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Enviado por   •  9 de Marzo de 2015  •  7.647 Palabras (31 Páginas)  •  164 Visitas

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DERERCHO MARITIMO

1- Derecho Marítimo: Es la rama de las ciencias jurídicas en la cual se estudian todos los hechos y las relaciones jurídicas que se surgen del hecho técnico y económico de la navegación por agua.-

2- El buque: Es una construcción flotante que permite el transporte de personas y cargas por agua.-

3-Documentos para la navegación

a- Diario de navegación

b –Bitácora

c-Libro inventario

d- Libro de rol

4-Formas de identificación del buque

a- Matricula

b-El Pabellón

c-Registro de la prefectura naval de puertos.

d- Marca y modelo, número de serie de la embarcación.-

5- Propiedad del buque

a- Propietario: Es el titular del dominio de un buque. Prescindiendo de que sea o no el armador.

b- Co-propietario: Cuando la titularidad de su dominio corresponde a dos o más personas estas pueden ceder, vender, hipotecar sus partes indivisas.-

6- Modos de adquisición del buque

a- Como cosa:

-Compraventa

-Donación

-Legado

-Permuta

-Sucesión

7- Publicidad naval: Parte esencial de los Derechos Reales para que los terceros se enteren oficialmente de la constitución o trasferencia de buques.-

8- Registro de Buques: Art. 335: En el registro de buques se inscribirán previo registro en la Prefectura General de Puertos. Las embarcaciones de Ultramar, de Cabotaje mayor, medio y menor con excepción de las embarcaciones de cabotaje menor cuya anotación será facultativa de parte del propietario.

9- Requisitos para la inscripción en la dirección general de registros públicos:

a- Escritura pública en la que consta el número de matrícula otorgado por la prefectura naval de puertos.

b- Tonelaje

c- Arqueo Bruto

d-La marca y modelo

d- Número de serie de la embarcación.-

10- Angaria: Facultad de requisar los buques y bienes de países neutrales hallados dentro del territorio de un estado beligerante que se necesita con urgencia.-

11- Embargo de buques: Es la medida precautoria que se decreta judicialmente sobre un buque, ha pedido de un acreedor que sea garantizado su crédito.-

12- Interdicción de navegar: Medida cautelar con el que se evita que el buque se sustraiga de la jurisdicción del tribunal que decreta el embargo y el eventual perjuicio por accidentes en la navegación.-

13- Créditos considerados en el embargo de buques:

a- Créditos emergentes del abordaje y otros accidentes

b- Emergente de un servicio de asistencia

c- Emergente de un contrato de compra-venta

d- Por daños y perjuicios causados por el buque

e- Créditos por suministros

14- Inembargabilidad:

a- Absoluta:

- Buques de guerra, nacionales o extranjeros, buques afectados al servicio público.

b- Relativas:

- Buques cargados y listos para zarpar (Salvo que la deuda haya sido contraída para recargar o aprovisionar el buque para ese viaje)

- En alta mar, en viaje o en puerto de arribada.-

15- Armamento: Conjunto de operaciones para limpiar, preparar, equipar, y aprovisionar el buque de todo lo necesario para la navegación

16- Propietario: Titular de dominio de un buque, persona física o jurídica imbuida del animus domini.-

17- Armador: Persona física o jurídica, titular de la navegación del buque, el que lo explota comercialmente, el que hace navegar por cuenta y propios riesgos. Debe ser capaz de cumplir con los requisitos para ejercer el comercio.-

18- Estado Armador: Estado y sus instituciones autárquicas como armadores “En Paraguay la Flota Mercante del Estado”(Se privatizo en 1973)

19- Propietario Armador: Propietario que hace navegar y explota comercialmente el buque.-

20- Propietario No Armador: Tiene la titularidad del uso comercial del buque. Con derecho a designar Capitán.-

21- La coparticipación naval: Derecho de propiedad de dos o varias personas.-

22- El Armador/Gerente: Es la persona designada por mayoría de votos de los coparticipes para desempeñarse como tal. Representante judicial y extrajudicialmente a la sociedad.-

23- Funciones del Armador:

a- Mantener en buen estado de conservación sus embarcaciones a los efectos de la seguridad y disponer a bordo de los elementos en casos de siniestro de acuerdo a las reglamentaciones respectivas.-

b- Dotar a sus embarcaciones de las comodidades necesarias para los pasajeros y a las que correspondan por categoría para la tripulación y a los pasajeros.-

c- Dotar a las embarcaciones de un botiquín con elementos sanitarios suficientes para brindar a la tripulación y a los pasajeros atención médica de primeros auxilios.-

d- Proveer uniformes y equipos de trabajo para lluvia a la tripulación conforme a las reglamentaciones pertinentes a la Marina Mercante Nacional.-

e- Indemnizar a la tripulación por la pérdida de sus efectos personales en caso de naufragio o siniestro.-

24- Responsabilidad Naval:

a- Directa: Cuando el hecho que la genera fue producido por el principal. (Armador o Propietario).-

b- Indirecta: Cuando el hecho que la genera proviene del Capitán y su tripulación.-

c- Del Propietario No Armador: Existe responsabilidad en su carácter de titular de la cosa, frente a todos los créditos privilegiados sobre el buque.-

d- Del armador No Propietario.

25- Ley aplicable y tribunal competente en materia abordajes.

La ley del Estado, en cuyas aguas hubiera producido el hecho y debe someterse a la jurisdicción de sus tribunales.-

En aguas no jurisdiccionales entre buques de un mismo pabellón se aplica su ley.-

Entre buques de distintas nacionalidades, cada buque queda obligado en los términos de la ley de sus país de matrícula.-

26- Instituciones de auxilio Fluvio Marítimo.-

a- Asistencia: Es un auxilio prestado por un buque a otro en circunstancias de peligro para complementar los esfuerzos de los tripulantes del buque en peligro a fin de disminuir las consecuencias.-

b- Salvamento: Es el auxilio prestado por un buque a otro cuando el peligro ya se ha materializado, incluye el rescate de cargas o efectos del buque.-

27- Presupuestos: para configurarse las instituciones de asistencia y salvamento deben concurrir los siguientes presupuestos.

a- Peligro

b- Servicio voluntario

c- Resultado útil

d- Conformidad del capitán del buque auxiliado.

28- Salarios: El buque que realizo la asistencia o salvamento a otro, tiene derecho a percibir un salario según el caso. El salario es debido al armador o propietario del buque asistido

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