Pasos Para Abrir Una Empresa
Enviado por hectorgonzalez21 • 10 de Junio de 2013 • 1.562 Palabras (7 Páginas) • 474 Visitas
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Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:
Persona Natural: Son personas físicas que actúan en nombre propio para la realización de su actividad comercial, y que se identifican con su número de cédula.
Persona Jurídica: Es una sociedad o institución formada para la consecución de un fin y con aprobación legal. Están representadas por personas naturales, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones en el ejercicio de su actividad comercial o industrial. La identificación de estas sociedades es por medio del Registro Único del Contribuyente (RUC.). Para su registro se requiere de un abogado.
Creación de una sociedad en Panamá
Las sociedades panameñas se pueden constituir en un término de tres a cinco días laborables. Existen sociedades o corporaciones anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, entre otras figuras jurídicas. Nuestra legislación permite que usted incorpore una sociedad extranjera en nuestro registro público, previo cumplimiento de los requisitos previamente establecidos para tales efectos.
Las sociedades requieren la celebración de un acuerdo entre dos o más personas mayores de edad, quienes deberán suscribir al menos una acción cada uno, sin importar cuál sea su nacionalidad o su domicilio. Este acuerdo debe presentarse ante Notario Público en Panamá, para la confección de la Escritura Pública correspondiente. Luego, esa Escritura Pública deberá ser inscrita en el Registro Público de Panamá.
El Pacto social reflejará los términos y condiciones acordados y luego de su registro en la Sección Mercantil del Registro Público ese documento será también efectivo contra terceros. En muchos aspectos, la Ley 32 sobre sociedades anónimas trabaja solo como fuente de ley secundaria.
De acuerdo a la Ley, el Pacto Social de las Sociedades o Corporaciones debe contener, entre otras cosas:
El nombre de la Sociedad Anónima
El nombre y domicilio de los subscriptores
Los objetos a los cuales podrá dedicarse la sociedad
El capital social, monto, distribución accionaría y clases de acciones, etc.
La duración de la sociedad, la cual puede ser perpetúa
El nombre y domicilio de los directores y dignatarios
El nombre y domicilio del agente residente
Las Sociedades Anónimas o Corporaciones que no desarrollen actividades comerciales o industriales dentro de Panamá (oficinas de representación) no requieren obtener licencias comerciales para operar fuera del territorio de la República de Panamá, en calidad de Sociedades Anónimas o Corporaciones Offshore.
En el Registro, la Compañía paga una tarifa de transacción anual de US$ 250.00. Para los años siguientes pagará US$ 300.00. Lo usual para este tipo de sociedades en que el capital de inversión inicial sea de al menos US$ 10,000.00 y por esta cantidad que tiene que pagar alrededor de US$ 60.00 en el Registro Público, más el costo de Notario, que es de aproximadamente US$ 40.00, más los honorarios del abogado. Si el capital es mayor, así mismo el costo aumenta.
¿Qué es el RUC?
Es el Registro Único de Contribuyentes (RUC), el cual otorga una identificación tributaria a toda persona natural o jurídica que realiza una actividad económica y que en consecuencia debe pagar, como tal, cualquier impuesto, tasa o contribución especial a cargo o administrado por la Dirección General de Ingresos (DGI).
¿Dónde puedo realizar la inscripción del RUC?
Usted puede inscribir su número de RUC acercándose a las Administraciones Provinciales de la Dirección General de Ingresos o vía internet, en la página de la Dirección General de Ingresos, www.dgi.gob.pa
El RUC difiere según el tipo de persona: • Persona Natural: es el número de su cédula de identidad personal.
Ej. 8-100-678
Persona Jurídica: es el número de inscripción en el Registro Público. Para sociedades antiguas, registradas antes de 1985, el asiento consta de números, puntos, letras y/u otros caracteres. En estos casos, debe inscribirse el número de RUC solamente con los dígitos numéricos que lo componen.
Ej. 4789-321-1515
Una Vez realizada la inscripción se suministra su número de Digito Verificador.
¿Qué es el Dígito Verificador?
Corresponde a un dígito interno de control usado en los procesos de recaudación y fiscalización de la Dirección General de Ingresos.
¿Cuáles son los requisitos para inscribir el RUC en la Administraciones Provinciales de Ingresos (DGI)?
Persona Natural: Para inscribir su número de RUC, usted debe presentar la siguiente documentación:
Profesional e Independiente:
- Fotocopia de Cédula de Identidad Personal.
- Fotocopia del último recibo de pago de un servicio de público (luz, agua o teléfono) del domicilio del contribuyente, o copia de la solicitud de instalación de alguno de los servicios públicos.
- Formulario de Inscripción de RUC debidamente lleno y firmado.
Comerciante:
- Fotocopia de Cédula de Identidad Personal.
- Fotocopia de la Licencia Comercial o Registro Comercial emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias o Aviso de Operación.
- Fotocopia del último recibo de pago de un servicio público (luz, agua o teléfono), que concuerde con la dirección que aparece en la Licencia o Registro Comercial, si no
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