Una firma personal
Enviado por Tati92s • 18 de Noviembre de 2013 • 427 Palabras (2 Páginas) • 298 Visitas
Una firma personal
es un documento donde te declaras comerciante ante el registrador mercantil y eso te da derecho a usar un nombre comercial y a asumir las funciones que cumpliría cualquier empresa o sociedad mercantil, con las limitaciones que tu eres el/la unico/a socio/a te da derecho a utilizar facturación con todas las de la ley. Sin embargo tiene ciertas desventajas, por ejemplo en caso de litigio respondes con tus bienes personales, a diferencia de una compañia anónima (C.A.), donde en ese caso se responde solo con lo que esté a nombre de la empresa, hay otras desventajas a la hora de que tu negocio esté creciendo y necesites asociarte, y a la hora de solicitar créditos bancarios siempre es mejor reconocida una SA o CA que viene siendo lo mismo.
Cualquier persona natural que ejerza la actividad comercial por sí sola, que no tenga asociado alguno, se identifica según el Código de Comercio vigente, con su firma personal, llamada también por la doctrina y la legislación como “firma comercial” .
La firma personal es el nombre con el que el comerciante individual (persona natural) ejerce el comercio (actos objetivos del comercio) con el que asume las obligaciones que le son propias, respondiendo a dichas obligaciones con su patrimonio individual habido o por haber.
Los comerciantes individuales deben usar sus propios nombres en las relaciones nacidas de la actividad mercantil, y ese nombre constituye un elemento valorizante del fondo de comercio.
El comerciante individual (persona natural), según lo previsto en el artículo 17 del Código de Comercio Venezolano en concordancia con lo previsto en el artículo 19 numeral octavo eiusdem, está obligado legalmente a inscribir en la correspondiente oficina de Registro Mercantil el documento en el cual manifiesta su voluntad de constituir una “firma personal”, para organizarse como tal comerciante profesional, pero tal inscripción no le otorga a dicha firma o razón de comercio una personalidad jurídica distinta a la de su dueño.
En consecuencia la figura del “comerciante individual (persona natural)”, o (empresario), y “firma personal” o como se le quiera llamar, no constituyen personas jurídicas independientes y autónomas la una de la otra, como si ocurre con las sociedades mercantiles (Compañías Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada o Compañías en Comandita) que según el artículo 201 del Código de Comercio., constituye personas jurídicas distintas de la de los socios o accionistas tanto lo contrario en la “firma personal”.
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REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL
• Solicitud de la “búsqueda de nombre” (art.26 y 28 del código de comercio)
• Pago de “reserva del nombre” (02) U.T • Documento constituido visado por el
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