Medidas Que Se Toman Prevenir El Abuso Sexual
Enviado por netcy • 6 de Agosto de 2013 • 2.082 Palabras (9 Páginas) • 334 Visitas
CUADRO ESTADISTICO (Extraído de Regional Seguridad ciudad 2012)
DELITO TOTAL PROCESADOS SENTENCIADOS
HOMBRES MUJERES HOMBRES MUJERES
Delitos contra la libertad sexual 344 108 4 230 2
Violación sexual 118 25 0 93 0
Violación sexual de menor de edad 178 69 0 109 0
Violación sexual de menor de edad seguida de muerte o lesión grave 0 0 0 0 0
Violación sexual a persona en estado de inconsciencia o en incapacidad de resistir 1 1 0 0 0
actos contra el pudor en menores de catorce años 4 1 0 3 0
proxenetismo 0 0 0 0 0
secuestro 27 7 0 20 0
otros 16 5 4 5 2
MEDIDAS SE ESTAN REALIZANDO PARA IMPEDIR O DISMINUIR ESTA SITUACIÓN.
Cabe resaltar que los niños con mayor riesgo de ser objeto de abusos son aquellos que presentan una capacidad reducida para resistirse o para categorizar o identificar correctamente lo que están sufriendo, como es el caso de los niños que todavía no hablan y los que tienen retrasos del desarrollo y minusvalías físicas y psíquicas; aquellos que forman parte de familias desorganizadas o reconstituidas, especialmente los que padecen falta de afecto que, inicialmente, pueden sentirse halagados con las atenciones del abusador;
• aquellos en edad pre púber con claras muestras de desarrollo sexual;
• aquellos que son, también, víctimas de maltrato.
Los agresores completamente desconocidos constituyen la cuarta parte de los casos y, normalmente, ejercen actos de exhibicionismo; sus víctimas son chicos y chicas con la misma frecuencia.
El 20-30% de los abusos sexuales a niños son cometidos por otros menores.
Es un acto considerado un delito por la legislación internacional y la mayoría de los países modernos, aunque no siempre haya una correspondencia entre el concepto psicológico y el jurídico del problema y no exista consenso sobre los procesamientos jurídicos de los abusadores.
Los testimonios de las personas que han sido objeto de abusos sexuales suelen ser ciertos. Respecto de los adultos, el síndrome de la «memoria falsa» o Falsos recuerdos suele ser poco frecuente debido a que se trata de sucesos que dejan una impronta muy relevante en la memoria. La American Psychological Association (Asociación Psicológica Estadounidense o APA) cuestiona la creencia en el supuesto síndrome de memoria implantada (no reconocido por el DSM IV) y declara en su informe oficial sobre el tema10 que no se debe considerar que los recuerdos de abuso sexual infantil que aparecen en la adultez sean falsas memorias implantadas (aun cuando no tengamos pruebas que nos permitan interpretarlos literalmente como verdades históricas) ya que existen pruebas para afirmar que los abusos sexuales padecidos durante la infancia son tan traumáticos que muchas veces suelen ser olvidados y en algunos casos emergen en la adultez.
En cuanto a los niños, solo un 7% de las denuncias resultan ser falsas. El porcentaje aumenta considerablemente cuando el niño está viviendo un proceso de divorcio conflictivo entre sus padres.
Según un cálculo de las llamadas cifras oculta, entre el 5 y el 10% de los varones han sido objeto en su infancia de abusos sexuales y, de ellos, aproximadamente la mitad ha sufrido un único abuso.
Los abusos a menores de edad se dan en todas las clases sociales, ambientes culturales o razas. También, en todos los ámbitos sociales, aunque la mayor parte ocurre en el interior de los hogares y se presentan habitualmente en forma de tocamientos por parte del padre, los hermanos o el abuelo (las víctimas suelen ser, en este ámbito, mayoritariamente niñas). Si a estos se añaden personas que proceden del círculo de amistades del menor y distintos tipos de conocidos, el total constituye entre el 65-85% de los agresores.
OBJETIVO GENERALES
Causas de violación sexual de menores de edad en la localidad de puno
Causas de incremento de violación sexual de menores de edad en Puno
Consecuencias sociales
OBJETIVO ESPECIFICO
- Porcentaje de violación sexual en menores de edad en la localidad de Puno
- Consecuencias jurídicas.
- Las penas para este delito no satisfacen las necesidades de la sociedad.
- Sanción para los agresores sexuales.
JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION
Investigamos este tema dado a que diariamente los casos de violencia y abuso sexual en contra de los menores de edad van en aumento en nuestra localidad de Puno, la problemática de la violencia en general y la violencia sexual en particular, se han constituido como fenómenos de alta relevancia social, y se manifiestan como temas que capturan la atención tanto de la opinión pública, como de los sectores e instituciones encargadas de hacerle frente, como por ejemplo: ONG, la Policía, el Poder Judicial, entre muchas otras.
DELIMITACION DE LA INVESTIGACION
DELIMITACION POR MATERIA
DERECHO CONSTITUCIONAL
CONSTITUCIONAL
Partimos desde la idea que el Derecho Constitucional es una rama de Derecho Público que estudia tanto al Estado como al individuo, en este tema el individuo será el objeto de delimitación dado a que nuestra Constitución establece que el fin primordial de la sociedad es la protección de la persona humana, así lo indica en el Artículo. 1°: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. La propia Constitución nos da la garantía de que todos tenemos derecho a la vida, a la integridad tanto moral como psíquica y física al libre desarrollo y bienestar, en el inciso 24 nuestra Carta Magna nos dice que tenemos derecho a la libertad y seguridad personal. “Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. …”
El Artículo 4° de la Constitución nos dice que el Estado protege a los niños en situación de abandono entre otros sujetos; lo que nos hace ver que no solamente se debe pensar en proteger a los niños en abandono sino a todos los niños en general.
REINCIDENCIA
El que, después de haber cumplido en todo o en parte una condena privativa de libertad, incurre en nuevo delito doloso, tendrá la condición de reincidente.
Constituye circunstancia agravante la reincidencia. El juez podrá aumentar la pena hasta en un tercio por encima del máximo legal fijado para el tipo penal.
El artículo 170 del Código Penal establece que se le privara de la libertad en un promedio de seis a ocho años a aquel que obligue a una persona, con violencia o grave amenaza, a tener acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías.
La
...