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Trubutaria


Enviado por   •  5 de Junio de 2014  •  856 Palabras (4 Páginas)  •  340 Visitas

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TEMA: COSTOS Y GASTOS NO DEDUCIBLES DEL IMPUESTO A LA RENTA

¿Qué son Gastos no deducibles?

Los gastos no deducibles son todas aquellas compras que siendo para el giro del negocio no están sustentadas con documentos autorizados por la administración tributaria o estándolo no corresponden al giro del negocio o actividad económica que se realiza.

¿Cuáles son gastos no deducibles en gastos personales?

1. Las bebidas alcohólicas no son consideradas como alimento para este efecto, es decir no son gastos deducibles de alimentación.

2. Los gastos incurridos por concepto de lavado, tinturado, planchado, de prendas de vestir no son deducibles del pago del impuesto a la renta.

3. Las bebidas energizantes NO están consideradas dentro del rubro de alimentación.

4. Los intereses de los préstamos otorgados por el IECE No son gastos deducibles; el reglamento establece los gastos que son considerados como educación y entre ellos no constan los intereses del crédito del IECE.

5. Los que representen una retribución de los fondos propios.

6. Las multas y sanciones penales y administrativas, el recargo de apremio y el recargo por presentación fuera de plazo de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones.

7. Las pérdidas del juego.

Criterio: considero que hay gastos no deducibles que deberían ser considerados como deducibles ya que en la vida diaria de una persona natural o jurídica se realizan para el constante avance al cumplimiento de los objetivos y sean costos o gastos indirectos estos son parte de la constante actividad.

Ejemplo: Toda persona para poder realizar o desempeñar sus actividades tienen la necesidad de realizar actividades recreacionales donde se considera el deporte, baile, pero pienso que se debería considerar en un monto determinado y analizado algún gasto por bebidas alcolicas siempre y cuando estos sean normados.

Con relación a los créditos otorgados por IECE estos son tan necesarios como los gastos de educación ya que para muchos este es una forma de continuar con el proceso de formación, hay que considerar que esta dentro de la educación y por tanto no deberían ser gastos no deducibles por temas ya expuestos

No serán deducibles los intereses en la parte que exceda de las tasas autorizadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador, así como tampoco los intereses y costos financieros de los créditos externos no registrados en el Banco Central del Ecuador;

Para fines de la liquidación y determinación del impuesto a la renta, no serán deducibles las provisiones realizadas por los créditos que excedan los porcentajes determinados en el artículo 72 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero así como por los créditos vinculados concedidos por instituciones del sistema financiero a favor de terceros relacionados, directa o

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