Cuadro seguimiento de una queja CNDH
Enviado por Shmaeck Tamayo • 21 de Abril de 2023 • Tarea • 530 Palabras (3 Páginas) • 124 Visitas
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Ciudad de México, a 17 de marzo de 2023
CNDH dirige recomendación al ISSSTE por inadecuada atención médica en agravio de una mujer en la Clínica de Especialidades Leonardo y Nicolás Bravo, CDMX, Zona Oriente
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 22/386, al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), FELIPE EFREN DE JESUS VIVAS ANDRADE, por la inadecuada atención médica que recibió una mujer en la Clínica de Especialidades Leonardo y Nicolás Bravo, CDMX, zona Oriente, lo que derivó una negligencia médica por traumatismo y incapacidad de movilidad en el brazo izquierdo.
La víctima acudió al área de Ortopedia de ese hospital, al presentar traumatismo en el brazo izquierdo ocasionado por una caída en su trabajo, (riesgo de trabajo) se le solicito asistencia especializada ya que aún no tenía la movilidad y tiene dolor al mover el brazo, junto con una fisura en el hueso Humero de lado izquierdo, la deficiente atención médica que recibió, aunado a que no se le realizó el tratamiento ni las radiografías pertinentes que se le debió realizar inmediatamente, para una oportuna operación o un tratamiento para su mejora,
Esta Comisión Nacional contó con elementos que permitieron evidenciar violaciones a los derechos humanos a la salud y a la vida, por negligencia médica, así como a la información en materia de salud, al advertirse que personal del ISSTE omitió brindar el tratamiento médico oportuno de terapias para su recuperación, estudios para la verificación de su estado (radiografías y ultrasonido en el área afectada) o realizar los trámites para transferirla a otra institución u hospital para su debida atención.
Los servidores públicos del ISSSTE tampoco realizaron una valoración integral y exhaustiva en su calidad de persona con insuficiencia renal crónica, lo que era un factor de riesgo que, a la postre, repercutió en la imposibilidad de identificar y atender oportunamente las manifestaciones clínicas que presentó la agraviada, lo que derivó en el deterioro de su estado de salud, incurriendo también en responsabilidad institucional.
Por lo anterior, este Organismo Autónomo solicitó al Director General del ISSTE coordinarse con la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) para reparar integralmente los daños causados a la quejosa
Colaborar con la CNDH en el seguimiento del expediente de investigación radicado en el Órgano Interno de Control del ISSTE.
También le solicitó capacitar a todo el personal médico de la Clínica de Especialidades Leonardo y Nicolás Bravo, en materia de derechos humanos, considerando los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho a la protección a la salud, la debida observancia y contenido de las Normas Oficiales Mexicanas citadas en esta Recomendación; emitir una circular dirigida al personal de las unidades médicas del IMSS en el Estado de México, que contenga las medidas pertinentes de prevención y supervisión, para garantizar que los expedientes clínicos que se generen se encuentren debidamente integrados, conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional.
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