Prevención De Riesgos
Enviado por vv4141 • 20 de Noviembre de 2013 • 1.321 Palabras (6 Páginas) • 695 Visitas
Introducción
En cumplimiento a lo ordenado por el profesor de la asignatura Fundamentos de la Prevención de Riesgos, en adelante se procederá a dar respuesta a lo solicitado y que tiene relación con la materia aparecida en el contenido de la Semana 3, que dice:
1.- Una empresa metalmecánica posee 120 trabajadores en planta ubicada en el sector de
Melipilla. Esta empresa tiene un elevado nivel de riesgos por las actividades que efectúa, por lo
tanto se hace obligatorio por parte de la empresa que cumpla lo estipulado por ley en temas
de seguridad.
Usted como entendido en el tema, explíquele a la empresa qué organismos debe constituir y
cuáles serían las funciones que éstos deben realizar para poder identificar y controlar los
riesgos a los que se exponen los trabajadores.
Desarrollo
La Seguridad en la Empresa
Una empresa metalmecánica posee 120 trabajadores en planta ubicada en el sector de
Melipilla. Esta empresa tiene un elevado nivel de riesgos por las actividades que efectúa, por lo tanto se hace obligatorio por parte de la empresa que cumpla lo estipulado por ley en temas de seguridad.
Usted como entendido en el tema, explíquele a la empresa qué organismos debe constituir y
cuáles serían las funciones que éstos deben realizar para poder identificar y controlar los
riesgos a los que se exponen los trabajadores.
En una próxima reunión con la máxima jerarquía de la empresa, como conocedor del tema en seguridad y prevención de riesgos laborales, relataré la obligatoriedad (normas) y la conveniencia de crear los organismos que se encarguen de identificar y controlar los riesgos en la empresa ya que afecta a todos los trabajadores de la organización y la organización misma.
Primeramente tenemos que aceptar que con la cantidad de 120 funcionarios la ley 16.744, que habla y establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, obliga a constituir en las empresas con más de 100 trabajadores, un Departamento de Prevención de Riesgos y/o Comité Paritario que se encargue de la seguridad y prevención de riesgos. Este Departamento de Prevención de Riesgos debe estar a cargo de un experto en Prevención de Riesgos Laborales que por derecho propio es parte integrante del Comité Paritario, y el Comité Paritario constituido como indica la norma, conformado por representantes de la empresa y los trabajadores con iguales atribuciones. Según el artículo 66 de esta ley, “las empresas están obligadas a adoptar y poner en práctica las medidas de prevención que les indique el Departamento de Prevención y/o el Comité Paritario, pero podrán apelar, ante el respectivo organismo administrador.” Las empresas que contravengan las disposiciones de la ley 16.744 que regula sobre este tema, será sancionada por el órgano administrador.
Como la empresa metalmecánica ubicada en el sector de Milipilla, que cuenta con 120 trabajadores en su plantilla, está considerada en el Decreto Supremo Nº 54, artículo 24, que instruye lo siguiente:
“Organismo interempresariale bipartito (conformados por representantes de la empresa y de los trabajadores con iguales atribuciones), que vela por el cumplimiento de las normas de seguridad en toda industria o faena en que trabajen más de 25 personas. Dependiendo de la cantidad de trabajadores que se desempeñen, deberán funcionar uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, que tendrán las siguientes funciones mencionadas en el Decreto Supremo Nº 54, Artículo 24”:
A- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización
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