Pasos Para Liquidar Empresas
Enviado por melazufa • 24 de Octubre de 2014 • 359 Palabras (2 Páginas) • 284 Visitas
En estos casos, el máximo órgano social debe declarar la ocurrencia de la causal respectiva, por la mayoría establecida en los estatutos o en la ley, e inscribir el acta en el Registro Mercantil tal como lo consagra la Ley 1429 de 2010 en su Artículo 24, suprimiendo de este modo la obligación de cumplir con las formalidades propias de las reformas estatutarias que exigía el Código de Comercio.
Una vez inscrita el acta en la Cámara de Comercio del domicilio social, al nombre de la sociedad se la adiciona la expresión “en liquidación” y la sociedad conserva su capacidad jurídica, pero sólo para aquellos actos tendientes a su inmediata liquidación por lo cual no puede efectuar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto.
Es importante anotar, que mientras no se designen liquidadores, actuarán como tales quienes aparezcan inscritos como representantes legales en el Registro Mercantil. En este sentido, quienes actúen en tal calidad deben informar a los acreedores sociales el estado de liquidación en que se encuentra la sociedad, mediante un aviso que se publicará en un periódico de amplia circulación en el domicilio social.
Así mismo, dentro de los diez (10) días siguientes al registro de la disolución en la Cámara de Comercio respectiva, el liquidador debe informar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales acerca del inicio de la liquidación de la sociedad.
Una vez elaborado el inventario, si la sociedad carece de pasivos externos, el liquidador convocará a reunión de asamblea o junta de socios, con el propósito de aprobar tanto el inventario como la cuenta final de liquidación.
Si existieren pasivos externos, éstos deberán pagarse respetando la prelación de los créditos y en la cuenta final, deben efectuarse las provisiones para el pago de las obligaciones condicionales o litigiosas. Una vez pagados los pasivos externos, se podrá iniciar la distribución de remanentes entre los asociados y de ello se deja constancia en el acta, la cual deberá presentarse para su inscripción en el Registro Mercantil.
El trámite de liquidación concluye cuando el liquidador solicita a la Dian la cancelación del respectivo RUT, adjuntando el certificado de cancelación de matrícula expedido por la Cámara de Comercio.
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