ACTO ADMINISTRATIVO N° 473 FUNDACIÓN PARA EL EMPLEO Y LA PROSPERIDAD
Enviado por Raul Vergel • 26 de Febrero de 2016 • Síntesis • 978 Palabras (4 Páginas) • 141 Visitas
ACTO ADMINISTRATIVO N° 473
FUNDACIÓN PARA EL EMPLEO Y LA PROSPERIDAD
PRO-HUMANOS
Considerando que su planta de personal no es la suficiente para la ejecución de proyectos a nivel nacional y dando prioridad a los habitantes de los territorio en los cuales se desarrollaran las iniciativas y procesos para la consecución de las metas corporativas y la misión declara la apertura del concurso de méritos para ocupar las vacante abiertas para el programa LABORATORIOS DE PAZ Y CONNIVENCIA en el departamento de QUINDÍO.
Artículo 1: CONVOCATORIA: convoca a concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva y por un periodo de 2 años 350 vacantes de empleo denominados (profesionales, técnicos y asistenciales) pertenecientes a la planta global del personal de Pro-humanos, proceso que se identificará cómo “convocatoria 473 de 2016”.
Artículo 2. ENTIDAD RESPONSABLE. El concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva y por un periodo de 2 años 350 vacantes de empleo denominados (profesionales, técnicos y asistenciales) estará bajo la responsabilidad del departamento de talento humano de FUNDACIÓN PARA EL EMPLEO Y LA PROSPERIDAD PRO-HUMANOS
Artículo 3: estructura del proceso. El concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva y por un periodo de 2 años 350 vacantes de empleo denominados (profesionales, técnicos y asistenciales) tendrá las siguientes fases:
- Convocatoria y divulgación.
- Inscripciones.
- Verificación de requisitos mínimos
- Fase 1 pruebas de conocimiento.
- Pruebas psicotécnicas
- Pruebas de área
- Pruebas gráficas.
- Fase 2 pruebas de competencias.
- Fase 3 análisis de antecedentes.
- Publicación de resultados
Artículo 4: principios orientadores del proceso. Las diferentes etapas del proceso estarán sujetas a los principios de mérito, libre concurrencia e igualdad en el ingreso, publicidad, transparencia, especialización de los organismos técnicos encargados de ejecutar el proceso de selección, imparcialidad, confiabilidad y validez de los instrumentos eficiencia y eficacia.
Artículo 5. Costo que debe asumir el aspirante. El aspirante que desee participar en la convocatoria 473 deberá asumir la adquisición del número de identificación personal PIN que estará valorado en treinta mil pesos moneda colombiana ($30.000) y su recaudo se hará a través de la página de la fundación.
Artículo 6. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN. Para la participación en esta convocatoria se requiere:
- Tener más de 18 años de edad y menos de 65
- Cumplir con los requisitos mínimos de empleo para las diferentes denominaciones
- Acreditar la titulación en cada una de las áreas de formación que dice tener el aspirante.
- No encontrarse inscrito en otra convocatoria del mismo carácter o ser parte del mismo proyecto en otro departamento.
- Aceptar en su totalidad las reglas establecidas en las normas legales reglamentarias vigentes.
- No tener inhabilidad por juez o por junta médica.
- Las demás establecidas en las normas legales y reglamentarias vigentes.
Parágrafo. El trámite y cumplimiento de las disposiciones previstas en esta normatividad será responsabilidad exclusiva del aspirante.
Artículo 7. Causales de exclusión de la convocatoria. Son causales de exclusión de la convocatoria las siguientes.
- No cumplir con los requisitos mínimos para el empleo denominado profesional técnico y asistencial.
- No entregar en las fechas establecidas por la fundación los documentos, soportes para la verificación de requisitos mínimos, entregados incompletos, entregarlos extemporáneamente o presentar documentos ilegibles.
- Aportar documentos falsos o adulterados
- No superar las pruebas del concurso
- Obtener concepto no apto en pruebas psicotécnicas.
- No presentarse a cualquier entrevista que allá sido citado por la fundación Pro-Humanos.
- Ser suplantado por otra persona para la presentación de las pruebas previstas en el concurso.
- Realizar acciones para cometer fraude en el concurso.
- No pagar en oportunidad los costos fijados por el aspirante.
- Negarse a cumplir con la toma o envió de fotografías en la hoja de vida.
- Negarse a la entrevista personal.
- No ser citado para la siguiente etapa del concurso.
- No superar los puntajes mínimos en las pruebas de selección.
- Negarse a la realización de confirmación de experiencia o documentación.
- Encontrase con sanción firme y vigente que le impida ejercer el empleo.
- Encontrarse incurso en el régimen de inhabilidades para ser nombrado en el empleo.
Parágrafo. Las anteriores causales de exclusión serán aplicadas al aspirante, en cualquier momento de la convocatoria, cuando se compruebe su ocurrencia, previo al debido proceso y sin prejuicio de las acciones judiciales y/o administrativas a que haya lugar.
Artículo 8. Generalidades del empleo. La oferta pública de empleo 473 correspondiente a la presente convocatoria es la siguiente.
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