ITBIS a aplicar a las transferencias de bienes gravadas y/o prestación de servicios a partir del 2016 será del 18%.
A partir del 2016 se establece una tasa reducida del 16% del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) para los bienes derivados de lácteos, de grasas animales o vegetales comestibles, derivados de azúcares y de cacao y chocolate según se citan en el cuadro del párrafo II del art. 23.
- Impuesto sobre la Renta. Es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Base Legal: Título II Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones.
Escala retención asalariados 2016
Escala Anual | Tasa |
Renta hasta RD$409,281.00 | Exento |
Rentas desde RD$409,281.01 hasta RD$613,921.00 | 15% del excedente de RD$409,281.01 |
Rentas desde RD$613,921.01 hasta RD$852,667.00 | RD$30,696.00 más el 20% del excedente de RD$613,921.01 |
Rentas desde RD$852,667.01 en adelante. | RD$78,446.00 más el 25% del excedente de RD$852,667.01 |
Fuente: Dirección General de Impuestos internos
- Impuesto Selectivo al Consumo. Es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación; servicios de telecomunicaciones, de seguros y pagos a través de cheques. Base legal: Título IV Ley 11-92 d/f 16/05/92 y sus modificaciones.
- Productos del alcohol
- Productos del tabaco
- Servicios de telecomunicaciones
- Pagos realizados con cheques por las entidades de intermediación financiera así como los pagos realizados a través de transferencias electrónicas
- Seguros en general
- Otros bienes establecidos en la ley
Este impuesto se pagará con tasas diversas en función del bien o servicio al cual se aplique, entre los que citamos:
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