CONSERJERÍA, CONTROL DE ACCESO Y EMERGENCIAS
Enviado por AngelaTorres0206 • 3 de Septiembre de 2017 • Documentos de Investigación • 1.990 Palabras (8 Páginas) • 154 Visitas
PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO |
CONDOMINIO : CONDOMINIO CASPANA SM7 DIRECCIÓN : AVDA.LOS CONQUISTADORES 13960, ANTOFAGASTA TRABAJO : CONSERJERÍA, CONTROL DE ACCESO Y EMERGENCIAS |
CODIGO: CASP/PTS/01
NOMBRE | FIRMA | FECHA | REV. | FECHA REVISION | |
Aprobado Por | Margarita Contreras C. Administradora | 00 | |||
Revisado Por | Darko López Caro Prevencionista de Riesgos | ||||
Realizado Por | Cindy Castillo M. Presidenta Condominio | ||||
PROPÓSITO: El propósito de este procedimiento es analizar cautelosamente la tarea o actividad de CONSERJERÍA, CONTROL DE ACCESO Y EMERGENCIAS, controlando sus riesgos asociados. |
TABLA DE CONTENIDOS |
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Bitácora de Modificaciones del Documento | |||
MODIFICACIÓN Nº | FECHA DE MODIFICACIÓN | Nº DE VERSIÓN MODIFICADA | DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN |
1. OBJETIVO |
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2. ALCANCE |
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3. DEFINICIONES |
E.P.P.: Equipo de Protección Personal Condición Sub-estándar: Condición con el potencial de ocasionar un accidente o evento no deseado. |
4. RESPONSABILIDADES. |
Establecer planes de Trabajo del procedimiento a los Conserjes y personal de Aseo
Someterse a evaluación y entendimiento de los procedimientos. |
5. PROCEDIMIENTO |
5.1.- Charla de Seguridad
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5.2. Inspeccionar el lugar de trabajo
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5.3. Descripción del Trabajo: 5.3.1.- Al realizar ingreso de Conserje deberá recibir las novedades del turno saliente, para lo cual, deberá realizar una revisión del libro de actas y de control de acceso de personas. 5.3.2.- Deberá cumplir con la revisión de los dispositivos de seguridad y accesorios descritos en el punto 5.2. 5.3.3.- Antes de comenzar a trabajar deberá equiparse con su equipo de protección personal designado por el condominio Caspana. 5.3.4.- Para el control de acceso de personas ajenas al Condominio deberá cumplir con lo siguiente:
5.4.- Finalización del trabajo.
5.5. RESPUESTAS ANTE EMERGENCIA:
a) No llegar atrasado al inicio de la jornada de trabajo. b) Permitir el ingreso de extraños no autorizados por el empleador a la caseta y al condominio Caspana. c) Ingresar, consumir o estar bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas durante la jornada de trabajo. d) Dormir en su lugar de trabajo, esto será considerado una Falta Grave, se estimara como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, pudiendo el empleador, poner término a este de inmediato y sin indemnización alguna.
a) Obedecer en forma fiel y oportuna las órdenes e instrucciones escritas o verbales que emanen de su jefatura. b) Trabajar en forma exclusiva para el condominio, no pudiendo desempeñar ninguna actividad lucrativa dentro del giro. c) Observar orden, disciplina y respeto a sus superiores jerárquicos, compañeros de trabajo, clientes del condominio y copropietarios. d) Desarrollar su trabajo con el debido cuidado, evitando comprometer la seguridad, salud y el Medio Ambiente. e) Desarrollar su trabajo de forma diligente, responsable y segura manteniendo en general una conducta que no afecte la seguridad e integridad propia y de terceros, como asimismo la de los bienes del condominio. f) Colocar al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, de manera exclusiva, en el desempeño de las funciones propias del cargo contratado y en las labores conexas y complementarias del mismo, en consideración con las órdenes e instrucciones que le imparta al empleador y el Administrador. g) Laborar buen trato y compostura con las personas residentes y quienes les visiten, sin perjuicio del cumplimiento de sus funciones de rondín y conserje. h) Guardar buen trato y compostura con las personas residentes y quienes les visiten, sin perjuicio del cumplimiento de sus funciones de rondín y conserje. i) Evitar dar acceso a la caseta de la guardia a personas que no sean trabajadores contratados por el comité de administración, a menos que exista una instrucción expresa de la Directiva y Administradora o razones fundadas para esto; y j) Abstenerse de participar en reuniones o conversaciones con personas residentes del condominio en asuntos que no estén estrictamente relacionados con las funciones contratadas, sea en la vía publica o en las residencias particulares de los mismos. k) No dormir en su lugar de trabajo. l) No Ingresar bajo la influencia de alcohol y drogas. m) Someterse a controles de Consumo de alcohol “Alcohotest” cada vez que la Administración del condómino Caspana lo requiera. La infracción o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones antes mencionadas, se estimara como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, pudiendo el Empleador, poner término a este de inmediato y sin indemnización alguna. NOTA: Al término de la jornada se deberá hacer una limpieza y ordenamiento del lugar para entregarlo en buenas condiciones al turno entrante. |
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