Todos los Aspectos legales para crear una empresa.
Enviado por victorpalacios0 • 17 de Enero de 2017 • Apuntes • 1.333 Palabras (6 Páginas) • 260 Visitas
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CAPITULO DECIMO PRIMERO
PROHIBICIONES
CLAUSULA TRIGESIMA SEPTIMA.- Queda estrictamente prohibido al personal de la "EMPRESA":
- Hacer comentarios inapropiados, revisar información o realizar cualquier actividad que viole la privacidad del cliente.
- Solicitar cliente directa o indirectamente dinero o pagos por adelantado de servicios que la empresa proporciona. Lo anterior se considera como una falta grave la cual será sancionada de acuerdo al capítulo décimo segundo.
- Sacar de la empresa o de los puntos de venta material o equipos sin previa autorización o sin el comprobante de pago.
- Cambiar turno sin autorización por escrito de su jefe inmediato, esto solo podrá hacerse mínimo con un día de anticipación y previa autorización.
- Realizar o recibir llamadas personales, salvo causas de fuerza mayor y previa autorización de la Administración.
- Realizar o participar fuera de la empresa en actos inmorales, agresiones o lesiones y actividades vandálicas portando el uniforme de la empresa.
- Platicar dentro de las instalaciones con amigos o cualquier persona extraña a la empresa en horario laboral.
- Ingresar a la empresa fuera del horario de trabajo, salvo previa autorización.
- Portar armas de cualquier clase dentro de la "EMPRESA".
- Intervenir sin autorización expresa de la Gerencia o de quien esta designe, en la reparación de maquinaria o equipos de cualquier tipo, sin conocimiento de causa.
- Realizar cualquier acto que ponga en peligro su seguridad o integridad física, la de sus compañeros de labores o que pueda causar algún perjuicio o daño al mobiliario, equipo, maquinaria o instalaciones propiedad de la "EMPRESA".
- Suspender sus labores o abandonarlas sin permiso previo o causa plenamente justificada o justificable.
- Presentarse en estado de ebriedad, inconveniente o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante; así como introducirlos e ingerirlos en el local de la "EMPRESA".
- Obstaculizar o entorpecer en cualquier forma, las labores o actividades normales de la "EMPRESA".
- Comunicar a terceros ajenos a la "EMPRESA", informes, datos, planos o información de cualquier naturaleza, relativa o relacionada con asuntos o negocios de la misma.
- Sacar de la "EMPRESA": documentos, útiles, herramientas, materiales u objetos propiedad de ésta, o que estén bajo su cuidado o custodia.
- Introducir a la "EMPRESA" objetos ajenos a la misma, como aparatos eléctricos, cintas de audio o cualquier otro equipo o accesorio, en caso contrario la empresa no se hace responsable en caso de pérdida, daño o deterioro.
- Realizar labores distintas o ajenas a la "EMPRESA" en el interior de la misma, o durante las horas de trabajo.
- Introducirse dentro de las áreas de la "EMPRESA" o permanecer en ella, fuera de las horas laborables o una vez terminada su jornada de trabajo.
- Formar grupos en sanitarios, pasillos, oficinas o lugares de trabajo en horas de labor.
- Alterar o modificar, cualquier Registro de Control implementado por la "EMPRESA".
- Fumar, mascar, comer, beber, escupir en el área y horario de servicio.
- Realizar actos que atenten a la moral y las buenas costumbres.
- Dormirse en horas de trabajo.
- Realizar rifas, colectas, proselitismo, propaganda religiosa dentro de las instalaciones de la empresa.
- Gritar, silbar, cantar, ponerse música no autorizada o alterar en cualquier forma la tranquilidad de los clientes y de la empresa.
- Realizar cualquier tipo de actividad en lugares peligrosos o insalubres.
- A las mujeres embarazadas, la ejecución de cualquier actividad que ponga en peligro su salud o su vida.
- Introducir a la "EMPRESA" vendedores, amigos o familiares y toda persona ajena a la misma.
- Todos aquellos actos que impliquen una prohibición derivada de alguna disposición Legal, contractual o reglamentaria.
- Queda estrictamente limitada la entrada de animales domésticos en el espacio de la empresa lo cual implica introducirlos o que se introduzcan solos.
CAPITULO DECIMO SEGUNDO
SEGUNDO: SANCIONES
CLAUSULA TRIGESIMA OCTAVA.-
Tomando como base el Art 87 del código de trabajo de la Republica De El Salvador:
Son causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón:
- Engaño del trabajador o en su caso, la persona o sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en las que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador;
- Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia;
- Cometer el trabajador contra algunos de sus compañeros cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, así como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo;
- Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo o administrativo, alguno de los actos a que se refiere la Fracción II, sin son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo;
- Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo;
- Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la Fracción anterior siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio;
- Comprometer al trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en él;
- Cometer el trabajador actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo;
- Revelar el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa;
- Tener el trabajador mas de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada;
- Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado.
- Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades;
- Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el médico;
- La sentencia ejecutoria que imponga al trabajador una pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; y
- Las análogas a las establecidas en las Fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.
CLAUSULAS ADICIONALES
CLAUSULA TRIGÉSIMA NOVENA.- La empresa llevará a cabo las siguientes acciones:
- Entregará uniformes dos veces al año, la empresa informará la fecha de entrega de dichos uniformes, que serán preferentemente a inicio y mediados del año calendario, de acuerdo a lo siguiente:
- Personal de ……………: 2 playeras.
- Proporcionar sanitarios limpios y en buen estado para el personal.
- Proporcionar al trabajador las herramientas y utensilios necesarios para que el trabajador desempeñe su trabajo correctamente.
- Instalar y adoptar las medidas de seguridad e higiene que fijen las leyes y los reglamentos para prevenir accidentes y enfermedades en la empresa.
- Disponer de los medicamentos y materiales de curación necesarios para brindar los primeros auxilios en caso de accidente o siniestro.
CLAUSULAS TRANSITORIAS.
CLAUSULA PRIMERA.- El presente "REGLAMENTO" ha sido formulado de común acuerdo entre la "EMPRESA" y los trabajadores.
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