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Persona Juridica Y Persona Natural


Enviado por   •  12 de Octubre de 2011  •  378 Palabras (2 Páginas)  •  3.718 Visitas

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LAS PERSONAS Y SU CLASIFICACION

Las Personas y su Clasificación

Concepto de Persona: Para definir este concepto acudimos al artículo 73 del Código

Civil Colombiano el cual expresa que las personas son naturales y jurídicas. Por lo

tanto podemos decir que La persona es un atributo, una cualidad.

Personas naturales: El articulo 74 del Código Civil Colombiano nos dice que son

personas todos los individuos de la especie humana cualquiera sea su edad, sexo,

estirpe o condición, por lo tanto, de acuerdo ha este artículo, las personas naturales

están vinculadas a un conjunto de caracteres que vienen a conformar la llamada

personalidad. Para que de una persona se predique su personalidad debe reunir

varias condiciones, entre las cuales pueden mencionarse el nombre como elemento

identificador, la nacionalidad, la capacidad y aptitud para contraer obligaciones

adquirir derechos, y el estado civil.

Personas Jurídicas: En contraposición a las personas naturales están las personas

jurídicas, éstas son entes colectivos creados de acuerdo a los requisitos exigidos para

cada caso en particular. Para definir la persona jurídica acudimos al texto del artículo

633 del Código Civil Colombiano, que expresa que son un ente ficticio capaz de

adquirir derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial o

extrajudicialmente.

En materia de personas jurídicas es preciso distinguir entre personas jurídicas de

derecho privado y de derecho público, estas últimas son creadas por el Estado mismo.

Las personas jurídicas de Derecho Público: Se dividen en:

Entes Territoriales: Es la estructura político-administrativa del estado. Ejemplo: nación,

departamento, distrito, municipios

Entidades Descentralizadas: Son aquellas que siendo del estado mantienen una

estructura independiente como empresa. Ejemplo: colegios, empresas industriales y

comerciales del estado.

Las personas jurídicas de Derecho privado:

Corporaciones y fundaciones de beneficencia pública reguladas por el Código Civil

Colombiano, que se diferencian de las corporaciones y fundaciones de derecho

público, como lo establecimientos que se costean con fondos del tesoro nacional.

También en esta categoría tenemos las sociedades reguladas por el Código de

Comercio Colombiano.

En las corporaciones y fundaciones de beneficencia pública el objeto social o la

función es lo más importante es decir son sin ánimo de lucro.

Recopilado por: Carlos Mario Restrepo Pineda y Juan Carlos Rodríguez Hernández

Sociedades comerciales: Es un contrato celebrado por dos o más personas, que

aporten dinero con el fin de obtener utilidades, y después repartirlas

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