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REGISTRO PERSONAS FISCAS Y ANEXOS (MEXICO)


Enviado por   •  4 de Junio de 2012  •  2.976 Palabras (12 Páginas)  •  602 Visitas

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REGISTRO DE LOS MOVIMIENTOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y SUS ANEXOS

Actividades de personas físicas:

• Arrendamiento de bienes inmuebles

• Prestación de servicios

• Actividades comerciales (Enajenación de bienes)

• Sueldos y salarios

1er paso: Identifique su actividad

Régimen fiscal Actividad

Arrendamiento de bienes inmuebles: Renta de bienes inmuebles

Prestación de servicios: Abogados | Actores | Deportistas | Escritores | Ingenieros | Médicos y dentistas| Músicos | Otros servicios independientes

Actividades comerciales: Vendedores ambulantes, en tianguis, en la vía pública o en mercados |Tortillerías |Talleres mecánicos |Imprentas | Restaurantes, fondas, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares | Tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúpers | Escuelas, kinders, guarderías | Artesanos | Empresas Integradoras| Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo | Otras actividades comerciales o de servicios

Trabajar por salarios: Asalariados | Empleados de embajadas

Otros ingresos con tratamiento similar al régimen de salarios:

• Funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades Federativas y de los Municipios

• Miembros de las fuerzas armadas

• Rendimientos y anticipos a miembros de sociedades cooperativas de producción

• Anticipos a miembros de sociedades y asociaciones civiles

• Honorarios a personas que presten servicios a un prestatario en sus instalaciones

• Los comisionistas o comerciantes que trabajan para empresas personas físicas o personas morales

Actividad #1: Arrendador de inmuebles

Quienes obtengan ingresos por dar en renta o alquiler edificios, locales comerciales, casas habitación, departamentos habitacionales, bodegas, entre otros pueden tributar en el régimen de arrendamiento de bienes inmuebles.

Actividades ante el SAT

1.- Lo primero que debe hacer es inscribirse o darse de alta en el en el Registro Federal de Contribuyentes.

¿Cómo se hace?

Para inscribirse en el RFC usted necesita INICIAR SU TRÁMITE A TRAVÉS DE INTERNET y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud.

Para acudir a la Administración Local le recomendamos concertar una cita. Lleve los siguientes documentos en original:

• Acta de nacimiento o constancia de la CURP.

• Comprobante de domicilio

• Identificación personal

• Número de folio asignado que se le proporcionó al realizar el envío de su preinscripción

• En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.

Al finalizar su trámite de inscripción se le entregarán los siguientes documentos:

• Copia de la solicitud de inscripción

• Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Registro

• Guía de Obligaciones

• Acuse de Inscripción al RFC

2.- Llenar el ANEXO 3 correspondiente al registro en el RFC (para aquellos que tengan ingresos por arrendamiento, enajenación y adquisición de bienes, premios e intereses y salarios).

3.- Una vez inscrito, debe expedir comprobantes a sus arrendatarios o inquilinos por cada renta que cobre.

¿Cómo se hace?

Para poder expedir FACTURAS ELECTRONICAS es necesario:

1. Contar con Firma Electrónica Avanzada vigente.

Requisitos para generar la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para personas físicas:

 Dispositivo magnético (usb o disco compacto) con el archivo de requerimiento (extensión *.req) generado con la aplicación Solcedi. (Programa que se descarga del portal del SAT con el cual genera su llave privada)

 Formato FE: Solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada, lleno e impreso por ambos lados en una sola hoja. Este formato se descarga del portal del SAT y se entrega por duplicado.

 Copia certificada del acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio vigente.

2. Tramitar al menos un Certificado de Sello Digital.

(Generado también por el programa SOLCEDI)

3. Contar con un sistema informático para la generación de las Facturas Electrónicas 2011.

4. Enviar a validar las facturas electrónicas al proveedor autorizado de certificación.

Comprobantes impresos con código de barras bidimensional:

Los contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos al año podrán expedir comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional desde su casa, negocio o café internet y quienes superen ese monto, podrán emitirlos sólo para operaciones cuyo monto no supere los 2 mil pesos.

Asimismo, quienes cuenten con comprobantes impresos con anterioridad a enero de 2011 podrán continuar expidiéndolos hasta que concluya su vigencia de dos años.

Requisitos para expedir comprobantes con código de barras bidimensional:

1. Contar con Firma Electrónica Avanzada vigente.

2. Solicitar la asignación de folios y código de barras para la expedición de comprobantes fiscales impresos. (Una vez aprobada la asignación de folios, el SAT proporcionará al contribuyente emisor un código de barras como dispositivo de seguridad).

3. Una vez que cuente con folios y código de barras, puede imprimir sus facturas a través de sus propios recursos (computadora e impresora) o bien a través de un impresor.

En todo caso deberá asegurarse que sus facturas contengan la siguiente información:

o Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.

o Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. (Consulte el procedimiento para obtener el régimen fiscal).

o Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan.

o Lugar y fecha de expedición.

o El código de barras proporcionado por el SAT, en un tamaño de 2.75 cm. por 2.75 cm., y con resolución mínima de 200/200 dpi.

o El número de aprobación y número de folio asignados.

o La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 5 puntos.

o La leyenda "Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación

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