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APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL DERECHO


Enviado por   •  11 de Enero de 2014  •  Ensayo  •  1.550 Palabras (7 Páginas)  •  521 Visitas

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5.1 APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL DERECHO

Aplicación del Derecho

Las normas jurídicas se dictan para ser aplicadas a los casos concretos de la vida real. Abelardo Torré dice que aplicar una norma jurídica consiste en reglar la conducta por ella aludida frente a una determinada realidad, mediante otra normas de menor generalidad que la aplicada. Por ejemplo, el juez, al aplicar una norma del Código Penal a un criminal debe dictar una sentencia, la que también es una normas jurídica pero de menor generalidad. Aplicar una norma jurídica consiste en referir esa norma a un caso concreto de la vida real, la aplicación del derecho es un proceso de concreción del mismo. Las normas de mas alta jerarquía suelen ser de carácter más general, y en la medida que se desciende en jerarquía suelen ser más específicas y concretas. Para Kelsen todo acto de aplicación del Derecho es al mismo tiempo creador de Derecho, por ejemplo, cuando se aplica la Constitución se crea una ley, cuando se aplica una ley se crea una sentencia.

Principales problemas que plantea la aplicación del Derecho.

1. Problemas de interpretación del Derecho.

2. Problemas de integración del Derecho.

3. Conflicto de normas en el espacio o problemas de territorialidad y extraterritorialidad del Derecho.

4. Conflictos de normas en el tiempo o problemas de retroactividad e irretroactividad de la ley.

Interpretación del Derecho.

A la interpretación del Derecho se le suele llamar Interpretación de la ley, denominación bastante extendida en nuestro país por la influencia que han tenido los civilistas. Otras denominaciones referirse a esto mismo son Interpretación Jurídica o Hermanéutica Jurídica.

Interpretar una norma jurídica significa determinar su verdadero sentido y alcance. Precisando esto, podemos decir que dentro de la tradición romanista, es posible distinguir en la ley su letra, su sentido (sensus) y su razón (ratio)o sea la finalidad que ella persigue. Para estos juristas el la ratio última de toda ley es la equidad, ello sin perjuicio que la ratio inmediata pueda encontrarse en los casos que la ley comprende. Jean Domat llama a la ratio de la ley, espíritu. Lo señalamos pues de Domat tomo don Andrés Bello, a través del Código de la Luisiana y del proyecto de Código civil francés de 1800 la palabra espíritu utilizada en lo art. 19 y 24 de nuestro Código Civil. Nosotros entenderemos por sentido, el significado de la norma y por alcance, la finalidad, el espíritu.

5.4.2 LA APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO

La vigencia de la ley se relaciona fundamentalmente con la regulación de la vida social y con la temporalidad, es decir cuál es la época que debe regir o sea dentro de qué tiempo la ley le es útil a la sociedad. Concretamente dentro qué tiempo debe acatarse el mandato de la ley.

Para los efectos de la lógica aplicación de la ley en el tiempo, es decir, para resolver el conflicto de las leyes en el tiempo según lo expresa Aníbal Torres Vásquez, se debe tener presente, dos criterios:

a.- La irretroactividad de la ley mediante su aplicación inmediata a todos los hechos y consecuencias que se produzcan durante su vigencia, esto es no tiene efectos retroactivos ni puede supervivir después de haber sido derogada.

b.- La aplicación retroactiva de la ley a los hechos y consecuencias que tuvieron lugar durante la vigencia de la ley antigua.

c.- La aplicación ultractiva de la ley antigua que supervive a la nueva ley

5.5.1 APLICACIÓN DE LA LEY EN EL ESPACIO

Toda ley tiene un ámbito temporal y un ámbito espacial de vigencia. Esto significa que sólo obliga por cierto tiempo, y en determinada porción del espacio.

En lo que toca al ámbito temporal, hemos visto ya cómo es posible que una ley se aplique no sólo a los hechos jurídicos ocurridos a partir de la iniciación de su vigencia, sino a las consecuencias normativas de hechos anteriores, inicialmente regidos por otra ley. Ello implica la coincidencia de los supuestos de ambas leyes, así como la divergencia de sus disposiciones y la perduración de las consecuencias normativas nacidas bajo el imperio del primer precepto García Máynez nos dice que los problemas relacionados con la aplicación de leyes que tienen diferente ámbito temporal de vigencia suelen ser llamados conflictos de leyes en el tiempo. Paralelamente a éstos se habla de conflictos de leyes en el espacio. El supuesto ineludible de los últimos es la coexistencia de preceptos legales relativos a los mismos hechos,

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