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ATRIBUCIONES DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2013  •  1.344 Palabras (6 Páginas)  •  417 Visitas

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ATRIBUCIONES DEL CUERPO DE SEGURIDAD PÚBLICA

• Proponer al Titular del Ejecutivo los programas relativos a la seguridad de los habitantes del Estado, al orden público que asegure las libertades, a la prevención de delitos y a la readaptación social de los infractores;

• Prevenir la comisión de delitos, protegiendo a las personas en su integridad física, propiedades y derechos;

• Convenir y fortalecer las relaciones con los gobiernos federales estatales y municipales, para coordinar esfuerzos en materia de prevención contra la delincuencia organizada, en protección ciudadana y en la persecución de delitos;

• Velar por la atención a las víctimas de delitos;

• Establecer un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar información para la prevención de los delitos, mediante métodos que garanticen el estricto respeto a los derechos humanos;

• Elaborar y difundir estudios multidisciplinarios y estadísticos sobre el fenómeno delictivo;

• Fomentar la participación ciudadana en la formulación de planes y programas relacionados con la seguridad pública, así como en el diseño de las políticas, medidas y acciones que en la materia procedan;

• Ejecutar por acuerdo del Gobernador las penas privativas de libertad;

• Administrar los centros de readaptación social y tramitar, por acuerdo del Gobernador, las solicitudes de amnistía, indultos, libertad y traslado de reos;

• Asegurar y vigilar el establecimiento y operación de instituciones a cargo del cumplimiento y ejecución de las medidas sancionadoras que sean aplicadas a adolescentes infractores;

• Promover, en la esfera de su competencia, la profesionalización y modernización de los cuerpos de seguridad pública del Estado;

• Aplicar las normas, políticas y lineamientos que procedan para establecer mecanismos de coordinación entre los cuerpos de seguridad pública que existan en el Estado;

• Proponer en el seno del Consejo de Coordinación de Seguridad Pública del Estado, políticas, acciones y estrategias en materia criminal y de prevención del delito;

• Coordinarse con las instancias federales, estatales y municipales, dentro del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a efecto de cumplir con los objetivos y fines en la materia, conforme a la legislación correspondiente;

• Ejercer las atribuciones establecidas en las disposiciones jurídicas relacionadas con los servicios privados de seguridad;

• Auxiliar al Ministerio Público, autoridades judiciales y administrativas cuando sea requerida para ello;

• Colaborar con la autoridad competente en materia de expedición de licencias para conducir en la integración de un Sistema Único de Información de los antecedentes de los conductores de vehículos en el Estado;

• Coordinar, supervisar y evaluar las actividades y resultados de las entidades sectorizadas a la Secretaría; y

• Los demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones legales aplicables.

La Seguridad Pública.- Es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

ATRIBUCIONES DEL CUERPO DE SEGURIDAD PRIVADA

• Emitir la autorización para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas y, en su caso, revalidar, revocar, modificar o suspender dicha autorización, en los términos previstos en la presente Ley y su Reglamento;

• Establecer, operar y mantener actualizado el Registro Nacional de Empresas, Personal y Equipo de Seguridad Privada;

• Realizar visitas de verificación a fin de comprobar el cumplimiento de esta Ley, su Reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables;

• Comprobar que el personal operativo se encuentre debidamente capacitado, así como concertar con el prestador de servicios, la instrumentación y modificación de sus planes y programas de capacitación y adiestramiento;

• Determinar e imponer las sanciones que procedan, por el incumplimiento de las disposiciones previstas en esta Ley y su Reglamento;

• Expedir a costa del prestador de servicios, la cédula de identificación

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