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Teoria General Del Tributo


Enviado por   •  6 de Junio de 2014  •  966 Palabras (4 Páginas)  •  509 Visitas

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LA TEORIA GENERAL DEL TRIBUTO

IMPORTANCIA DE LAS TEORIAS

Las teorías son proposiciones que tratan de explicar ¿cómo?, ¿cuándo? Y ¿de qué manera? Se produce un determinado fenómeno jurídico.

Estas tienen como característica a la parsimonia que es cualidad de expresarse de un modo sencillo para ser comprensible por todas las personas.

CONCEPTO DEL TRIBUTO

• Es un nombre genérico que comprende diversas y variadas formas de prestaciones como son: el impuesto, las contribuciones y las tasas.

• Es todo pago o erogación que deben cumplir los sujetos pasivos de la relación tributaria, en virtud de una ley formalmente sancionada pero originada de un acto imperante, obligatorio y unilateral, creada por el estado en uso de su potestad y soberanía.

CARACTERISTICAS DEL TRIBUTO

• Son prestaciones pecuniarias

• Las prestaciones no dinerarias se admiten como formas de pago previa valorización

• Obligatoriedad

• Carácter coactivo

• Carácter publico

CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS

Los tributos existen desde que existe el Estado y existirán mientras existe este último porque el Estado siempre requerirá de su sostenimiento, por esta razón es que la obligación tributaria sustancial se origina al realizarse los presupuestos previstos en la ley, que representa la voluntad soberana, unilateral y coercitiva del Estado..

Los tributos hacen parte de los ingresos corrientes del Estado (existen ingresos no corrientes) y dependiendo de la contraprestación que los contribuyentes por su pago reciben se clasifican en:

 Impuestos

 Tasas

 Contribuciones, que pueden ser fiscales o parafiscales

LOS IMPUESTOS:

El código tributario aprobado por el decreto legislativo N° 816 define en la norma II del título preliminar a los impuestos como “tributos”

El impuesto es el tributo por excelencia, su pago al estado no genera ninguna contraprestación para el contribuyente, simplemente, hay que pagarlo sin esperar nada a cambio.

Todos los impuestos nacen de una ley expedida en el congreso, aunque excepcionalmente, el Presidente de la República puede imponerlos mediante decretos legislativos al amparo de los estados de excepción.

Para que un impuesto lo sea debe contener según mandato constitucional los siguientes elementos:

• Sujeto Activo: El estado (nación, departamento o municipio)

• Sujeto Pasivo: El contribuyente.

• Hecho Generador: La situación de facto que genera el tributo.

• Base Gravable: La parte de la situación de facto que genera el tributo y a la que se aplica la tarifa

• Tarifa: El monto porcentaje que se aplica a la base gravable

Pueden clasificarse de diversa maneras:

POR LA FORMA DE PAGO POR EL TIPO DE GRAVAMEN POR LA DURACIÓN DEL HECHO IMPONIBLE POR EL ANTECEDENTE ECONÓMICO QUE LO ORIGINA

I. Directos I. De cantidad fija I. Periódicos I. Dirigidos a la propiedad

I. Indirectos I. Proporcionales I. Instantáneos I. Sobre el enriquecimiento o aumento de la fortuna

I. Progresivos I. A la actividad de las personas

I. A la actividad economica

Por la forma de pago, son de dos clases:

a) IMPUESTOS DIRECTOS: estos impuestos deben ser entregados directamente por el contribuyente al estado, como es el caso del impuesto al patrimonio vehicular, el impuesto de Alcabala, el impuesto predial, el impuesto a la renta en las categorías en que no hay subordinación laboral.

b) IMPUESTOS INDIRECTOS: son

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