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ANTECEDENTES


Enviado por   •  27 de Febrero de 2015  •  Ensayo  •  460 Palabras (2 Páginas)  •  160 Visitas

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FECHA: Febrero 02 de 2014

RADICADO: 14000

ESTUDIANTE PRACTICANTE: Manuela Álvarez Agudelo

USUARIO: Marlos Arley Rios Londoño

ANTECEDENTES

Refiere el usuario que su abuela tiene unos apartamentos y arrendó uno de ellos en al año 2002; para eso apartamentos había realizado un contrato para el suministro de parabólica con cable unión, actualmente se llama cable global, esta obligación correspondía pagarlo al arrendatario; del año 2002 al año 2004 el arrendatario no cumplió con la obligación, sin embargo la parabólica continuó hasta el 2014, hasta que el servicio se suspendió en ese año.

Para el mes de septiembre llamaron de cable global indicando que tenían un saldo pendiente de 20 meses desde el año 2002 hasta el año 2004

MARCO LEGAL

El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.

Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla:

“Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.

El artículo 5 del Código contencioso administrativo, viene a desarrollar este principio constitucional.

Como máximo, las autoridades a quienes se les presente un derecho de petición, deben responder dentro de los siguientes plazos:

Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.

Diez (10) días para contestar peticiones de información.

Treinta (30) días para contestar consultas.

Acción de tutela para proteger el derecho de petición. Cualquier ciudadano que considere que por acción u omisión de las autoridades o de los particulares que presten un servicio público o actúen o deban actuar en desarrollo de funciones públicas, vulneren o amenacen el derecho constitucional de petición, puede recurrir a la acción de tutela para reclamar ante los jueces la protección inmediata de su derecho constitucional.

Prescripción extintiva. Su finalidad no es otra que la de consolidar situaciones jurídicas concretas, en consideración al transcurso del tiempo. En relación con la prescripción extintiva o liberatoria, la regla general es que el plazo fijado en la ley debe computarse a partir de cuándo podía ejercitarse la acción o el derecho. Sin embargo, antes de completarse el término legal de la prescripción puede verse afectada por los fenómenos jurídicos de interrupción natural o civil, y de la suspensión.”

Por otro lado según lo establecido en el artículo 8 de la ley 791 de 2002 la acción

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