Contratos Electrónicos
Enviado por Rosa Gonzalez • 1 de Septiembre de 2020 • Ensayo • 352 Palabras (2 Páginas) • 82 Visitas
Contratos Electrónicos
Una de las primeras preguntas que se me vienen a la mente, es el por qué de los contratos electrónicos, investigando sobre aquello encontré que éstos nacen a raíz de los cambios en la economía que se han producido desde fines del siglo XX e inicios del siglo XXI, lo cual me insta a pensar cual es el trasfondo jurídico que sustenta este tipo de transacciones.
Primero, señalemos que detrás de la celebración de este tipo de intercambios existen personas, aún cuando pareciera que las máquinas responden a través procesos automatizados, sin embargo alguien las programo para dar tales respuestas, es por eso que se puede afirmar que corresponden a conceptos jurídicos conocidos.
A raíz de esto, podemos afirmar que para que se produzca un contrato por medios electrónicos se debe contar con una oferta completa, clara y precisa que individualice cada aspecto para evitar cualquier tipo de vicio, error o mala interpretación de ésta por parte del aceptante. Lo cual da inicio a la formación del consentimiento que se produce instantáneamente cuando el aceptante asiente la oferta a través de video llamadas, o telefonía IP, ya que su respuesta es inmediata, sin embargo cuando el consentimiento se expresa a través del correo electrónico, entenderá perfeccionado una vez que el mail sea enviado de la cuenta de correo del aceptante, esto sustentado en la teoría de la recepción.
Si existiese un conflicto o litigio entre las partes la normativa judicial que enmarca este tipo de contrato estará relacionado con las leyes del lugar donde resida el aceptante.
Como en Chile no existe una normativa que regule este tipo de contratos, la ley de protección al consumidor se pronuncia al respecto enfatizando que se entenderá perfeccionado el contrato siempre y cuando el aceptante haya tenido un acceso claro e inequívoco de las condiciones de la oferta, y la posibilidad de almacenar o imprimir un comprobante que sostenga la transacción. Concluyendo que si se omite este paso, la sanción será la inexistencia del contrato.
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