RESEÑA HISTORICA DISTRIBUIDORA ROMAVIL, C.A.
Enviado por Luis Casique Velazco • 12 de Diciembre de 2018 • Trabajo • 1.347 Palabras (6 Páginas) • 241 Visitas
RESEÑA HISTORICA
DISTRIBUIDORA ROMAVIL, C.A.
Ubicación Geográfica:
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DISTRIBUIDORA ROMAVIL, C.A. se encuentra ubicada al noroeste de Caracas. Por el Norte de la zona limita con el Parque Nacional Waraira Repano; por el Sur limita con la Parroquia la Candelaria, por el Este de la zona limita con Mariperez; por el Oeste de la zona limita con la parroquia San Benardino.
EVOLUCIÓN HISTORICA
Distribuidora Romavil, C.A. nace hace 33 años (1985) de la mano del Sr. Estalin Romero junto con un socio, fundaron una empresa llamada SelvaGrey Decoraciones, C.A. dedicada a la fabricación de mobiliarios para oficinas, locales comerciales y el hogar. Dentro de los clientes que tenían para ese entonces se encuentran: Hospital Clínicas Caracas, Banesco, Banco Canarias, Metro Maracaibo, entro otros.
Posteriormente para el año 2000 el Sr. Estalin Romero funda de forma independiente Inversiones AviRome, C.A. empresa igualmente dedicada a la fabricación de mobiliarios para oficinas, locales comerciales y el hogar.
Para el año 2002 por el alto crecimiento de demanda de los servicios prestados, se contrata a 2 empleados como asistentes de carpinteros. Para el mismo año se alquila un galpón ubicado en Sarria Caracas.
En el año 2006 se comienza la adquisición de herramientas industriales para el aumento de la producción de artículos de carpintería tales como Sierra Industrial de Madera, Maquina Tronzadora, Maquina Ingletadora, entre otras. Haciendo que para la productividad aumente y alivie el trabajo.
Año 2009 se crea Distribuidora Romavil, C.A. debido a que en la razón social anterior presentaba fallas en la administración y contabilidad, debido a esto el Sr. Estalin se asocia con su esposa Beatriz Avila de Romero para que ella se encargue de la parte administrativa de la compañía y él se encargue de la parte operativa. Para ese mismo año se contaba con cuatro (4) personas en la parte operativa y una (1) en la parte administrativa
En el año 2012 se adquiere el Galpón N° 4 de la calle real de Sarria Caracas.
Para el año 2014 se crea dentro del galpón una ferretería donde se venden una diversidad de herramientas, martillos, taladros, pinturas, brochas, Thinner, entro otros productos. Se contrata a una persona especialista en ventas.
En el año 2015 obtienen un contrato con McDonald’s Venezuela para realizarle los mobiliarios y restauraciones de sus locales al nivel nacional siendo este su cliente más importante en la actualidad.
En el año 2016 crece su nómina dándole una estructura al departamento de administración, siendo la gerente la Sra. Beatriz Avila de Romero, una coordinadora y un asistente. Para el mismo año se contrata los servicios de un contador para el manejo de la contabilidad de la empresa.
MISIÓN
Ser un proveedor confiable y bien posicionado en la fabricación de mobiliarios para oficinas, locales comerciales y el hogar de calidad brindándoles el mejor servicio a nuestros clientes.
VISIÓN
Posicionarnos como una empresa reconocida en la fabricación de mobiliarios para oficinas, locales comerciales y el hogar, entre otros productos en cuanto a madera se refiere. Cubrir el mercado nacional y poder expandirnos para la exportación.
VALORES
- Respeto.
- Honestidad.
- Constancia
- Puntualidad.
- Excelencia.
- Responsabilidad.
- Lealtad.
BASES LEGALES
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 87. Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona puede obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a otras restricciones que las que la ley establezca.
Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones.
Artículo 90. La jornada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatro horas semanales. En los casos en que la ley lo permita, la jornada de trabajo nocturna no excederá de siete horas diarias ni de treinta y cinco semanales. Ningún patrono podrá obligar a las trabajadoras o trabajadores a laborar horas extraordinarias. Se propenderá a la progresiva disminución de la jornada de trabajo dentro del interés social y del ámbito que se determine y se dispondrá lo conveniente para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio del desarrollo físico, espiritual y cultural de los trabajadores y trabajadoras.
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