Actividad 2 Prestaciones De Ley
Enviado por enedina • 9 de Mayo de 2014 • 6.371 Palabras (26 Páginas) • 592 Visitas
LICENCIATURA EN GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE PYMES
Instructor
MARIA LUISA HERNANDEZ CORONA
Alumno
JOSE LUIS TORRES MANZANAREZ
AL- 12508668
Actividad 2
PRESTACIONES DE LEY
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ACTIVIDAD 2. PRESTACIONES DE LEY
En una relación laboral se generan obligaciones y derechos para las partes, así como prestaciones laborales mínimas de las que gozan los trabajadores. Este artículo le ofrecerá la respuesta sobre las siguientes preguntas:
¿Qué son las condiciones de trabajo?
¿Cuáles son las prestaciones laborales mínimas?
¿Cuáles son algunas de las limitaciones relativas a las prestaciones?
¿Qué prestaciones adicionales pueden otorgarse?
¿Qué beneficios obtengo si como patrón otorgo las prestaciones laborales mínimas a mis trabajadores?
¿Qué elementos debo considerar para realizar el otorgamiento de prestaciones a los trabajadores?
Cuando ha tomado la decisión de contratar personal para trabajar en su empresa, es necesario conocer las prestaciones mínimas que conforme a la legislación laboral vigente deben ser otorgadas a los trabajadores, ello le permitirá adecuar el alcance, los términos y condiciones en las que deberá realizarse el trabajo.
¿Qué son las condiciones de trabajo?
Las condiciones de trabajo son las especificaciones que regulan la relación laboral entre patrones y trabajadores. La Ley Federal del Trabajo indica cuáles son las condiciones mínimas que deben acatarse en una relación de trabajo, e indica que no se pueden establecer diferencias entre trabajadores por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política.
¿Cuáles son las prestaciones laborales mínimas?
Salario
Es la retribución económica que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Comprende los pagos hechos por cuota diaria, como las gratificaciones, percepciones, habitación y cualquiera otra cantidad que sea entregada al trabajador, a cambio de su labor ordinaria. Debe interpretarse en un sentido amplio, ya que no sólo se trata de remuneraciones económicas sino también pueden ser pagos en especie, por ejemplo: alimentación, vivienda, entre otras. El salario se percibe en función del trabajo realizado: a mayor número de horas de trabajo, debe corresponder mayor salario.
El salario se puede integrar por los siguientes conceptos:
Cantidad de dinero percibida normalmente a la semana/quincena/mes, etc.
Despensa
Vales (de cualquier tipo)
Bonos
Prima vacacional
Aguinaldo
Comisiones
Propinas
Vivienda
Alimentación
Otras prestaciones adicionales
Existen diferentes formas para tasar el salario:
Salario fijado por unidad de tiempo: se paga por el tiempo que se dedica al trabajo, sin que importe la productividad; simplemente se toma en cuenta un periodo: por hora, diario, semanal, quincenal, mensual, etcétera.
Salario por unidad de obra o "a destajo": no importa el tiempo de producción sino las unidades producidas.
Salario por comisión: el porcentaje que se percibe sobre el producto de una venta o negocio.
Salario a precio alzado: se calcula por obra terminada pero el trabajador debe poner sus materiales y herramientas.
Salario de cualquier otra forma: algunos ejemplos son salario por actuaciones (actores o músicos), salarios por temporadas (deportistas), entre otros.
De lo anterior es posible concluir que el salario puede ser fijo o variable, depende de la forma cómo se obtenga.
Los trabajadores tienen derecho a disponer de su salario de manera libre, lo cual implica que el patrón no puede limitarle esta facultad bajo ninguna circunstancia. El salario es irrenunciable, cualquier pacto en contra de este principio se considera inválido. Asimismo, no es posible que se apliquen multas bajo ningún concepto.
Es posible realizar deducciones en el salario del trabajador, algunos casos son:
Pago de deudas contraídas con el patrón. El monto máximo permitido de este descuento es de 30%.
Pago de renta. No puede exceder de 25% del salario.
Pago de abonos para cubrir adeudos contraídos con el Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.
Pago de las pensiones alimenticias cuando ha sido decretada por una autoridad competente.
Pago de cuotas sindicales.
Por otro lado, existe el concepto de salario mínimo, el cual se refiere a la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados. Este salario es fijado por zona geográfica y aplica para todos los trabajadores de dicha área sin importar la rama de actividad económica, profesión u oficio que desempeñe. Existen tres áreas geográficas las cuales son A, B y C. En cada una de ellas la Comisión Nacional de Salarios Mínimos se encarga de fijar el monto mínimo del salario.
Jornada de trabajo.
Es el tiempo en el que el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Puede ser diurna, nocturna, mixta o bien por horas.
Jornada diurna (ocho horas, comprendidas de las 6:00 a las 20:00 horas).
Jornada nocturna (siete horas, comprendidas de las 20:00 a las 6:00 horas).
Jornada mixta (siete horas y media; comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más se establece como jornada nocturna).
Por horas (depende de lo que se haya pactado y su pago se obtiene de dividir ocho horas por el monto del salario mínimo general vigente)
La duración máxima de la jornada semanal es de 48 horas la diurna, 42 la nocturna y 45 la mixta.
Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora por lo menos. Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comida, ese tiempo será registrado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo. En el caso de madres trabajadoras, en los periodos de lactancia se les concede dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos.
La jornada de trabajo se establece en el momento de la contratación y podrá modificarse posteriormente. Es conveniente que dicha modificación conste en algún documento que firmen el trabajador y el
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