Ética Discursiva Como Medio De Conciliación
Enviado por andresaris • 8 de Abril de 2013 • 615 Palabras (3 Páginas) • 551 Visitas
Ética discursiva como método de la conciliación
Antes de dirigirnos al problema que nos dirige en si la ética discursiva como método de conciliación, es importante que primero se tenga un trasfondo claro de lo que es "la ética discursiva". En este sentido la ética discursiva o ética de la argumentación se define como un modelo teórico dirigido a fundamentar la validez de los enunciados y juicios morales a través del examen de los presupuestos del discurso, es decir, es un intento de explicar las implicaciones de la racionalidad comunicativa en el ámbito de la intuición moral y la validez normativa.
Esto nos justifica el contenido de una moral de igual respeto y responsabilidad solidaria, pero aplicada a la conciliación dentro del derecho y lo hace acentuada dentro de los preceptos fundamentales de validez que se encuentran en el derecho positivo en sí. El principio discursivo responde a la dificultad de los miembros de una comunidad que siguen discutiendo sobre juicios y tomas de postura después del desmoronamiento del consenso sustancial de fondo sobre las normas básicas y que reconocen estos conflictos (solucionables de modo fundamentado).
Los interesados no quieren dirimir sus conflictos con la violencia o el compromiso, pero fracasan en el intento de desarrollar un auto entendimiento ético común, dadas las condiciones diferenciadas de las sociedades pluralistas. Aprenden que el cercioramiento crítico de sus valoraciones conduce a concepciones del bien que compiten entre sí. Ante esta falta de acuerdo sobre los contenidos de las normas, los interesados perciben que comparten unas formas de vida comunicativa estructurada por el entendimiento lingüístico y que estas formas de vida, entretejidas con relaciones de reconocimiento recíproco, poseen aspectos estructurales comunes que podrían ocultar contenidos normativos. Aunque también es verdad que estas propiedades de las formas de vida comunicativa no son razón suficiente para que los miembros de una comunidad avancen hacia las relaciones de reconocimiento recíproco inclusivas del universalismo igualitario.
Las personas sólo se convierten en individuos a través de la socialización y de ahí se deduce que la consideración moral une la justicia con la solidaridad: el respeto recíproco para todos, que exige el universalismo sensible a las diferencias, quiere una inclusión no niveladora ni codificadora del otro en su alteridad. Las obligaciones de la acción comunicativa no trascienden los límites de la familia, el clan o la nación, mientras que en los presupuestos pragmáticos de las deliberaciones racionales se universaliza, abstrae y desborda el contenido normativo de los supuestos prácticos de la acción comunicativa. Se vislumbra así una salida a la pérdida del apoyo ontoteológico de los interesados y a su necesidad de crear sus propias orientaciones normativas, para lo que sólo pueden recurrir
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