Actividad 2 Para los grupos 6111 A y 6111 B5, Tecnólogos en Gestión de Servicios Gastronómicos
Enviado por Madeley Marin • 21 de Mayo de 2019 • Tarea • 2.475 Palabras (10 Páginas) • 172 Visitas
Actividad 2 Para los grupos 6111 A y 6111 B5, Tecnólogos en Gestión de Servicios Gastronómicos.
Plazo: este trabajo debe estar desarrollado HASTA el 18 de mayo de 2019 a las 05:00 p.m (17:00) horas de la fecha citada.
Objetivo: generar capacidades en los estudiantes que identifiquen y diferencien los derechos fundamentales de los Colectivos y el mecanismo idóneo para hacerlos efectivos.
Acción que se debe desarrollar:
Analice si en la problemática planteada procede alguna de las acciones desarrolladas en el curso como mecanismo de protección y para lo cual se debe identificar cual es la acción, las Partes (accionante o Tutelante y accionado o tutelado; Derechos Vulnerados; hechos (lo que se ha desarrollado temporo espacial), Estrategias Desarrolladas, se refiere al que se ha hecho para suplir la necesidad “Creatividad”; Juez Competente (en caso de operar alguna acción quien es el juez que conoce de esta Acción; Requisitos en este caso del mecanismo identificado; que términos tiene el Juez para resolver y que recursos caben al fallo proferido; requisitos formales, Dirección de las partes; y cuáles son los artículos que se vulneran o violan; Sentencia (que diría la sentencia en caso de ser amparado el derecho); y por ultimo sino se cumple lo solicitado que se puede hacer.
Caso 1. En 2019, debido al daño presentado en hidroituango y la reducción en la subienda piscícola del Río Cauca un grupo de quince ribereños requieren iniciar acciones para proteger sus derechos, para lo cual solicitan una asesoría para saber a quién reclamar los perjuicios ocasionados y el reconocimiento del daño ocasionado, el COLMAYOR interviene en la Acción porque tiene una Institución Educativa en la zona de influencia y debido al riesgo de siniestro la Institución fue cerrada, lo que ha generado una serie de perdidas económicas a la Institución; igualmente el ICBF debio cerrar una serie de casas de paso para niños y niñas que habitaban en las riberas del rio cauca.
Problemática | Crisis social, ambiental y económica en el proyecto energético hidroituango |
Partes | Demandados: Hidroituango epm involucra también a la Nación a través de los ministerios de Medio Ambiente, Minas y Energía, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla), Empresas Públicas de Medellín (EPM), Departamento de Antioquia, Corporación Autónoma Regional de Antioquia, e Instituto Para el Desarrollo de Antioquia (Idea) Demandantes: familias, COLMAYOR, ICBF y JAL |
Derechos vulnerados |
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Hechos | · 1. Se solicita la protección de los derechos fundamentales de sus hijos cuando consideren que están siendo vulnerados por actuaciones de terceros. Y se consideran que una actuación genera una amenaza o vulneración a los derechos fundamentales de sus hijos. Por el cierre de centro educativo colmayor y Icbf · 2. por los daños causados a pescadores y otros pobladores que derivan su sustento del río · 3. por daño del medio ambiente, dignificaciones y mal uso de recursos públicos y naturales |
Estrategias desarrolladas |
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Juez Competente |
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Requisitos |
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Términos para resolver | se debe efectuar dentro del término de diez días |
juramento | Manifestó, bajo gravedad de juramento, que no he presentado otra solicitud sobre los mismos hechos y derechos |
Dirección de las partes | Hidroituango epm: cr 50 32 12 contra el proyecto, sino que involucra también a la Nación a través de los ministerios de Medio Ambiente, Minas y Energía, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla), Empresas Públicas de Medellín (EPM), Departamento de Antioquia, Corporación Autónoma Regional de Antioquia, e Instituto Para el Desarrollo de Antioquia (Idea) COLMAYOR: Robledo tv 78 # 65 – 46 ICBF: parque Berrio CL 65 # 31 12 JAL: Ituango – Antioquia |
Fundamentos Jurídicos (es decir artículos que protegen los derechos vulnerados) | Derechos colectivos y del ambiente: Artículo 78,79, 80 y 82Articulo 3, 25 y 79 constitución política de C. |
Fallo o sentencia | En la revisión de las siguientes decisiones judiciales: (i) la providencia del 01 de enero de 2019 proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal contra Hidroituango epm e involucra también a la Nación a través de los ministerios de Medio Ambiente, Minas y Energía, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla), Empresas Públicas de Medellín (EPM), Departamento de Antioquia, Corporación Autónoma Regional de Antioquia, e Instituto Para el Desarrollo de Antioquia (Idea) Mediante auto del 14 de marzo de 2019, la Sala Número Seis de Selección de Tutelas de esta Corporación escogió el expediente T-6.791.670 para su revisión y lo asignó a la Magistrada Ponente para su sustanciación dispuso su acumulación al expediente T-6.791.670, por presentar unidad de materia |
Desacato | instaurada contra Hidroituango EPM e involucra también a la Nación a través de los ministerios de Medio Ambiente, Minas y Energía, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla), Empresas Públicas de Medellín (EPM), Departamento de Antioquia, Corporación Autónoma Regional de Antioquia, e Instituto Para el Desarrollo de Antioquia (Idea) manifiesto a su despacho que por medio del presente escrito interpongo incidente de desacato contra el accionado habida consideración de los siguientes hechos: PRETENSIONES INICIALES POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA TUTELA HASTA LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE ESTE INCIDENTE |
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