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Denuncia Por Crímenes De Lesa Humanidad Contra Joseph Ratzinger


Enviado por   •  12 de Julio de 2011  •  8.878 Palabras (36 Páginas)  •  1.421 Visitas

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AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN CENTRAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL

........................................................................................................................................, mayor de edad, en mi propio nombre, con D.I. nº .......................... y dirección, a efectos de notificaciones sito en ... .... ............... ......................... .................................................................. ............, en..................................., provincia de .........................., como mejor proceda en Derecho, comparezco y DIGO:

Que, por medio del presente escrito vengo a presentar DENUNCIA contra D. Joseph Ratzinger, conocido como el Papa Benedicto XVI, QUE HABRÁ DE SER DETENIDO CUANDO SE ENCUENTRE EN TERRITORIO ESPAÑOL, por los hechos que a continuación se detallarán y que, aún sabiendo que no es obligada su calificación xurídica, procede salientar que los mismos reúnen los elementos del tipo contemplados en los arts. del Código Penal 607.2 de apología del genocidio y 607 bis sobre crímenes de lesa humanidad por los actos generalizados y sistemáticos de tortura, abusos sexuales y encubrimiento de los mismos, apología de la misoginia y homofobia y persecución por motivos políticos, étnicos de género o de orientación sexual. En base a los siguientes,

HECHOS:

Primero.- Encubrimento de pederastas de forma sistemática y organizada. No existe inmunidad de los jefes de estado sobre actos que representen crímenes de lesa humanidad.

Cualquier tribunal puede ejercer la jurisdicción universal sobre actos que representen crímenes de lesa humanidad, como lo son los actos generalizados y sistemáticos de tortura, abusos sexuales y encubrimiento de los mismos, apología de la misoginía y la homofobia y persecución por motivos políticos, étnicos de género o de orientación sexual. El Derecho Internacional no concede inmunidad a los jefes de estado -ni ante tribunales internacionales ni ante tribunales nacionales- por crímenes comprendidos en las leyes internacionales.

El papa Benedicto XVI, (en otros tiempos miembro de las Juventudes Hitlerianas), ha reconocido públicamente los casos de pederastia cometidos por sacerdotes. Organizaciones de víctimas de pederastia señalan que ambos papas, tanto Juan Pablo II como Benedicto XVI son responsables de haber encubierto abusos y ocultado las denuncias.

Segundo.- El papado actúa como encubridor del delito de abuso sexual de menores y como cooperante necesario de manera continuada en el tiempo.

La historia criminal de la Iglesia Católica Apostólica y Romana (ICAR), nos enseña que viene perpetrando crímenes contra la Humanidad desde casi los inicios de su historia, jugando el eterno papel de cómplice criminal, primero del genocidio colonialista, posteriormente de la esclavitud de la población (siendo corresponsable decisiva en la venta de personas como esclavas en las islas canarias, por citar un ejemplo sucedido en el estado español). Artífice además de la despiadada represión ideológica que supuso la Inquisición y que implicó la ejecución de miles de personas y, muchas de ellas, quemadas vivas. Cómplice y cooperadora necesaria de las distintas dictaduras militares, directamente implicada en torturas y asesinatos de miles de personas. En Europa, además de su larga historia de corrupción y crímenes, mantuvo un cordial entente con el fascismo y el nazismo. En el estado español, aún hoy se beneficia de los privilegios otorgados por la monarquía y el fascismo, siendo financiada con dinero público y con exenciones fiscales que propician todo tipo de fraudes. Fiel defensora de los postulados más reaccionarios, esta organización perniciosa no sólo no fue prohibida por ningún estado que se diga democrático y de Derecho, sino que, al contrario, siguen impunemente prodigando el odio más feroz contra las personas homosexuales, contra las mujeres per se y, más aún, contra las que deciden interrumpir un embarazo no deseado conforme a la Ley, contra los y las que defienden postulados laicos y un innumerable etcétera, desde su púlpito privilegiado dotado de la más absoluta inmunidad por obra y gracia del espíritu santo.

La pederastia en la iglesia católica existe desde sus orígenes, mas el encubrimiento de la misma también. El caso de Mary MacKillop, que fundó en 1867 la primera orden religiosa de Australia, las Hermanas de San José del Sagrado Corazón, para abrir escuelas para niños y niñas: Esta mujer, junto con otras religiosas, denunciaron en 1870 a un sacerdote que cometía abusos contra niños y, por ello, fue excomulgada por el obispo Laurence Sheil, de la diócesis de Adelaida, en el sur de Australia, por “insubordinación”. El sacerdote pederasta fue enviado a Irlanda. La excomunión fue revocada posteriormente por el mismo obispo Sheil ya en su lecho de muerte. Y, por último, en un alarde de hipocresía brutal, fue beatificada en 1995 por Juan Pablo II durante su visita a Australia, sen mencionar, por supuesto, la época que hubo de pasar excomulgada por denunciar la pederastia.

Los primeros casos denunciados públicamente se presentaron por primera vez en Estados Unidos e Irlanda. El conocido como informe John Jay (John Jay College of Criminal Justice, City University of New York), que abarca un largo período de tiempo, 1950-2002 y encargado por la Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos en el 2004, que es uno de los más completos informes elaborados hasta la fecha sobre los abusos de menores en cualquier ámbito en los EEUU, refleja datos alarmantes. En esos 52 años hubo, sólo en los Estados Unidos, 10.667 personas que denunciaron a la Iglesia por abusos de menores, referidos a 4.392 sacerdotes. Estes números exclúyen las denuncias que fueron retiradas o se demostraron falsas (cerca de 2.000) y no contemplan, claro está, los abusos que existieron pero que nunca fueron denunciados.

El análisis de la Comisión que realizó el informe dice, al respecto de por qué fueron ocultados esos datos: “los obispos, no se hicieron cargo hasta muy tarde de las dimensiones del fenómeno, trataron los casos como hechos esporádicos y aislados. Dieron más crédito a los acusados que a los denunciantes, y no pusieron en primer término el bien de las víctimas. Dieron prioridad a los intereses “institucionales” de la Iglesia, de modo que trataron de ocultar los casos sin afrontarlos y, ante la amenaza de procesos civiles ruinosos, adoptaron una actitud litigiosa y defensiva, poco pastoral.” Añade: “el número de los culpables de abusos pertenecientes a la iglesia es significativo e inquietante” y que: “Parte de la responsabilidad recae en los superiores, que no intervinieron pronta y eficazmente”.

Critica hondamente la actitud clerical frente a esas denuncias

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