Acta de asamblea general
Enviado por Crisnel ʚïɞ • 30 de Abril de 2019 • Documentos de Investigación • 3.146 Palabras (13 Páginas) • 474 Visitas
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- Investigue un ejemplo de acta de asamblea general de Sociedad anónima.
ESCRITURANÚMERO------(--).-“CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS DE SOCIEDAD ANÓNIMA”.-En la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a las -------------------------------- del día ---- de ---del Año -----------Ante Mí:------------------------ ---------, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua, con domicilio en Managua, debidamente autorizado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia para caratular durante un quinquenio que vence el día -------- de -------- del Año --------------.Comparecen los Señores:----------------, mayor de edad, soltera, Empresaria y de este domicilio, quien se identifica con cedula de identidad nicaragüense número ------------, ------------------------- mayor de edad, soltero, Empresario, del domicilio de Canadá y de transito por esta ciudad quien se identifica con numero de pasaporte (-------------) y --------------- mayor de edad, soltero, Ingeniero industrial, y de este domicilio quien se identifica con cedula de residencia nicaragüense número ------------. Doy fe de conocer personalmente a los comparecientes, y de que estos tienen a mi juicio la capacidad legal necesaria para obligarse y contratar, especialmente para el otorgamiento de este acto o contrato en el que proceden en sus propios nombres y que dicen: CLAUSULA PRIMERA: (CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO).- La sociedad se denominara:-------- -----, SOCIEDAD ANONIMA pudiendo abreviarse como, ---------------S. A. conocida comercialmente como “-------------,.”Dicha empresa tendrá su domicilio social en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier parte del país y aún fuera de la República. Clausula SEGUNDA: (OBJETO.A)- La sociedad tendrá como objeto principal: Exportar madera de Teca a cualquier parte que desee con la finalidad de contribuir a la transformación y al desarrollo sostenible de Nicaragua y la Región Centroamericana. De Igual manera la sociedad podrá comercializar, Importar, cualquier tipo de producto, todo de acuerdo a las normas legales vigentes. B)- Producir, y Distribuir productos en general B)- Realizar todas las actividades que sean necesarias para brindar todo tipo de asesorías y capacitaciones en instituciones públicas o privadas C)- Se dedicara también a la Importación, Exportación, y Comercialización de toda clase de productos permitidos por nuestras Leyes siempre y cuando lo apruebe la Junta General de Accionistas. D)-A la prestación de Servicios de cualquier clase. E) Suscribir y ser parte de cualquier tipo de contrato, convenio u obligación con cualquier persona, compañía o entidad, ya sea Privada, Pública, Municipal, Nacional o Extranjera. F)- Participar en la Organización, formación y constitución de Sociedades de giro idéntico, similar o distinto a ella y en cualquier tipo de actividades licitas sin excepción alguna, ya sea dentro o fuera de la Republica de Nicaragua y sin ninguna limitación. G)- Hacer cualquier negocio licito aunque no sea semejante al objeto relacionado en la presente Escritura de constitución o en sus reformas, pudiendo la Sociedad en cumplimiento de su objeto Social, adquirir toda clase de Bienes muebles e inmuebles, emitir, endosar y realizar todo tipo de operaciones bancarias, Abrir y manejar cuentas corrientes en moneda nacional o extranjera en cualquier entidad financiera o no financiera, nacional o extranjera, dentro o fuera del país, así como hacer uso de otros productos financieros disponibles y necesarios para la buena marcha de los negocios sociales, adquirir títulos valores o acciones en otras sociedades, celebrar todo tipo de actos y contratos civiles, comerciales, industriales, así como para dedicarse a otra actividad lícita dentro o fuera de la Republica que apruebe la Junta Directiva, ya que las anteriores enumeraciones no son taxativas, sino que deben considerarse meramente enunciativas, en consecuencia y por ningún motivo se podrá entender que alguna negociación no estuviera comprendida dentro de su objeto, en caso de duda, bastara una resolución de la Junta Directiva explicando la naturaleza de la Negociación a desarrollar para considerar la negociación o actividad dentro de los fines de la Sociedad. CLAUSULA TERCERA: (CAPITAL SOCIAL). - El capital social lo constituye la cantidad de------------- ----------- (C$ -------), el que estará dividido por----ACCIONES NOMINATIVAS, inconvertibles al portador, con valor de ---------Córdobas cada una. Las acciones son suscritas y pagadas de la siguiente forma: UNO)- La Señora ---------------------------, suscribe la cantidad de--------------(--) Acciones y paga en dinero efectivo la cantidad de-------------------- (C$ ---------) Córdobas Netos. DOS)- El Señor ------------------, suscribe la cantidad de----------(--) Acciones y paga en dinero efectivo la cantidad de-------------- (C$ --) Córdobas Netos. Los valores aquí aportados quedan en poder de la Tesorería de esta sociedad. En esta forma queda suscrito y pagado el cien por ciento (100%) del capital social. Las acciones serán emitidas en la forma prescrita por las leyes y la Junta de Directores podrá autorizar que se emitan certificados de acciones representativas del número que corresponde a las que haya suscrito cualquiera de los accionistas o a una parte de las mismas. Los resguardos provisionales de acciones serán firmados por los accionistas. CUARTA: (DIRECCIÓN, REPRESENTACIÓN Y VIGILANCIA). - UNO)- La Dirección de la sociedad y de sus negocios se ejercerá por una Junta Directiva compuesta de no menos de dos ni más de cuatro directores. Cuando fuesen dos directores tendrán las funciones de; Presidente y Vicepresidente–Secretario; si fuesen tres tendrán las funciones de Presidente-Tesorero, Vicepresidente y Secretario y si fuesen cuatro tendrán las Funciones de Presidente, Directiva durarán en sus cargos el período De Diez años. Para ser electo director, mientras la ley así lo exija, se Necesita ser accionista. Los miembros de la junta directiva y la de la Vigilancia podrán ser reelectos en el ejercicio de sus cargos. La Ausencia del Presidente será suplida por el Vicepresidente. La Ausencia del Secretario será suplida por el Tesorero. Las Vacantes Definitivas serán cubiertas por quienes designe la Junta General de Accionistas. Las personas jurídicas que sean accionistas podrán dividir la representación de sus acciones en dos o más personas naturales y cualquiera de ellas podrán ser electas como directores. También podrán ser nombrado director las personas jurídicas que sean accionistas. DOS)- El Presidente representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las facultades propias de Apoderado Generalísimo. TRES)- Habrá también un Vigilante que será electo con los Directores y durará en sus funciones el tiempo que la Junta General de Accionistas le designe. La Junta General de Accionistas nombrará a los Directores y al Vigilante y llenará sus vacantes en su caso. Los Directores y el Vigilante serán electos por mayoría en Junta General de Accionistas. El quórum para las sesiones de la Junta Directiva será con la asistencia de por lo menos de la mayoría de sus miembros; y para tomar resoluciones se necesitará del voto favorable de la mayoría de los directores presentes. QUINTA: (JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS). -Las Ordinarias deberán celebrarse una vez al año, durante los tres meses posteriores al cierre del ejercicio económico o fiscal de la sociedad, en las oficinas de la sociedad y (DOS) – Las Extraordinarias serán las que se citen por la Junta Directiva o su Presidente, ya sea por iniciativa propia o a solicitud de socios con expresión de objeto y motivo. Las convocatorias tanto para las Juntas Ordinarias como para las Extraordinarias, se efectuarán mediante aviso publicado en el Diario Oficial, La Gaceta, o cualquier medio electrónico: como correo, fax, teléfono, o diario de circulación nacional. Con quince días de anticipación por lo menos al día en que deba efectuarse la sesión (Arto 253 C.C.). Los avisos de convocatorias para las Juntas Generales Ordinarias o Extraordinarias, deberán contener la indicación del lugar, fecha, hora y local en que deba verificarse la junta. El aviso de Convocatoria de la junta Extraordinaria, deberá incluir además el objeto o agenda de la misma. Los acuerdos o resoluciones que se tomen sin este requisito no tendrán valor (Arto 255 C.C). Las Asambleas Extraordinarias se citarán cuantas veces fuera necesaria a juicio de la Junta de Directores y las decisiones se tomarán por mayoría de votos. TRES) - (Quórum)- Para que haya quórum en las Juntas Generales, ya sean ordinarias o extraordinarias se necesita que estén presentes al menos dos socios que representen más de la mitad de las acciones suscritas y pagadas. SEXTA: (REUNIONES DE LAS JUNTAS). - Tanto las Juntas Generales de Accionistas, sean ordinarias o extraordinarias, como las reuniones de Junta Directiva, podrán celebrarse dentro o fuera de Nicaragua, y no se necesitará de citación cuando estén presentes o representados todos los accionistas o directores, en su caso. SEPTIMA: (DURACIÓN). - La duración de la sociedad será de -----------------años que se comenzarán a contar a partir de la inscripción de la presente escritura en el Registro Público competente. OCTAVA: (VENTAJAS). - Los accionistas fundadores no se reservan ninguna ventaja o derecho particular. NOVENA: (ESTADOS FINANCIEROS). - UNO)- (Fecha). El ejercicio Económico de la Sociedad será de Un año y durará desde el día Primero de Enero al Treinta y uno de diciembre, fecha en que termina el periodo fiscal. Al finalizar cada ejercicio Económico se practicará inventario general de los bienes sociales, y con los resultados de la Contabilidad se formará el balance general, con un estado de ganancias y pérdidas. DOS)- (Contabilidad). La contabilidad se llevará por sistema de partida doble y de acuerdo a las leyes existentes relativas a asuntos contables. TRES)- (Reservas). Se destinará a la constitución de un fondo de reserva la vigésima parte de las ganancias líquidas de la sociedad, hasta que dicho fondo represente la décima parte del capital social; este fondo habrá que reintegrarse cuantas veces se hallare reducido por cualquier causa. CUATRO)- (Utilidades). El cálculo y la repartición de beneficios se harán en la forma que sea decidida por la Junta General de Accionistas teniendo en cuenta las costumbres mercantiles y los dictados de una sana política contable. DÉCIMA: (SUMISIÓN AL VOTO DE LA MAYORÍA). - Los accionistas se someterán al voto de la mayoría en las Juntas o Asambleas, ya sean ordinarias o extraordinarias, que hubiesen sido debidamente convocadas y constituidas. (ESTATUTOS). - En este estado los otorgantes y accionistas de la sociedad se constituyen en Junta General a fin de emitir sus Estatutos, elevando a escritura pública el acta de la aprobación de los mismos Estatutos, acto que se realiza con el quórum legal necesario y por unanimidad de votos. Por lo tanto, se completa la personería legal de la presente sociedad decretando sus ESTATUTOS, que ya discutidos en lo general y artículo por artículo, se aprueban definitivamente del modo siguiente: Artículo Uno: (Constitución, Denominación. Domicilio, Objeto, Duración, Capital Social). - Como ya se dijo el nombre de la sociedad es-------------, SOCIEDAD ANONIMA pudiendo abreviarse como, ---------- S. A. conocida comercialmente como “-------- S.A.”. Está constituida en la presente escritura pública, donde con anterioridad se deja establecida su Constitución, Denominación. Domicilio, Objeto, Duración, Capital Social. Artículo Dos: (Juntas Generales). - La Junta General de Accionistas es la máxima autoridad de la sociedad y todos los accionistas Debidamente legitimados tienen derecho a tomar parte en las Deliberaciones de la Junta General de Accionistas ya sean Estas juntas ordinarias o extraordinarias. Son atribuciones de la Junta General a) Elegir a los miembros de la Junta de Directores y al Vigilante y llenar sus vacantes en su caso. b)- Aprobar, improbar o reformar los balances de la sociedad. c)- Decretar la repartición de utilidades. d)- Acordar cualquier reforma al pacto social. e)- Disponer la forma en que será liquidada la presente sociedad en caso de disolución de la misma y nombrar al o los, liquidadores. Artículo Tres: (Junta Directiva y Gerencia). - La Junta de Directores es la que tiene también a su cargo el manejo, dirección, disposición y administración de todos los bienes y negocios sociales con facultades de apoderado generalísimo de la misma, y sin perjuicio de las atribuciones del Presidente en particular tendrá las siguientes atribuciones: a)- Aprobar la política empresarial de la compañía. b)- Acordar la compra o venta, o cualquier acto de disposición de bienes muebles e inmuebles y la constitución de gravámenes sobre los mismos. c)- Aprobar la contratación de empréstitos y el otorgamiento de garantías. d)- Cumplir y hacer cumplir los contratos legalmente celebrados y las disposiciones, acuerdos y resoluciones de la Junta General de Accionistas. e)- Nombrar mandatarios de toda especie y a la persona o personas que representarán a la sociedad en los organismos de las otras sociedades. f)- Designar, cuando lo creyere conveniente, a un Gerente General que maneje y administre los negocios sociales, delegando en él las facultades y poderes que estime conveniente. Este Gerente puede ser o no miembro de la Directiva g)- Designar en que banco o bancos se depositarán los fondos de la sociedad y señalar al mismo tiempo cuales son las personas que puedan girar contra los fondos así depositados. h)- Disponer de la emisión de las acciones o su reposición. i)- Autorizar el presupuesto anual de la sociedad, la celebración de contratos que excedan la cuantía que la misma Junta fijará y los parámetros para contratación del personal. j)- Pasar oportunamente el Balance General al Vigilante y a los Auditores externos antes de someterlo a la Junta General de Accionistas; y k)- Llevar a cabo cualquier otra gestión que le fuere confiada por la Junta General de Accionistas, sin detrimento de su poder de mandatario generalísimo, y en general, velar por el cumplimiento de los fines sociales. Artículo Cuatro: (El Presidente). - El Presidente de la Junta Directiva será el Presidente de la sociedad y le corresponde la representación de la misma tanto judicial como extrajudicialmente con las facultades propias de un Apoderado Generalísimo en especial tendrá las siguientes atribuciones: a)-Presidir las sesiones de la Junta General de Accionistas ya sean ordinarias o extraordinarias, así como las de la Junta de Directores y suscribir las actas respectivas. b)- Suscribir con el Secretario de la Directiva los resguardos provisionales, títulos, acciones o certificados definitivos, y demás documentos que fueren emitidos por la sociedad. c)- Ejercer la supervisión de todos los negocios sociales e inspeccionar, cuando lo crea conveniente, los trabajos de la misma. d)- Firmar conjuntamente con el Secretario, las actas de las sesiones de las Juntas Generales y Juntas de Directores, y e) otorgar poderes en nombre de la sociedad de cualquier índole con las facultades convenientes y f)- Desempeñar todas las demás funciones que le sean delegadas por la Junta General o por la Junta Directiva. Artículo Cinco: (Vicepresidente). - Las vacantes, temporales del Presidente, serán llenadas por el Vicepresidente quien tendrá las mismas atribuciones que el Presidente. Las vacantes no temporales, las llenará la persona que designe la Asamblea General de Accionistas. Artículo Seis:(Secretario). - tendrá la obligación de conservar y vigilar los libros de actas y de registro de acciones y actuar como órgano de comunicación de la Junta General de Accionistas y de Junta de Directores, entre la sociedad y los accionistas; y en particular tendrá las siguientes atribuciones: a)- Suscribir con el Presidente los títulos provisionales, acciones o certificados de acciones que fueren emitidos. b)- Autorizar con su firma las actas, resoluciones o acuerdos que se tomaren por la Junta General de Accionistas o por la Junta Directiva c)- Llevar el Libro de Registro de Acciones y tomar nota o registro de los títulos que se emitan en favor de los accionistas. d)- Publicar todos los avisos de convocatoria y remitir las citaciones a los socios Para las sesiones correspondientes. Y e)- Librar las certificaciones que haya necesidad de extender de cualquier libro o registro de la sociedad para cualquier fin legal; certificaciones las cuales podrán también ser extendidas por Notario Público. Artículo Siete: (El Tesorero). - Corresponde al Tesorero el custodiar, conservar y vigilar los bienes sociales y especialmente los fondos y valores comerciales de la empresa. Artículo Ocho: (Vigilancia). - El Vigilante debe velar por la buena marcha de los negocios sociales, se encargará de su inspección y fiscalización y para ello serán sus atribuciones las de: a)- Hacer arqueos y comprobaciones en cualquier tiempo, en caja, valores, cartera y libros. b)- Revisar los balances y estados financieros mensuales. c). -Asistir, cuando fuere citado, a las reuniones de las Juntas Generales de Accionistas presentando los informes y haciendo las observaciones que creyese oportunas. d)- Cuidar de la buena inversión de los fondos sociales. e)- Rendir un informe anual de sus actividades a la Junta General Ordinaria de Accionistas. Artículo Nueve De conformidad con lo dispuesto, se procede a la elección, habiendo resultado electos por unanimidad de votos los siguientes personas: PRESIDENTE: -----------------; VICE-PRESIDENTE: ---------------, TESORERO -----------------, SECRETARIO: -----------------.Artículo Diez: (Gerente General):Para la mejor administración los socios nombraran un Gerente General. El Gerente General llevará la participación ejecutiva o administración Inmediata de los negocios sociales; tendrá los poderes y facultades, deberes y atribuciones, que le confiera la Junta Directiva y estos Estatutos y tendrá para la realización de los mismos, la representación legal de la Sociedad con las más amplias facultades ejecutivas y administrativas, para lo cual se le otorgará un Poder General de Administración. Articulo once: (Los Socios). - Los socios tienen derecho de conocer el empleo de los fondos sociales. Todas las resoluciones aún las indicadas en el artículo doscientos sesenta y dos del código de comercio, se tomarán por simple mayoría de votos de los accionistas presentes en cualquier asamblea. El quórum para cualquier tipo de sesión será el establecido en la escritura de constitución social. Hasta aquí los estatutos que han quedado definitivamente aprobados y que habrán de regir a la presente sociedad. Así mismo se expresaron los comparecientes, bien instruidos por el notario, acerca del valor, alcance y trascendencias legales de este acto, del objeto de las Clausulas Generales que le dan su valor, de las especiales que contiene y de las que en, renuncias y estipulaciones implícitas y explicitas en las que en concreto han hecho. Así mismo, les advertí de la necesidad de inscribir el Testimonio de esta Escritura en el Registro Competente. - y leída por mí, el Notario, íntegramente esta Escritura a los otorgantes, la encuentran conforme. La aprueban, ratifican y firman sin hacerle modificación alguna, firman todos conmigo.- Doy fe de todo lo relacionado.(F)----------------Ilegible;(F)---------------------;(F)------------------------------(NOTARIAL)………………………………… Paso ante mí: Al Frente del folio Número -------- al reverso del folio Número --------, de mi Protocolo Número -------, con serie G y numero de papel de protocolo ------, -------,-----, ------,--------,------ y a solicitud dela Señora------------, en representación de la Sociedad “------------, SOCIEDAD ANONIMA.¨ , libro este primer Testimonio, en ---- hojas de papel sellado de ley con serie N y números de papel testimonio --------,----------,---------,---------,-----------, las que firmo, rubrico y sello, en la Ciudad de Managua, a las --- de la ------ del día ----- de ------ del Año ---------.- ------------------------.
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