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Enviado por   •  2 de Noviembre de 2015  •  Tarea  •  655 Palabras (3 Páginas)  •  318 Visitas

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TRABAJO GRUPAL N°1[pic 1]

Operatividad Aduanera II

Caso semana 5

Curso:    Legislación peruana del comercio internacional

N  O  T  A

Bloque: 9C-3A

Fecha:  

Profesor: Marcela Polonia Huaman Reinoso

Nombre del alumno: KARLA MARIA ESPINOZA FIERRRO

Instrucciones:

  • La presente actividad debe ser desarrollada en equipos de máximo 3 personas.
  • Sube al cybercampus un archivo  en formato word colocando en el encabezado todos los datos solicitados.
  • Debes tener en cuenta los criterios de evaluación para desarrollar tu tarea.

CASO No. 1

Frutal S.A. es una empresa agroindustrial situada al norte del Perú, cosecha mangos y melones de óptima calidad. Aurelio Angulo, gerente general, recibió la solicitud de Vegetable Market Inc. de Inglaterra para suministrarle mangos y melones a Italia e Inglaterra. La importadora inglesa solicitó mango haden y melón piel de sapo, 70 toneladas de mango y 50 toneladas de melones frescos, en términos FOB – Callao. El precio es: mango 1.54 US$ y del melón 2.15 US$, por kilo. La modalidad de pago: “pago posterior a la entrega, consignación a precio fijo”, depositado en la cta. cte. en dólares americanos Nº 191-0000389-0-15 del Banco Continental, swift Nº 4230. El envío se realizaría a través de 4 embarques: el 22 de abril (35 Ton de mangos); el 04 de mayo (30 Ton de mangos); el 10 de mayo (20 Ton de melones y 5 Ton de mangos); y el ultimo sería el 14 de mayo (30 Ton de melones); todos en el 2011.

Al tramitar el primer envío, la DAM recayó en el canal ámbar. La Aduana solicitó la presentación del certificado del SENASA que Frutal debió tramitar ante la autoridad competente. Frutal trato de arreglar el problema, alegando presentarlo para el segundo envío o podría arreglarlo con los 3 hermanos Franklin. S.A. La autoridad aduanera rechaza la propuesta y decide levantar un acta como incidente, otorgando un plazo de 3 días para subsanar. Frutal S.A. considero que no podría tramitar el certificado y decidió dejar en abandono voluntario la mercadería, presentando una carta al día siguiente ante la Administración Aduanera. No obstante, la mercadería fue rechazada.

Responda las siguientes preguntas:

1.- ¿Puede utilizar el exportador una DSE en el presente caso? Explique.

  • Sí, porque facilita el despacho para la exportación definitiva de la mercancía con o sin la intervención de un despachador de aduanas.

2.- ¿Qué documentos debe presentar el exportador a la Aduana, según el caso?

  • Debió presentar el certificado del SENASA que Frutal debió tramitar ante la autoridad competente.

3.- ¿A pesar de recaer en el canal ámbar, la Aduana puede solicitar la presentación de documentos adicionales? Explique.

  • Sí, porque cuando cae en canal naranja o ámbar te piden los documentos de la exportación.

 4.- ¿Es aplicable el artículo Nº 201 del Reglamento de la LGA al presente caso? Explique por qué y señale el numeral aplicaría.

  • No, porque la empresa no tuvo ninguna infracción al enviar la mercancía.

5.- ¿Es común dejar en abandono voluntario la mercadería? Explique.

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