2do Parcial – Apuntes de Fundamentos del Derecho
Enviado por Camila Barragán • 14 de Septiembre de 2017 • Apuntes • 3.506 Palabras (15 Páginas) • 334 Visitas
Contenido:
2do Parcial – Apuntes de Fundamentos del Derecho 2
La costumbre como fuente de Derecho 2
Elementos de la costumbre 3
Clasificación de la costumbre 3
Civil Law y Common Law 5
Civil law (ley civil o derecho civil) 5
Common law (ley común o derecho común) 5
Similitudes y diferencias 7
2do Parcial – Apuntes de Fundamentos del Derecho[pic 1]
La costumbre como fuente de Derecho
Para que la costumbre sea fuente de derecho debe constar de actos repetidos que se den de forma:
- Uniforme
- Constante
- General
Por los miembros de una comunidad específica.
La DOCTRINA distingue entre | |
Costumbre | Usos Sociales |
|
|
- La ley recoge la costumbre, le da firmeza y obligatoriedad.
- Para que la costumbre llegue a ser ley debe haber convicción por parte de la sociedad de que los actos que realiza tienen fuerza obligatoria. [pic 2][pic 3][pic 4]
Elementos de la costumbre | |
Material u objetivo | Interno o subjetivo |
Está constituido por los actos realizados de forma: repetida, uniforme, constante y general de los individuos de una comunidad. | Se refiere a la convicción de ese pueblo a realizar dichos actos y que estos actos (consideran que) deben ser realizados de forma obligatoria.
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Clasificación de la costumbre // conforme a: | ||||||
Su TERRITORIO | PAÍS | LEY | ||||
General | Local | Nacional | Extranjera | Contra Legem | Secundum Legem | Praeter Legem |
La costumbre es general cuando abarca todo el territorio de un estado. | La costumbre es local cuando abarca una determinada región. | Impera (predomina, manda) sobre un determinado país | Impera sobre otro país. | Impone una conducta distinta a la establecida en la ley. | Cuando la ley reconoce a la costumbre y la eleva a la categoría de norma jurídica. | La costumbre llamada a regir sobre un asunto el cual no hay una ley rigiéndolo. |
La costumbre empieza a adquirir importancia cuando la ley la reconoce y por lo tanto, le da fuerza obligatoria. |
Código Civil:
- Art. 2.- La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella.
Exp: la misma ley reconoce a la costumbre como los actos que se tienen que realizar en algunas situaciones jurídicas.
- Art. 1211.- No se tendrá por donación sino lo que quede, deducido el gravamen pecuniario a que la asignación estuviere afecta. Ni se tomarán en cuenta los regalos moderados, autorizados por la costumbre en ciertos días y casos, ni los dones manuales de poco valor1.
Exp: 1Se le está dando la facultad a la persona que interpreta el artículo de poder revisar cuales son los usos de la costumbre para regular esa situación jurídica específica.
- Art. 1562.- Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obligan, no sólo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que, por la ley o la costumbre, pertenecen a ella.
Exp: los contratos son ley para las partes. El artículo regula a los contratos. Obliga a las partes NO SOLO con lo que está establecido en el contrato (cláusulas expresas), además los obliga todo lo que emana de la naturaleza de las obligaciones que se contraen en el contrato, la ley y la costumbre. Cuando el contrato y la ley no regulen ciertas cosas, las partes se ven obligadas cuando esas ciertas cosas son costumbre. (Son hechas siempre de la misma forma). La misma ley los está remitiendo a la costumbre en este caso.
Civil Law y Common Law
Civil law (ley civil o derecho civil)
Es entendido como el sistema romano-germánico que tiene por base la ley. Lo ejercen países como España, Italia, Portugal, Alemania, Argentina, Perú, Colombia, Brasil, Chile y México.
- Principales Fuentes:
- La constitución
- La ley
- Jurisprudencia
- Costumbre
- Acto jurídico
- Principios generales del derecho
- La doctrina
Historia:
El sistema romano- germánico nace en las universidades italianas, especialmente en la de Bolonia cuando a finales del siglo XI es redescubierto el derecho justinianeo, iniciándose así en Europa occidental su estudio e interpretación. Sistema jurídico derivado del pensamiento de ilustración. Los romanos tienen un gran lugar en este derecho, puesto que su influencia con la compilación de Justiniano (iuris civil), es crucial para determinar éste sistema. El derecho germánico, toma gran parte también debido a la invasión en Europa por los pueblos bárbaros.
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