Trabajo Colaborativo 1 Legislación Comercial Y Tributaria
Enviado por oveimer • 28 de Octubre de 2012 • 1.048 Palabras (5 Páginas) • 1.646 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
UNAD
LEGISLACION COMERCIAL Y TRIBUTARIA
Actividad 6
Trabajo Colaborativo 1
Grupo 102011-16
Presentado por:
OVEIMER MAMIAN CAMPO 16925756
YESID GUTIERREZ
ALVARO BELTRAN
GUSTAVO ADOLFO VIAFARA
GELNIS ODILIO PASTRANA
TUTOR
Edgar Quiroga
Octubre de 2.012
1. COMPLETAR LOS ESPACIOS :
Completar los espacios en blanco señalados por las líneas rectas en los enunciados que se indican a continuación, los cuales abordan las temáticas vistas
dentro del capítulo 3 del material de apoyo del curso, sobre las sociedades comerciales.
Las sociedades comanditarias por acciones se constituyen con un número mínimo de cinco socios.
Las sociedades de responsabilidad limitada se constituyen con un número mínimo de dos socios y máximo de veinticinco socios.
La responsabilidad de los socios gestores en las sociedades comanditarias es como los de las sociedad colectiva, es decir, responderán solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales y la responsabilidad solo podrá deducirse cuando se demuestre, aún extrajudicialmente, que la sociedad ha sido requerida vanamente para el pago. Y la de los socios comanditarios es hasta el monto de sus aportes, pero pueden pactar responsabilidades o prestaciones adicionales.
Ecopetrol S.A es una sociedad anónima porque tiene el nombre seguido de las letras “S.A.”
El nombre o razón social de las sociedades de economía mixta está constituido por cualesquiera de las formas de sociedad previstas en el Código de Comercio, colectivas, en comandita simples o por acciones, de responsabilidad limitada o anónimas, ya que la ley colombiana no señala ninguna en especial. Son organismos bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado.
Las sociedades anónimas simplificadas se constituyen con un número mínimo de un socio.
El nombre o razón social de las sociedades en comanditas por acciones está conformado por: el nombre completo o el solo apellido de uno o más de los socios colectivos y se agregará la expresión “y compañía” o la abreviatura “& Cía.”, seguida en todo caso de las palabras “Sociedad Comanditaria por Acciones” o su abreviatura “S.C.A.”.
De un ejemplo (el ejemplo debe ser producto de su creatividad, por lo tanto no tendrá validez aquel que sea tomado de otra fuente).
Ejemplo: Los señores Oveimer Mamian y Alex Rivera en compañía de otras 4 personas deciden crear una sociedad en comandita por acciones y la denominan: Rivera & CIA S.C.A.
El capital social en las sociedades de responsabilidad limitada está conformado por cuotas de igual valor, cesible es las condiciones previstas en la ley o en los estatutos.
La diferencia entre el capital autorizado, suscrito y pagado en una sociedad anónima es: El capital autorizado es el máximo capital que podrá tener sin hacer reformas estatutarias, el capital suscrito es aquel que suscriben los socios que puede ser el 100% o mínimo el 50% del capital autorizado, el capital pagado es el que el socio se compromete a aportar a la sociedad al momento de la constitución de la empresa y que no puede ser inferior a la tercera parte del capital suscrito.
Ejemplo:
La sociedad Mamian S.A. se constituye con un capital autorizado de $500.000 millones, el capital suscrito es mínimo del 50%, es decir, $250.000 millones, y el capital mínimo a pagar es de la tercera parte de capital suscrito, es decir, $83.333.333.
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