MPARCIALIDAD
Enviado por yari herrera • 11 de Agosto de 2012 • Informe • 270 Palabras (2 Páginas) • 296 Visitas
MPARCIALIDAD. CONTENIDO DEL PRINCIPIO PREVISTO EN EL
ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL. El principio de imparcialidad que
consagra el artículo 17 constitucional, es una condición esencial que
debe revestir a los juzgadores que tienen a su cargo el ejercicio de la
función jurisdiccional, la cual consiste en el deber que tienen de ser
ajenos o extraños a los intereses de las partes en controversia y de
dirigir y resolver el juicio sin favorecer indebidamente a ninguna de
ellas. Así, el referido principio debe entenderse en dos dimensiones: a)
la subjetiva, que es la relativa a las condiciones personales del
juzgador, misma que en buena medida se traduce en los impedimentos
que pudieran existir en los negocios de que conozca, y b) la objetiva,
que se refiere a las condiciones normativas respecto de las cuales debe
resolver el juzgador, es decir, los presupuestos de ley que deben ser
aplicados por el juez al analizar un caso y resolverlo en un determinado
sentido. Por lo tanto, si por un lado, la norma reclamada no prevé
ningún supuesto que imponga al juzgador una condición personal que
le obligue a fallar en un determinado sentido, y por el otro, tampoco se
le impone ninguna obligación para que el juzgador actúe en un
determinado sentido a partir de lo resuelto en una diversa resolución, es
claro que no se atenta contra el contenido de las dos dimensiones que
integran el principio de imparcialidad garantizado en la Constitución
Federal.
Amparo directo en revisión 944/2005. **********. 13 de julio de 2005.
Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo.
Ponente: Olga Sánchez Cordero d
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