Accidentes Del Trabajo Y Enfermedades Laborales
Enviado por constanza.bogado • 14 de Abril de 2014 • 1.158 Palabras (5 Páginas) • 251 Visitas
Accidentes y enfermedades laborales Ante todo debemos señalar que la principal funcion de la Seguridad Social es reaccionar ante ciertas circuntancias, denominadas contingencias dentro de esta rama del derecho, ante las cuales las personas naturales se ven expuestas ya sea con previa planificacion, ya sea que la contingencia se presente de improvisto. En este breve trabajo he querido abordar el como la seguridad social se encarga de estas contingencias, mas específicamente de los accidentes del trabajo y las enfermedades laborales. Como primer punto he de señalar que el derecho al acceso a la restitucion de la salud es un derecho fundamental y como tal esta resguardado en el articulo 19 nº9 de nuestra Constitución Politica de la Republica,es asi como para cumplir con este presepto el Estado ha puesto en marcha un seguro para cubrir las contingencias sobrevinientes provocadas por las enfermedades , tanto comunes como laborales, las primeras administradas por el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y las segundas, que son precisamente las enfermedades que nos atañen, resguardadas por el Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en la ley Nº16.744, donde se indica que todas las prestaciones derivadas de este tipo de enfermedades deberán ser suministradas por los organismos señalados en dicha ley. Esta contingencia, conciderada basica, fue reconocida como tal por la seguridad social en el convenio Nº102, celebrado durante 35º Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra en 1952. Convenio que por cierto no ha sido suscrito por chile pero que aun asi es cumplido y amparado por diversas legislaciones nacionales. Es asi como en chile se ha implementado el seguro ante accidentes del trabajo y enfermerades laborales, este comprende, dentro de diversas medidas, las prestaciones médicas, que son entregadas gratuitamente a los trabajadores que las requieran producto de haber sufrido alguna contingencia contemplada en este seguro, tales como aun accidente en el trabajo, en el trayecto o enfermedades derivadas de la labor realizada en el trabajo o a consecuencia del mismo. La cobertura de este seguro comienza con la la prevención, pasando por la atención médica primaria o de urgencia, hasta la rehabilitación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas, esta continuidad en el tratamiento evidencia uno de los principios que fundamentan el sistema de Seguridad Social, que es la "Integralidad", cuyo objetivo abarca cuatro frentes, la prevención; la recuperación; reparadora y rehabilitadora, logrando con esto que los administrados que sufren estas contingencias y una vez superadas vuelvan a reincertarce en la sociedad y sean utiles plenamente. El pago de este seguro es de cargo del empleador, por tanto corresponde que éste efectúe las cotizaciones provisionales respectivas mensualmente, cotizaciones que se componen de dos partes, una fija que comprende un 0,95% de la remuneración imponible de cada trabajador y una variable que corresponde una cotización adicional diferenciada en función de la actividad o riesgo presunto de la entidad empleadora, la cual varía desde un 0,00% hasta un 3,4%. No obstante, si la siniestralidad efectiva de la empresa sube, puede llegar a un 6,8% de la remuneración imponible de cada trabajador(a); llegando a este punto debemos relacionarlo con el principio de "Solidaridad", principio que es uno de los pilares en que se basa la Seguridad Social, el hecho de que la cotización se realice en base al porcentaje de la remuneración del trabajador implicará que el empleador aportará en mayor cantidad por el empleado que tenga la remuneración mas alta, es decir aportará mas quien tenga una mayor capacida economica, equiparando la balanza
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