Sistema Tributario y Desarrollo Económico
Enviado por massilov • 15 de Junio de 2013 • 2.489 Palabras (10 Páginas) • 441 Visitas
INTRODUCCION
Este trabajo fue elaborado como parte final de la asignatura de Sistema Tributario y Desarrollo Económico. El objetivo del mismo es conocer los puntos más importantes de la última reforma tributaria llevada a cabo en Nicaragua a finales de 2009, los inconvenientes que presenta la propuesta así como los puntos positivos, y sus efectos.
La investigación está conformada por tres secciones. En primer lugar, se inicia con un marco teórico sobre definiciones de los principales impuestos en Nicaragua como son: Impuesto al Valor Agregado; Impuesto sobre la Renta y el Impuesto Selectivo al Consumo, asimismo en este apartado se incluyen las características de un buen sistema tributario.
La segunda sección del trabajo está conformada por un panorama del Sistema Tributario Nicaragüense, en el se incluyen las características más relevantes del mismo, una breve reseña sobre la evolución de las finanzas públicas y plantea ciertas consideraciones a tomar en cuenta antes de una reforma fiscal.
La tercera parte del trabajo analiza la propuesta de Reforma Tributaria presentada por el Gobierno de la República en agosto del año 2009.
MARCO CONCEPTUAL
Definiciones sobre los principales impuestos en Nicaragua
A) IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El impuesto sobre la renta aplicado en Nicaragua se basa, conceptualmente, en el principio de territorialidad o de fuente, que consiste en gravar todas las rentas generadas en su territorio;
el cual es aplicado generalmente por los países receptores de capital.
Según principio de fuente ciñe la potestad tributaria del país a las rentas que tenga su fuente en él. Las demás rentas serán de fuentes extranjeras y no causan gravámenes aunque se perciban por nacionales o residentes del país, la base de las rentas puede ser el capital o el factor trabajo. Las rentas de capital se afectan donde estuviese situado o utilizado económicamente, las rentas empresariales donde se realiza la actividad.
El impuesto sobre la renta afecta directamente al sujeto sobre el cual recae el impuesto y no se puede descargar en otra persona. Para tal efecto la Capacidad Contributiva se determina por la renta percibida, el capital que se posee y está referida a personas naturales y no a personas jurídicas o empresas.
1 Estas definiciones fueron resumidas a partir del texto ¨Gasto Tributario en Nicaragua¨ del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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En Nicaragua el Impuesto sobre la Renta está incluido en la Ley 453 (Ley de Equidad Fiscal), la que fue reformada recientemente por la ley 712 que entró en vigencia en enero de 2010, siendo esta última el objeto de estudio de nuestro trabajo.
Esta Ley establece que la renta bruta comprende todos los ingresos recibidos y los devengados por el contribuyente durante el año gravable, en forma periódica, eventual u ocasional, sean éstos en dinero efectivo, bienes y compensaciones
provenientes de ventas, rentas o utilidades, originados por la exportación de bienes producidos, manufacturados, tratados o comprados en el país, prestación de servicios, arriendos, subarriendos, trabajos, salarios y demás pagos que se hagan por razón del cargo, actividades remuneradas de cualquier índole, ganancias o beneficios producidos por bienes muebles o inmuebles, ganancias de capital y los demás ingresos de cualquier naturaleza que provengan de causas que no estuviesen expresamente exentas en esta ley¨.2
El artículo No. 11 de la ley 453 que comprende los ingresos no gravables, este fue reformado por la Ley 712, así define las rentas exentas de IR, entre las más importantes:
1. Los premios de la Lotería Nacional, exceptuando lo superiores a los cincuenta mil córdobas;
2. Las sumas recibidas por concepto de seguros.
3. Las indemnizaciones que reciben los trabajadores o sus beneficiarios, contempladas en el Código del Trabajo, Convenios Colectivos y las de cualquier otra índole laboral, y los ingresos de cualquier índole que se perciban de acuerdo a la legislación de seguridad social;
4. El décimo tercer mes o “aguinaldo” existen en Nicaragua;
5. Los intereses provenientes de depósitos colocados en cuentas corrientes, de ahorro, a plazo y certificados de depósitos, cuyo saldo promedio mensual sea menor a cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$5,000.00) o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio oficial, así como los intereses de los instrumentos financieros con plazos mayores a cuatro años.
6. Los dividendos o participaciones de utilidades que decreten o repartan las sociedades que tributen el IR, a sus accionistas o socios.
7. Los intereses de cédulas hipotecarias, bonos y otros títulos valores emitidos por el Estado.
8. Los premios de juegos, tales como rifas, sorteos y similares, y ganancias de apuestas, menores o iguales a los veinticinco mil córdobas (C$ 25,000.00), tanto en dinero como en especie.
2Ley712 de Equidad Fiscal, disponible en: http://www.dgi.gob.ni/documentos/Ley%20de%20Equidad%20Fiscal%20Ley%20No.%20453.PDF
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B) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
La Ley de Equidad Fiscal 453, establece la creación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), las tasas, la naturaleza y el sujeto de aplicación. La tasa a aplicar será del 15 % a los actos realizados en el territorio nacional sobre las siguientes actividades:
- Enajenación de bienes.
- Prestación de servicios.
- Importación e internación de bienes.
No obstante, en el caso de las exportaciones se le aplicará con tasa cero por ciento. La cual permite la acreditación o devolución del IVA trasladado por los insumos, materias primas, bienes intermedios y de capital utilizados en la producción de los bienes exportados.
Los sujetos afectados por este impuesto son las personas naturales o jurídicas y las unidades económicas que realicen los actos o actividades indicados anteriormente. También se incluyen al Estado y todos sus organismos nacionales, municipales y de las regiones autónomas, cuando éstos adquieran bienes y servicios; y cuando enajenen bienes y presten servicios distintos de los de autoridad o de derecho público.
El IVA es un impuesto que utiliza una técnica plurifásica, que consiste en aplicar en forma general al valor agregado en etapas múltiples y no acumulativas en la cadena de producción, con pagos fraccionados que convierte a cada agente económico en un recaudador intermedio. Es importante mencionar que parte de esta técnica tributaria, abarca las etapas de comercialización y mediante el cálculo del debito fiscal contra crédito fiscal.
C) IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC)
El Impuesto Selectivo de Consumo es un impuesto específico
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