Reglamento restaurante La Carmela
Enviado por Fernando Garcia • 21 de Agosto de 2024 • Trabajo • 3.969 Palabras (16 Páginas) • 49 Visitas
Reglamento De La Carmela
El reglamento de "La Carmela" establece los principios básicos que guían la conducta y el comportamiento de todos los empleados dentro del restaurante. Estas normas son fundamentales para mantener un ambiente de trabajo respetuoso, ordenado y seguro, asegurando la legalidad y el bienestar de todos los miembros del equipo.
Capítulo I
Admisión y contratación del personal
Artículo 1. El proceso de reclutamiento y selección de personal es responsabilidad del departamento de Recursos Humanos de restaurante La Carmela.
Para ser parte del equipo de trabajo de restaurante La Carmela los postulantes deben llenar y firmar la solicitud de empleo, y/o curriculum vitae.
Artículo 2. Ninguna persona podrá ingresar a prestar su servicio si no está contratado formalmente por el departamento de Recursos Humanos.
Artículo 3. Los empleados deberán dar aviso al departamento de Recursos Humanos sobre cualquier cambio en sus datos personales, tales como domicilio, números telefónicos, etc.
Artículo 4. Todo aquel empleado que deje de laborar para restaurante La Carmela ya sea por alguno de los siguientes motivos: Renuncia voluntaria, baja definitiva, despido justificado o injustificado, problemas personales, laborales o económicos, etc., o por cualquier otra circunstancia similar, no podrá ingresar a laborar nuevamente para el restaurante.
Políticas de contratación
Artículo 5. Contratos de trabajo
Restaurante La Carmela maneja 3 tipos de contrato de trabajo:
1. Período a prueba
2. Contrato por tiempo indefinido o permanente
3. Contrato temporal o eventual
1. Período a prueba:
A los candidatos seleccionados que ingresen por primera vez al restaurante La Carmela, se suscribirá un contrato de trabajo por escrito sujeto a las condiciones y período a prueba máximo de 30 días fijado por la Ley Federal del Trabajo en su artículo no. 39-A, con el único fin de verificar que el trabajador cumpla con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar las actividades que se solicitan.
2. Contrato por tiempo indefinido o permanente:
Se realiza por escrito una vez que el trabajador tenga cubierto el período aprueba por 30 días, para que el trabajador se quede a laborar de manera indefinida.
3. Contrato temporal o eventual:
Se da este tipo de contrato para trabajos específicos, y/o de corta duración, o para cubrir temporalmente a otro empleado por cuestión de vacaciones, incapacidades, etc.
CAPÍTULO II
Derechos de los trabajadores.
Artículo 6. Todos los trabajadores de La Carmela tienen derecho a:
- Recibir remuneración económica semanal, de acuerdo con el contrato y cargo que desempeñe en el restaurante.
- Los trabajadores que tengan más de un año de servicio disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas como lo marca la ley
- Recibir aguinaldo de manera anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre equivalente a 15 días de salario, por lo menos.
- Recibir capacitación actualizada y al perfeccionamiento de conocimientos, realizando diversas actividades tales como cursos.
- A la promoción interna “crecimiento laboral”, considerados para ocupar cargos de mayor jerarquía, tomando en cuenta su desempeño, estudios y experiencia.
- Justificar faltas por problemas de salud, o por motivo familiar, según sea el caso.
- A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de origen étnico o nacional, discapacidad, condiciones de salud, religión, opiniones, genero, estado civil, edad dentro de los límites marcados por la ley, condición social, orientación sexual, o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio.
Capitulo III
Obligaciones de los trabajadores
Artículo 7. Todos los trabajadores del Restaurante La Carmela tienen las siguientes obligaciones:
- Desempeñar el trabajo bajo la dirección del jefe o representante, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo relacionado al trabajo
- Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado, esmero apropiado y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
- Restituir al patrón los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos, herramientas y maquinas, etc. Que les hayan dado para el trabajo.
- Observar buenas costumbres durante el servicio, conduciéndose respetuosamente en el trato hacia sus compañeros de trabajo y sus superiores jerárquicos o representantes de la empresa.
- Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de estas.
- Guardar escrupulosamente secretos técnicos, comerciales, de producción y fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñen, así como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la empresa.
- Presentarse puntualmente al desempeño de sus labores, registrando sus horas de entrada y salida del trabajo.
- Presentarse al trabajo debidamente aseado de acuerdo con lo establecido en el código de vestimenta de la empresa.
- Cumplir con las disposiciones internas en materia de seguridad e higiene y protección personal que imparta el restaurante.
- Los empelados deberán dedicarse exclusivamente a cumplir sus funciones no debiendo intervenir en las que competen a otros empelados.
Obligaciones especiales a los jefes de área
Artículo 8. hacia el personal a su cargo:
- Comunicar todo lo necesario para el mejor desempeño de su trabajo como miembro integrante de la empresa.
- Capacitarlo para el mejor desempeño de su puesto y apara su superación como miembro integrante de su equipo de trabajo.
- Escuchar y atender sus quejas, sugerencias y asuntos de trabajo.
- Tratarlo con educación y respeto, procurando que las relaciones personales entre todos sean cordiales y respetuosas.
- Cuidar en su área de trabajo el estricto cumplimiento del presente reglamento, de las políticas, códigos de ética, procedimientos y disciplinas establecidas por la empresa.
- No obligar a trabajadores a cargas superiores a los 50 kg. (mujeres no cargas superiores a 30kg sin ayuda mecánica)
Capitulo IV
Prohibiciones a los trabajadores
Artículo 9. Queda prohibido desobedecer las políticas mencionadas a continuación o por lo contrario sujetarse a las sanciones establecidas en el presente reglamento.
- Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares o similar durante su jornada laboral.
- Ejecutar cualquier acto que ponga en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros o de terceras personas, así como la del establecimiento donde desempeña el trabajo.
- Faltar al trabajo sin causa justificada y sin previo permiso de sus superiores.
- Substraer del restaurante algún equipo de material, materia prima o producto elaborado.
- Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, así como introducir y/o extraer bebidas alcohólicas del centro de trabajo.
- Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, así como introducir o ingerirlo en el centro de trabajo, salvo que exista prescripción médica.
- Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo.
- Suspender, abandonar, o salir a la calle en horas de labores sin autorización de su jefe inmediato.
- Utilizar los medios de comunicación del restaurante para asuntos particulares, excepto en casos de emergencia.
- Usar los equipos y herramientas suministrados por el patrón para objeto distinto de aquel al que están destinados.
- Realizar actividades ajenas al trabajo o aquellas que obstaculicen o entorpezcan las labores dentro de las horas destinadas a las mismas.
- Realizar expresiones románticas o demostraciones de afecto en horario laboral dentro del restaurante.
- Hacer mal uso de los radios
- Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución de sus labores, suspender labores, promover o incitar suspensiones intempestivas del trabajo o coaccionar a sus compañeros a llevar a cabo acciones que afecten el ritmo de trabajo.
- Solicitar cualquier platillo, bebida u otra preparación sin enviar previamente la comanda correspondiente.
- Usar vapeadores o cigarros electrónicos dentro de las instalaciones del restaurante.
- Transportar basura, cajas, utensilios de cocina sucios, productos no perecederos provenientes del almacén, insumos de barra o cocina de sushi por el pasillo principal del restaurante. (se deberá utilizar la puerta trasera de cocina caliente y rodear por planta baja.)
- Alterar, sustraer, modificar, falsificar, o destruir documentos, comprobantes, y controles de la empresa o de los comensales, cualquiera que sea su objeto.
- Organizar y participar en cualquier clase de venta, rifa, tanda, etc. En las horas de trabajo y dentro del restaurante.
- Ingerir alimentos, bebidas o “snacks” en el área de servicio, terraza, barra o sala VIP durante su horario laboral (a excepción de agua natural o sueros rehidratantes)
- Dejar mochilas, termos, bolsos, u otros objetos personales en las áreas de servicio, terraza o barra.
- Acosar sexualmente, o de cualquier índole, a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo.
- Atender de mal humor o de mala manera a los comensales, creando una mala imagen del servicio.
- Tomar utensilios, insumos, aparatos, maquinas u herramientas de trabajo de compañeros u otras áreas sin previa autorización.
- Recibir de los proveedores a manera de soborno obsequios, dinero, o similar, etc.
- Queda estrictamente prohibido tomar y/o ingerir alimentos y/o bebidas que hayan sido dejados por los clientes.
- Queda estrictamente prohibido sobrepasar la medida de sus atribuciones
Capitulo V
Obligaciones de los patrones
Artículo 10.
- Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a su restaurante.
- Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las leyes vigentes.
- Proporcionar oportunamente a los trabajadores los instrumentos, herramientas, maquinas o similares necesarios para la ejecución del trabajo, ofreciéndolos de buena calidad y en buen estado.
- Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose del mal trato, de palabra o de obra.
- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores para que les permita elevar su nivel de competencia laboral y productividad.
Capítulo VI
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