ADMINISTRACIONES PUBLICAS COOPERATIVAS
Enviado por EACT18 • 4 de Octubre de 2015 • Resumen • 345 Palabras (2 Páginas) • 199 Visitas
El presente resumen quiere tiene por objetivo dar razón del por qué debe esta figura asociativa (la administración pública cooperativa) fortalecerse en vez de acabarse.
La derogación del articulado de la ley 79 que trata sobre administraciones públicas cooperativas debido a que en dichas organizaciones se ha venido practicando ampliamente el flagelo de la corrupción y otros vicios que caracterizan a los entes públicos. Otras instancias relacionadas con las administraciones cooperativas son artículos 130 y 131 de la Ley 79/88 y en el Decreto 1482 de 1989, los cuales hablan de manera general de las atribuciones y características de este ente. El respaldo de dichas leyes se basa en que: las administraciones públicas cooperativas hacen parte integrante de la Doctrina de la Cooperación y de la experiencia cooperativa universal, han contribuido a desarrollar diferentes entes territoriales e instituciones públicas de variada condición, contribuyendo al desarrollo de las comunidades locales y el impulso de estas formas empresariales con el objeto de generar procesos de modernización estatal.
Lavergne decretó las características principales de estas empresas cooperativas por lo cual sobre esta base, en Europa y el mundo entero, se produjo un proceso de creación de administraciones públicas. En Colombia las primeras manifestaciones de este tipo de empresas se dieron en Antioquia mediante la Ordenanza No. 45 de 1939 por la cual se fundó la Cooperativa de Municipalidades de Antioquia. La experiencia se multiplicó y las cooperativas creadas bajo esta modalidad antes de la promulgación de la ley 79/88, desarrollaron labores de suma importancia cada una en el ámbito propio de sus actividades.
Muchos artículos de la Carta Magna colombiana verifican y conducen necesariamente a que se establezcan parámetros de eficiencia de los entes públicos con el propósito de hacer viable su razón de ser: el servicio a la Comunidad. Por esta razón, es improcedente que se eliminen las administraciones públicas cooperativas. Más bien, es necesario un mayor impulso en correspondencia con la realidad económica mundial, la tendencia descentralista y las formulaciones de una Constitución Política que se basa en el propósito de crear un Estado Social de Derecho.
...