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AMBITOS DE VALIDEZ DE LA LEY PENAL.


Enviado por   •  26 de Agosto de 2016  •  Ensayo  •  1.496 Palabras (6 Páginas)  •  4.634 Visitas

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AMBITOS DE VALIDEZ DE LA LEY PENAL

LIC. ARNOLDO JURADO MOTA

ALUMNO: RAMIRO MORENO CARRERA

ASIGNATURA: DERECHO PENAL l

28 DE MAYO DE 2016

Ámbitos de Validez de la Ley Penal.


El
 ámbito de validez de la ley penal determina los alcances y límites de la ley penal. encontramos el ámbito material que son las normas aplicables, el ámbito temporal que determina el momento y hasta cuando está vigente la norma, el ámbito espacial que determina en que demarcación geográfica o espacio tiene aplicación la norma y por último el ámbito personal que señala a quien o a quienes se aplica la norma.

En Teoría de la Ley Penal tenemos que ser minuciosos cuando se toca el tema de los ámbitos de validez de la ley penal y abarca 4 aspectos según autores Mexicanos; validez material, validez en el espacio, validez en el tiempo y validez personal, Petti solo toma tres aspectos de validez de la Ley reflexionando que son los lados que forman un triángulo cuadrilátero, con la conclusión de que el poder que ejerce la ley sobre la sociedad ha estado delimitado en cuanto aspectos temporales, espaciales y personales.
“Los preceptos jurídicos que regulan la validez espacial, temporal y personal no son Derecho Penal, sino Derecho de aplicación del Derecho Penal.”

-Validez Material de la Ley penal.

En nuestro país ya que estamos divididos por entidades federativas, podemos clasificar los delitos como delitos federales y los que no se encuentren con interés para toda la nación estarán reservados para los estados y se denominan delitos del orden común, y se encuentra claramente muestra de la división de la hemos hablado en el Art. 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados” aquí podemos encontrar el principio o fundamento de la división de competencia, por lo que podemos decir que existe una dualidad de competencia en nuestro país orden federal y orden común, cualquier ejercicio de facultades que violen los límites impuestos por la ley se concibe como un acto nulo.
El Art. 73 de la Constitución da las facultades al congreso de la unión para que ellos puedan definir los delitos y sus sanciones que serán de interés federal y confiere a la Legislaturas de los 31 entidades federativas expidan sus leyes generales y en esencia la penal debiendo respetar la Constitución.

-Validez Espacial de la Ley Penal.

La validez espacial es un tema que va de la mano con el Derecho Internacional Público y Privado, en este aspecto podemos decir que imperaran 4 principios fundamentales, principio de Territorialidad, personalidad o nacionalidad, real o de protección y principio de la comunidad de interés.
I. Principio de Territorial, se refiere al lugar donde ha sido expedida la Ley Penal.
“El territorio de un Estado es la porción del espacio dentro del cual ejerce los propios derechos de soberanía: comprendiéndose dentro de los límites de sus fronteras. Así como la zona de mar que bañe la costa y que se denomina mar territorial, mar litoral o mar costero.”

II. Principio de personalidad, se refiere a la aplicación de la Ley Penal la cual persiguiera al delincuente que tenga la nacionalidad Mexicana donde quiere que se encuentre.
III. Principio real o de participación, es entendido como aquella potestad que tiene el estado para perseguir delitos que afecten a la nación en concreto, los cuales podrán ser perseguidos dentro del territorio o fuera del territorio nacional.
IV. Principio Universal, se refiere a que en donde se realiza la comisión de un delito, en ese lugar será podrá ser por la ley penal y será sanción, sin importar la nación del sujeto activo perpetrador de la conducta atípica.

-Aplicación de la Ley Penal con relación al tiempo.-

El problema que genera esta aplicación es la retroactividad e irretroactividad, de la ley podemos decir que la ley penal tiene vida es decir del momento a que nace podrá ser aplicada, hasta su fallecimiento que es hasta su abrogación o derogación, por tanto la ley no tiene validez hacia un pasado es aquí cuando hablamos de la retroactividad a menos que esta sea en beneficio del inculpado.
“La razón es obvia, pues de otro modo, no habría relación segura y la vida del derecho semejaría la tela de Penélope, siempre tejiéndose y destejiéndose.”
La sucesión de leyes penales, sucede cuando una ley penal existe en un tiempo y lugar determinado y deja de tenerla porque es creada una nueva ley la cual vendrá a ocupar su lugar, existen dos principios que normaran la sustitución de leyes.
“A) Una, sostiene que los principios que gobiernan las sucesiones de normas o leyes son en un numero de dos: el de la retroactividad o irretroactividad.
B) Otra, se inclina, por la existencia de los principios de la irretroactividad y de la no ultra actividad, como rectores de la misma sucesión. “

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