ACTIVIDAD DE REFUERZO – CRISIS TOXICOLOGICA
Enviado por edwinbp2087 • 16 de Junio de 2015 • 1.064 Palabras (5 Páginas) • 760 Visitas
ACTIVIDAD DE REFUERZO – CRISIS TOXICOLOGICA
EDWIN BELLO POZO
(APRENDIZ VIRTUAL)
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA
TOXICOLOGIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
SARAVENA – ARAUCA
2015
ACTIVIDAD DE REFUERZO – CRISIS TOXICOLOGICA
EDWIN BELLO POZO
(APRENDIZ VIRTUAL)
PRESENTADO A:
YULIETH RODRIGUEZ
(TUTORA VIRTUAL)
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA
TOXICOLOGIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
SARAVENA – ARAUCA
2015
ACTIVIDAD PROGRAMA DE FORMACIÓN: TOXICOLOGIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
UNIDAD N°4. SUSTANCIAS TÓXICAS PROCEDENTES DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Actividad – Actividad de refuerzo
El laboratorio para el cual usted realizó la asesoría tiene conocimientos sobre los riesgos derivados de la presencia de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos.
A raíz de este acontecimiento se invita al aprendiz a discutir acerca de la siguiente pregunta: ¿Cuáles medidas deberían tomar los productores para evitar el uso de estos productos?
Nota: el instructor estará informando sobre el proceso de envío de esta actividad a través del botón Sesiones en línea.
DESARROLLO
Si bien para garantizar la salud y el bienestar de los animales es completamente necesario disponer de medicamentos veterinarios su utilización en animales productores de alimentos puede dejar residuos en los productos alimenticios obtenidos a partir de animales tratados. Partiendo de esta situación con el fin de proteger la salud de los consumidores se hace igualmente indispensable realizar una evaluación de la seguridad de estas sustancias teniendo en cuenta los riesgos toxicológicos la contaminación medioambiental, y los efectos farmacológicos y/o microbiológicos no deseados de sus posibles residuos.
Así pues, una sustancia farmacológicamente activa sólo puede utilizarse en animales productores de alimentos si ha sido objeto de una evaluación de riesgo, con sólida base científica, y resultado favorable
Se establecen así límites máximos de residuos (LMR) para esta sustancia cuando se considera necesario para proteger la salud humana.
Estos LMRs se fijarán teniendo en cuenta sus características toxicológicas en base a su utilización según códigos de buenas prácticas veterinarias, resultados de ensayos de depleción de residuos…etc. A su vez, servirán como referencia para la determinación del tiempo de espera en las autorizaciones de comercialización de los medicamentos, es decir, el tiempo que debe transcurrir desde la administración del fármaco hasta el sacrificio del animal.
Actualmente la norma básica que recoge y regula estos LMRs es el Reglamento (CE) Nº 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejode 6 de mayo de 2009 por el que se establecen procedimientos comunitarios para la fijación de los límites de residuos (LMR) de las sustancias farmacológicamente activas en los alimentos de origen animal, se deroga el Reglamento (CEE) Nº 2377/90 del Consejo y se modifican la Directiva 2001/82/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) Nº 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Este Reglamento tiene dos objetivos fundamentales:
1. La protección de la salud humana y animal, para lo cual se establece que:
Una sustancia farmacológicamente activa sólo podrá utilizarse en animales productores de alimentos (carne, pescado, leche, huevos y miel) si ha sido objeto de una evaluación favorable por la EMEA (Agencia Europea de Medicamentos). La evaluación científica de los riesgos tendrá en cuenta el metabolismo
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