Normas Juridicas Y Sociales
Enviado por juankarlost • 25 de Noviembre de 2013 • 478 Palabras (2 Páginas) • 316 Visitas
Los defensores del derecho como norma afirman que ante todo la Norma Jurídica es una norma de comportamiento. Este punto de vista llamado normativista, se desarrolla por la teoría pura del derecho de Hans Kelsen.
Hay que indicar, en segundo lugar, que lo característico de la norma jurídica es el estar institucionalizada, es decir el ser, no el producto espontáneo e irreflexivo de un grupo informal, como podrían ser los usos sociales, sino la creación mas o menos artificial y consciente de un grupo estructural.
Así, desde este punto de vista llamado precisamente institucional, el derecho se identifica con el ordenamiento mismo de una sociedad estructurada. Esta teoría ha sido defendida por Savigny de Alemania, en Francia por Hauriou y por Santi - Romano en Italia.
Una tercera teoría pone el acento en el dato de que la función propia del derecho es regular las relaciones intersubjetivas. La intersubjetividad para los defensores de esta teoría constituye el elemento calificativo del derecho que nos permite distinguir la actividad jurídica de la moral y de la economía.
La moral es subjetiva por su naturaleza no fundamenta pretensiones sino que solamente impone deberes de cuyo cumplimiento debe responder cada persona solo ante su propia conciencia.
La economía pone al hombre en relación con las cosas consideradas como meros instrumentos para la satisfacción de nuestras necesidades y frente a las que no tiene ningún sentido hablar de derechos o de deberes.
Sólo el derecho pone en relación al hombre con los demás y una relación que es bilateral y recíproca. La teoría del derecho como relación es indudablemente la más antigua y la preferida por los filósofos desde Santo Tomás a Kant.
Estas tres teorías como norma, como ordenamiento y como relación lejos de excluirse se integran y complementan en una visión más plena y comprensiva de la experiencia jurídica.
Uniendo los tres elementos hasta aquí examinados se podría formular una definición del derecho “como un ordenamiento de normas que regulan relaciones intersubjetivas y a cuya violación sigue una reacción institucionalizada.”
No esta demás poner de relieve que la preferencia expresada hacia una u otra de las teorías mencionadas depende de motivos ideológicos, por ello es significativo que la teoría normativista es la mas difundida entre los juristas quienes en su trabajo deben relacionarse con normas.
También es significativo que la teoría del ordenamiento o de la institución sea adoptada por los sociólogos y que la teoría de la relación sea la preferida por los filósofos preocupados, estos, sobre todo, por fundamentar la distinción entre derecho, enconosa y moral.
Por último, cada una de estas teorías privilegia un valor especifico realizable con el aparato jurídico,
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