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Columna Opinión Acuerdo De Vida En Pareja


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2013  •  834 Palabras (4 Páginas)  •  471 Visitas

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Acuerdo de Vida en Pareja en Chile, una utopía más…

Tras una larga espera por parte de las distintas organizaciones que lideran los movimientos por la diversidad sexual en nuestro país, el Gobierno pone urgencia al proyecto de ley que establece y regula el Acuerdo de Vida en Pareja (APV), el que descansaba desde junio de 2010 en la Comisión de Constitución del Senado y, que también fue parte de las promesas de campaña de Sebastián Piñera.

Si bien es cierto este acuerdo es transversal, ya que no hace distinción de sexo, la comunidad homosexual lo recibe como un avance en materia de “igualdad de derechos” a pesar considerarlo imperfecto, es por eso que el Presidente del Movilh (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual), Rolando Jiménez, señala que es completamente necesario generar cambios en algunos de sus artículos antes de transformarlo en ley; por ejemplo, aquel que señala que en caso de conflictos de una pareja que ha firmado este AVP, éstos deben tratarse en Tribunales de Familia, no en Tribunales Civiles como está considerado, por otra parte pide que se incluyan los bienes muebles e inmuebles en esta comunidad de bienes, lo que tampoco está en el proyecto; que establezca un estado civil de conviviente; que los temas de violencia intrafamiliar sean tratados por la ley competente para estos casos, éstos entre otros temas que ya está en agenda sean discutidos y analizados con la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento antes de pasar a sala y, que asegura están en el marco de acción que el Gobierno pretende apoyar, de lo contrario esta legislación será rechazada y continuarán trabajando intensamente por un matrimonio igualitario y un reconocimiento de los distintos tipos de familia existentes en nuestra sociedad actual.

Para entender la postura de Jiménez y de otros líderes de movimientos por las minorías sexuales, que buscan el desarrollo de las Políticas Públicas y la gestión legislativa para conseguir la inclusión de la diversidad sexual en la sociedad chilena, algunos otros datos claves del cuestionado y esperado proyecto:

El Acuerdo de Vida en Pareja es un contrato entre dos personas de igual o distinto sexo, con objeto de regular los efectos jurídicos derivados de una vida afectiva en común, sin embargo este no altera el estado civil de los contratantes, ¿paradójico, no?. Pueden celebrarlo personas mayores de edad con libre administración de sus bienes, que no tengan un vínculo matrimonial o un AVP vigente, y que no tengan relación consanguínea alguna. Éste se debe formalizar a través de escritura pública ante notario, o ante el Oficial del Registro Civil. Puede darse término al mencionado contrato por mutuo acuerdo o sólo por una de las partes; por contraer matrimonio alguno de los involucrados o, por muerte o declaración de ésta por alguno de

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