Operacion de equipos moviles
Enviado por Raúl Arellano • 23 de Marzo de 2023 • Tutorial • 4.398 Palabras (18 Páginas) • 57 Visitas
[pic 1] | 007 – Estándares | Página | Pág. de |
E – 007 ESTANDAR OPERACIONAL CONDUCCION EQUIPOS MOVILES | Revisión | 0 | |
Fecha | 03/02/2023 | ||
Área: Gestión de Calidad | Identificación: ELSAC/GC-01 | ||
Responsable: Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente | Aprobación: GG – Gerencia General |
Estándar Operacional Conducción Equipos Móviles
VER | FECHA | ELABORADO POR: | REVISADO POR: | APROBADO POR: |
01 | ENERO 2023 | Gálvez Zañartu Carlos Eduardo Ingeniero Seguridad Salud Trabajo | Paredes Sánchez Marco Antonio Gerente General | Paredes Sánchez Marco Antonio Gerente General |
03/02/2023 | 03/02/2023 | 03/02/2023 | ||
FIRMA |
OBJETIVOS
Establecer disposiciones, requisitos y responsabilidades a fin de prevenir accidentes relacionados a la conducción de vehículos motorizados livianos.
ALCANCE
Este estándar es aplicable a las todas las actividades relacionadas con vehículos motorizados livianos, ya sean ejecutadas por trabajadores de ELILOSA CONSTRUCTORA S.A.C. (de aquí en adelante ELILOSA), empresas subcontratistas o proveedores que mantengan relación contractual con ELILOSA.
REFERENCIAS LEGALES Y OTRAS NORMAS
- D.S. N° 024-2016-EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.
- D.S. N° 023-2017-EM: Modificación de diversos artículos y anexos del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.
- CFR 30 – 56/57 (MSHA) Estándares de Seguridad y Salud en Minería Superficial/Subterránea; 56/57.6202 Vehículos; 56/57.9100 Control de tráfico; 56/57.9101 Velocidades de conducción y control de equipos; 56/57.9200 Transporte de personal; 56/57.9300 Bermas y barandas; 56/57.14132 Bocinas y alarmas de retroceso; 56/57.14200 Advertencias antes de arrancar o desplazar un vehículo o equipo.
DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
Vehículo Motorizado Liviano (de aquí en adelante “vehículo liviano”): Se denomina así a todo vehículo que necesita ser conducido por una persona desde el vehículo, el cual es propulsado por un motor a combustión y está autorizado para transitar o desplazarse en vías o carreteras públicas, posee cuatro (04) o más ruedas y no excede las tres punto cinco (3.5) toneladas de peso neto. Para fines del presente estándar se consideran vehículos livianos a: vehículos sedan, vehículos station wagon, vehículos SUVs (Suburban Utility Vehicle), vehículos Vans, camionetas pick up 4x4 o 4x2, furgonetas y minibuses.
Vehículos Utilitarios Industriales: Se denomina así a los vehículos motorizados menores que necesitan ser conducidos por una persona desde dentro o sobre el vehículo, el cual es propulsado por un motor a combustión pero no está autorizado para transitar o desplazarse en vías o carreteras públicas y que sirven para prestar apoyo en las operaciones industriales, operaciones mineras y proyectos, entre los cuales tenemos: cuatrimotos (All-Terrain Vehicles - ATVs), mini cargadores frontales (Skid Loader), montacargas (Forklifts), equipos de izamientos de personas (Manlifts), equipos menores de izamiento de cargas (Pallet Truck - Jack), u otros similares. Estos vehículos no son considerados en este estándar.
Brevete o Licencia Nacional de Conducir (de aquí en adelante “licencia de conducir”): Documento emitido por la autoridad nacional de transporte que autoriza a una persona a conducir un determinado tipo de vehículo liviano por un periodo de tiempo pre- establecido.
Reglamento Interno de Transito (de aquí en adelante RIT): Documento exigido por disposiciones legales, cuya finalidad es establecer normas de seguridad vial a fin de prevenir accidentes relacionados al tránsito de los vehículos en las unidades mineras o proyectos. En dicho documento se establecen disposiciones, requisitos y normas para los conductores, pasajeros y peatones, así como para los vehículos, las vías y los medios o equipos de respuesta para situaciones de emergencias por accidentes de tránsito.
Sistema de Protección Contra Volcadura: Estructura metálica instalada en el vehículo cuya finalidad es proteger al conductor o pasajeros en caso de volcadura del vehículo. También se le conoce como ROPS (Roll Over Protection Structure).
RESPONSABILIDADES
- Residente de Obra
- Liderar y proveer los recursos necesarios para la implementación del presente estándar.
- Asegurar que se cuente con un RIT en el Proyecto.
- Evaluar la implementación de dormitorios para el personal externo que conduce vehículos livianos y que haya excedido las horas de trabajo establecidas en el RIT.
- Participar en el proceso de análisis y revisión de los reportes de investigación de accidentes incapacitantes y eventos de alto potencial relacionados a la conducción de vehículos livianos.
- Autorizar la salida de los vehículos livianos del Proyecto o de las ciudades próximas durante el horario restringido, solo en caso de una urgencia o emergencia, previa verificación de las medidas de seguridad establecidas durante la evaluación de riesgos.
Ingeniero de Seguridad Salud y Medio Ambiente
- Coordinar la capacitación y entrenamiento en manejo defensivo; y autorización
- Establecer las competencias, contenido y duración de la capacitación y entrenamiento del RITRAN de la Unidad Minera o Proyecto.
- Verificar la inspección técnica vehicular en el Proyecto.
- Definir los requisitos de seguridad para los vehículos livianos y conductores de los mismos, así como responsabilidades para los conductores y pasajeros de vehículos livianos, y peatones. Los conductores deberán ser mayores de veintiún (21) años de edad, pero menores de sesenta (60) años de edad.
- Identificar las situaciones emergencia durante la conducción de vehículos livianos tales como levantamiento del capot; salida, perdida de presión o reventamiento de llantas, etc., así como definir protocolos de actuación en caso de ocurrencia de las situaciones mencionadas anteriormente.
- Definir las velocidades máximas permitidas en las vías o caminos dentro y fuera de la Unidad Operativa Minera.
- Verificar el cumplimiento de las evaluaciones de aptitud médica y calidad de sueño para los conductores de vehículos livianos.
- Mantener una lista actualizada de los conductores autorizados para conducir vehículos livianos.
- Asegurar la operatividad, mantenimiento preventivo, mantenimiento correctivo y la calibración de los equipos de detección de alcohol y monitores de velocidad.
- Asegurar el desarrollo del test de fatiga y somnolencia, así como las pruebas de alcohol y drogas después de un accidente de tránsito al conductor del vehículo involucrado en el centro médico de la Unidad Minera o Proyecto.
Administración
- Asegurar el desarrollo de la capacitación de manejo defensivo para el personal que lo requiera y la capacitación en RITpara todo el personal que conduce, así como llevar el control de los participantes y las evaluaciones.
- Asegurar la entrega del Reglamento Interno de Tránsito (RIT) a los conductores.
- Apoyar en la determinación y aplicación de las medidas disciplinarias al trabajador que incumpla el presente estándar o el RIT.
Conductores de Vehículos Livianos
- Cumplir con las disposiciones establecidas en el presente estándar y en el RIT..
- Verificar el cumplimiento de los requisitos de seguridad para los vehículos livianos asignados a su responsabilidad, lo cual deberá quedar registrado en el cuaderno de registro de inspección de pre-uso del vehículo.
- Usar el cinturón de seguridad y asegurar su uso por parte de los ocupantes de su vehículo. Los pasajeros en el asiento delantero deberán usar cinturones de tres puntos ya sea dentro o fuera de la Unidad Operativa Minera..
- Durante la conducción deberá mantener encendidas las luces del vehículo, en todo momento.
- Usar llantas en buen estado y de marcas reconocidas, tanto en la cantidad y dimensiones establecidas en el manual de conducción del vehículo.
- Llevar el vehículo, lo antes posible, luego de haber efectuado el cambio de una llanta en la vía o en un taller no autorizado, a un taller autorizado por la Unidad Minera o Proyecto para que se verifique el correcto ajuste o torque de los pernos o tuercas de la llanta.
- Usar tres (03) puntos de apoyo al ascender o descender de un vehículo o equipo pesado. No usar el volante como punto de apoyo. En ningún caso el conductor ni los pasajeros deben de saltar de la cabina directamente al suelo.
- Conducir respetando los límites de velocidad establecidos o los determinados por las geocercas, en las curvas o pendientes, zonas pobladas o durante lluvias o nevadas regular la velocidad; si la condición climática se vuelve critica detener el vehículo en un lugar seguro.
- Respetar las velocidades máximas establecidas en la Unidad Minera o Proyecto, en áreas de campamentos y oficinas la velocidad máxima será de 20 km/h, al ingresar en una curva o área de operaciones se deberá bajar la velocidad.
- Respetar el derecho de paso de los peatones, así como la prioridad de paso de acuerdo al tipo de vehículo, establecido en el RIT.
- Conocer y respetar los protocolos de actuación frente a situaciones de emergencia, durante la conducción de vehículos livianos, tales como levantamiento del capot; salida, perdida de presión o reventamiento de llantas, etc.
- No intervenir o reparar un vehículo liviano sino está capacitado y autorizado para dicha actividad.
- No abandonar el vehículo liviano con el motor encendido o con las llaves dentro del mismo.
- No conducir un vehículo liviano fuera de la Unidad Operativa Minera sin la autorización correspondiente.
- No conducir un vehículo liviano bajo los efectos del alcohol, drogas, fatiga o somnolencia, ni transportar o consumir bebidas alcohólicas o drogas, así como no beber o comer con el vehículo liviano en movimiento.
- No usar teléfono celular mientras conduce un vehículo liviano.
- No permitir que personal no autorizado opere el vehículo asignado.
- No estacionar o ingresar a las áreas operacionales sin contar con autorización radial del responsable del área u operador del equipo del área de operaciones.
- No trasladar materiales, herramientas o materiales peligrosos en vehículos de transporte de personal
- Notificar, de manera inmediata, todo incidente o accidente a su supervisor.
- de forma inmediata a su supervisor.
Pasajeros de Vehículos Livianos
- Usar los cruceros peatonales para cruzar las vías o caminos.
- Subir y bajar de los vehículos de transporte de personal en los lugares autorizados y conservando el orden (no correr, empujar o jugar durante el embarque y desembarque)
- Verificar que el asiento a ocupar cuente con cinturón de seguridad de tres
- (03) puntos y que se encuentre operativo. Usar el cinturón de seguridad hasta que el vehículo se haya detenido por completo.
- No sacar el cuerpo, ni parte del cuerpo cuando el vehículo se encuentra en movimiento. No bajar de los vehículos en movimiento.
- No distraer al conductor o entorpecer la conducción, asegurar sus objetos personales.
- No viajar parado o en la tolva de los vehículos.
- No trasladar materiales, herramientas o materiales peligrosos en vehículos de transporte de personal.
- Notificar, de manera inmediata, todo incidente o accidente a su supervisor.
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
- EPP básico: Casco de seguridad, lentes de seguridad y zapatos de seguridad.
- EPP específico: Guantes de seguridad, barbiquejo, chaleco reflectivo, protector solar y otros EPP que deberán ser establecidos de acuerdo con el análisis de riesgo de la actividad específica.
NOTA: Los equipos de protección personal deben cumplir las normas ANSI correspondientes
EQUIPO/ HERRAMIENTAS/ MATERIALES DE TRABAJO
- Tacos o cuñas.
- Conos de seguridad.
- Triángulos de seguridad.
- Llanta de repuesto.
- Gata
- Linterna.
- Extintor PQS.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Radio de Comunicación
DESCRIPCIÓN
- Persona:
- Todo conductor deberá contar con el permiso interno para operar o conducir, el mismo que será emitido después de aprobar las capacitaciones establecidas.
- Las constancias de capacitación y entrenamiento para del permiso interno para operar o conducir tendrán una vigencia no mayor a un (01) año por parte del cliente.
- Certificado de prueba psicosensométrica.
- Proceso:
- Paso N°1: Inspección visual (vuelta del gallo).
- Paso N°2: Inspección de pre uso del vehículo liviano.
- Paso N°3: Evaluación del riesgo e implementación de medidas de control (tomar en cuenta la actividad específica a realizar dentro o fuera de la Unidad Minera o Proyecto, la ruta a seguir, el tiempo que durará el viaje o actividad, condiciones de la vía o camino, condiciones climatológicas, etc.)
- Paso N°4: Desarrollo del trabajo.
- Paso N°5: Reevaluación de riesgos y verificación de controles.
- Previo al inicio de los servicios de transporte de personal y transporte de materiales peligrosos que se inicie dentro o fuera de la Unidad Minera o Proyecto, los conductores de vehículos livianos deben pasar una prueba cualitativa de alcohol.
- Ningún vehículo se podrá dejar con la llave en el contacto o con el motor encendido sin la presencia del conductor, salvo caso de trabajos de pruebas en los talleres de mantenimiento para lo cual se deberá contar con una herramienta de control de riesgo como el IPERC, PETS, PETAR y/o IPERC continuo.
- Ningún vehículo se podrá desplazar sin los dispositivos de traba tuercas en sus llantas o ruedas.
- Ningún vehículo se podrá dejar estacionado en las áreas operacionales, en las vías, plataformas, frentes, áreas de trabajo, etc., sin las cuñas o tacos de seguridad. Los vehículos estacionados en las zonas de estacionamiento, plataformas, frentes o áreas de trabajo que cuenten con un sistema de prevención de desplazamiento de vehículos, están exceptuados de cumplir esta disposición.
- No está permitido que el conductor coma o beba con el vehículo en movimiento
- Está prohibido transportar personas no autorizadas en los vehículos de la empresa.
- Solo podrán viajar en los vehículos personas en sus respectivos asientos y asegurados con sus respectivos cinturones de seguridad, no está permitido viajar sobre la plataforma o en el techo del vehículo.
- Las llantas o ruedas de los vehículos para el transporte de personal no podrán ser reencauchadas.
- Solo se podrá subir a la plataforma o techo del vehículo cuando el motor del vehículo esté apagado, los frenos de mano activados y el conductor haya descendido del vehículo y colocado las cuñas o tacos en las llantas o ruedas.
- Las mototaxis y las motos lineales están terminantemente prohibidas de usarse en las unidades mineras o proyectos.
- Las ambulancias deben cumplir con las disposiciones legales respectivas y contar con la autorización de la autoridad de salud respectiva.
- Solo los vehículos autorizados por la Unidad Minera o Proyecto podrán transportar explosivos o dispositivos de voladura.
- Solo los vehículos autorizados por la Unidad Minera o Proyecto podrán transportar fuentes o equipos radioactivos.
- Los conductores de vehículos y pasajeros deben respetar las reglas de seguridad durante situaciones de tormentas eléctricas, crecidas de fuentes de agua que crucen las vías, caídas de huaycos, interrupción o bloqueos de vías, asaltos, voladuras, derrumbes, etc.
- Para la realización de viajes con recorridos mayores (más de siete (07) horas de conducción) se deberá considerar las indicaciones siguientes:
- Antes del inicio del viaje el conductor deberá realizar la respectiva planificación, teniendo en consideración: distancia a recorrer, lugares de alimentación y hospedaje, lugares de abastecimiento, reporte de desplazamiento, riesgos en el recorrido, tiempos, etc. Si fuera necesario podrá consultar al respecto con la superintendencia de seguridad y salud.
- Al iniciar, durante y al final del viaje, el conductor deberá reportar su posición al centro de control que el Superintendente de Seguridad y Salud de la Unidad Operativa Minera.
- El conductor deberá contar con un conductor de relevo.
- El no respetar las barricadas o cierres de las vías, los letreros de pare, la luz roja de los semáforos, así como las instrucciones de No Pasar de los trabajadores-señaleros en los trabajos en las vías se considerará una falta muy grave.
- Nunca se coloque en la línea de fuego o en la trayectoria de atropellamiento de un vehículo durante las inspecciones, reparaciones o auxilio mecánico.
- Seguir las instrucciones de evacuación durante los trabajos de voladura, no use el vehículo como refugio de voladura si este se encuentra dentro del área de voladura.
- No arrojar residuos, materiales o restos de alimentos fuera del vehículo, deposítelos en un recipiente y luego dispóngalos de manera segura y apropiada.
- Refugiarse dentro de un vehículo en caso de tormentas eléctricas y asegúrese de que todas las ventanas estén completamente cerradas.
- Conozca el número del teléfono del centro de control y central de comunicación de emergencia de la Unidad Operativa Minera, así como el teléfono de contacto de su Supervisor.
- No usar los vehículos asignados al trabajo para asuntos personales ni fuera de los horarios de trabajo; asimismo, no prestar el vehículo asignado a personas no autorizadas.
- No conducir un vehículo en forma continua por jornadas mayores a tres (03) horas, detenga el vehículo en un lugar seguro cada dos (02) horas de conducción y descanse o haga una pausa activa mínima de diez (10) minutos, no conduzca más de siete (07) horas acumuladas en una jornada de trabajo diaria.
- Estacione el vehículo en posición de aculatado o en retroceso, en áreas de presencia de transeúntes o tránsito de otros vehículos. Cuando su vehículo tenga carga que dificulta el uso del espejo central solicite el apoyo a una persona a fin de que lo guíe
- para estacionarse en retroceso, mantenga siempre a la vista a la persona guía, en caso de perderlo de vista detenga el vehículo y retome su marcha en caso de volver en contacto.
- El conductor debe asegurase de tocar el claxon una (01) vez antes de encender el motor del vehículo, luego de cinco (05) segundos, deberá tocar el claxon dos (02) veces antes de avanzar o tres (03) veces antes de retroceder.
- El conductor debe tocar el claxon en forma continua en caso de una situación de emergencia a fin de advertir a otros sobre la situación, ello hasta que la otra persona o conductor advierta de su señal.
- No conduzca en vías o caminos no familiarizados, si va conducir por primera vez en caminos dentro de una Unidad Minera solicite a su Supervisor el recorrido de reconocimiento y acompañamiento asistido.
- El conductor debe de activar el uso de la doble tracción del vehículo en caso de conducir en vías no asfaltadas, ante la presencia de lluvia y barro en las vías al interior o fuera de la Unidad Operativa Minera.
- Todo el personal y visitantes deberán usar los servicios de transporte de personal establecido, es decir trasladarse con vehículos y conductores autorizados por la Unidad Operativa Minera.
- No se podrá exceder la capacidad máxima del número de pasajeros del vehículo establecido en la tarjeta de propiedad del vehículo y solo se podrán usar los asientos que cuenten con cinturón de seguridad con tres puntos de apoyo y apoya cabezas.
- Antes durante y después de celebraciones por fechas o acontecimientos especiales (fin de año, día del minero, partidos de futbol de la selección nacional, etc.) se restringirá el tránsito de vehículos. Los conductores que desarrollen actividades durante dichas celebraciones deberán descansar adecuadamente y pasar obligatoriamente los controles de alcohol.
- Infraestructura
- Todos los vehículos livianos deberán contar con los siguientes dispositivos:
- Conos de seguridad y triángulos de seguridad (mínimo dos (02)).
- Cinturón de seguridad en cada asiento (los asientos delanteros deben tener cinturón de seguridad de tres puntos).
- Apoya cabeza en cada asiento.
- Frenos ABS (sistema de antibloqueo de ruedas).
- Bolsas de aire de seguridad (Air Bag) para cada asiento delantero.
- Extintor y botiquín de primeros auxilios.
- Llanta o rueda de repuesto.
- Herramientas básicas para el cambio de las llantas o ruedas, linterna y cable para carga de baterías.
- Sistema de freno de servicio, sistema de freno de emergencia y un sistema de freno de estacionamiento.
- Tacos o cuñas.
- Dispositivos de traba tuercas en cada llanta o rueda.
- Cinta reflectiva adosada en los lados laterales y en la parte posterior del vehículo.
- Alarma de retroceso.
- Sistema de protección contra volcadura en las camionetas pick up, minibuses y vans.
- Sistema de monitoreo GPS o de registro de velocidad para los vehículos del servicio de transporte de personal y el servicio de escolta de camiones.
- Radio de comunicación (teléfono satelital para trabajos en áreas remotas donde no haya alcance de la señal de radio o telefonía celular).
- Letrero de identificación interna del vehículo liviano.
- Balizas estroboscópicas.
- Pértiga (sólo para los vehículos que transiten en las operaciones mineras a tajo abierto)
- Se recomienda contar con alarmas sonoras por exceso de velocidad.
- Los vehículos no excederán los cinco (05) años de antigüedad o más de ciento cincuenta mil (150 000) km de recorrido.
- Los vehículos no podrán sufrir alteración a su estructura original (no se permite los vehículos con el timón cambiado de posición, ni la modificación del número de asientos). Solo está permitido la instalación de los sistemas de protección contra volcaduras de acuerdo con las disposiciones establecidas por la Unidad Minera o Proyecto en los talleres autorizados.
- Todo vehículo liviano debe de contar con los documentos legales exigidos como placa de identificación oficial, tarjeta de propiedad, SOAT y Certificado de Inspección Técnica Vehicular, el cual tendrá una vigencia de 6 meses, dichos documentos deben estar en buen estado y vigentes (de acuerdo con las disposiciones legales).
- Todo vehículo liviano debe de contar con el cuaderno de registro de inspección de pre-uso, así como los registros de los mantenimientos preventivos.
- Todo vehículo liviano debe de contar con un seguro a todo riesgo de acuerdo con lo establecido por la Gerencia de Abastecimiento y Contratos.
- Las partes móviles de los vehículos o equipos como engranajes, piñones, cadenas, poleas, ejes de toma de contacto, álabes del ventilador y partes móviles similares que puedan causar lesiones, deberán estar protegidas por guardas o barreras.
- Se implementarán bermas o barreras de contención en las vías o caminos que se encuentren al borde de una pendiente suficientemente alta como para hacer que un vehículo o equipo se vuelque y ponga en peligro la vida de las personas.
- Las bermas pueden tener aberturas, de ser necesario; para el drenaje de las vías o caminos.
- Cuando las vías o caminos se utilicen con poca frecuencia o sólo se utilizan por los vehículos de servicio o mantenimiento, no será necesario la instalación de bermas o barreras de contención siempre y cuando se establezcan otras medidas de control.
- El nivel mínimo aceptable de la profundidad en las cocadas de las llantas en los vehículos es de tres (03) mm.
- REGISTROS
Formatos y registros CHECK LIST PRE uso de camionetas
- PELIGROS Y RIESGOS ASOCIADOS A LA SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE
Los peligros, riesgos y consecuencias relacionadas a los vehículos livianos son: fallas mecánicas, transitar en vías no autorizadas, conducir a excesiva velocidad, usar un vehículo no autorizado, falta de experiencia al conducir, conducir bajo los efectos de alcohol o drogas, uso de teléfono celular durante la conducción, conducir bajo los efectos de la fatiga o somnolencia, entre otros, los que ocasionan volcaduras, colisiones con otros vehículos, colisiones o atropellos, contaminación de áreas por derrames dentro o fuera de la Unidad Minera o Proyecto, pérdidas materiales y potencial de una o más fatalidades.
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