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ANÁLISIS DE LOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA RELACIONADO A LAS CUESTIONES LABORALES


Enviado por   •  9 de Febrero de 2018  •  Resumen  •  778 Palabras (4 Páginas)  •  281 Visitas

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ANÁLISIS DE LOS ARTÍCULOS  DE LA CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA RELACIONADO A LAS CUESTIONES LABORALES

Artículo: 87. DERECHO Y DEBER DE TRABAJAR, OBLIGACIONES DEL ESTADO, OBLIGACIONES DE LOS PATRONES: Toda persona tiene derecho y el deber de trabajar, el estado debe garantizarlo, de manera que sean satisfechas sus necesidades, fomentando más empleos, vigilando a través de los diferentes órganos del estado que el patrono o empleador garantice las mejores condiciones de higiene, seguridad y ambiente laboral ´

ARTICULO: 88. IGUALDAD DE SEXO,  AMAS DE CASA. Constitucionalmente se establece que el estado debe garantizar la igualdad y la equidad entre trabajadores y trabajadoras, reconociendo la importancia que tiene en lo social y económico de la misma manera incluye a las amas de casa que por mucho tiempo fueron invisibilidades reconociéndoles el derecho a la seguridad social.

ARTICULO: 89. PROTECCION OFICIAL AL TRABAJO. Y PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL. El trabajo es un hecho social y goza de protección como proceso fundamental para alcanzar los fines del estado.  Por tanto el estado velara, protegerá para que en lo dispuesto en la ley se cumpla según los principios que se consagran en los seis numerales, como son: La justicia social, la progresividad, los derechos laborales son irrenunciables, la interpretación, la no discriminación, además se prohíbe el trabajo en adolescentes  en labores que menoscabe su integridad física, moral y afecten su desarrollo integral. Logrando la justa distribución de la riqueza.

ARTICULO: 90. JORNADA MAXIMA, DISMINUCION DE LA JORNADA .En este artículo se establece que la jornada laboral, es el tiempo durante el cual el trabajador o la trabajadora están a disposición para cumplir con las responsabilidades inherentes a su desempeño laboral. Ya sea diurna, de 8 horas que multiplicada por cinco días laborables a la semana, nos da 40 horas semanales, la jornada nocturna es de 7 horas con un máximo de 35 horas semanales. Si se trabaja más de lo se establece debe ser pagado por el empleador como horas extras, con sus días de descanso correspondiente y además se debe garantizar el horario de alimentación será al menos de 1 hora. También se establece las vacaciones que deben ser remuneradas.

ARTICULO: 91. SALARIO DIGNO. E INEMBARGABLE. TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO.  Es la parte económica según sea la responsabilidad de cada trabajador será su salario, se pagara periódicamente y oportuna, ya que todo trabajador tiene el derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad, el salario es protegido por el estado.

ARTICULO: 92. PRESTACIONES DE ANTIGÜEDAD Y CESANTIAS, ADEMAS INTERESES DE MORA. Todos los trabajadores tienen el derecho de obtener sus prestaciones cuando finiquiten la relación laboral, calculado con el último salario devengado por el trabajador, garantizando los principios laborales. Las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata. En caso de mora esto genera intereses de la deuda general.

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