ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Acuerdos Internacionales


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2013  •  1.345 Palabras (6 Páginas)  •  1.055 Visitas

Página 1 de 6

Acuerdos Internacionales en materia de tránsito de mercancías en la frontera celebrados por México

El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra.

Se debe de entender por este régimen cuando las mercancías proceden de un país y se dirigen a otro pero lo hacen cruzando el nuestro. Para ello la aduana de entrada envía a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.

Existe otro supuesto que es, cuando por cuestiones de economía o de operatividad se trasladan mercancías nacionales o nacionalizadas por territorio extranjero para que posteriormente reingresen a nuestro país.

Se deberán cumplir los plazos establecidos en el Anexo 15 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012.

Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.

• Colombia

• Ciudad Reynosa

• Matamoros, únicamente por la Sección Aduanera de Lucio Blanco-Los Indios

• Subteniente López

• Ciudad Hidalgo

Ruta fiscal por la que los transportistas deberán efectuar su recorrido desde la Aduana de Ciudad Reynosa o de Matamoros (Sección Aduanera de Lucio Blanco-Los Indios)

• De Ciudad Reynosa o de Matamoros, únicamente por la Sección Aduanera de Lucio Blanco-Los Indios a San Fernando, Tamps.

• De San Fernando, Tamps. a Los Rayones, Tamps.

• De Los Rayones, Tamps. a Santander Jiménez, Tamps.

• De Santander Jiménez, Tamps. a Güemez, Tamps.

• De Güemez, Tamps. a Ciudad Victoria, Tamps.

• De Ciudad Victoria, Tamps. a Zaragoza, Tamps.

• De Zaragoza, Tamps. a Estación Manuel, Tamps.

• De Estación Manuel, Tamps. a Tampico, Tamps.

• De Tampico, Tamps. a Pueblo Viejo, Ver.

• De Pueblo Viejo, Ver. a Ciudad Cuauhtémoc, Ver.

• De Ciudad Cuauhtémoc, Ver. a Tampico Alto, Ver.

• De Tampico Alto, Ver. a Ozuluama, Ver.

• para 2012. De Ozuluama, Ver. a Naranjos, Ver.

• De Naranjos, Ver. a Potrero del Llano, Ver.

• De Potrero del Llano, Ver. a Alamo, Ver.

• De Alamo, Ver. a Tihuatlán, Ver.

• De Tihuatlán, Ver. a Gutiérrez Zamora, Ver.

• De Gutiérrez Zamora, Ver. a Nautla, Ver.

• De Nautla, Ver. a Palma Sola, Ver.

• De Palma Sola, Ver. a Cardel, Ver.

• De Cardel, Ver. a Pte. Sta. Fe S. Julián, Ver.

• De Pte. Sta. Fe S. Julián, Ver. a Paso del Toro, Ver.

Tratándose de transportistas que se dirijan a Guatemala, deberán seguir

• De Paso del Toro, Ver. a La Tinaja, Ver.

• De La Tinaja, Ver. a Tierra Blanca, Ver.

• De Tierra Blanca, Ver. a Alemán, Ver.

• De Alemán, Ver. a Sayula, Ver.

• De Sayula, Ver. a Palomares, Oax.

• De Palomares, Oax. a Matías Romero, Oax.

• De Matías Romero, Oax. a La Ventosa, Oax.

• De La Ventosa, Oax. a Tapanatepec, Oax.

• De Tapanatepec, Oax. a Arriaga, Chis.

• De Arriaga, Chis. a Tonalá, Chis.

• De Tonalá, Chis. a Pijijiapan, Chis.

• De Pijijiapan, Chis. a Huixtla, Chis.

• De Huixtla, Chis. a Tapachula, Chis.

• De Tapachula, Chis. a Cd. Hidalgo, Chis.

Tratándose de transportistas que se dirijan a Belice, a partir del Paso del Toro

• De Paso Toro, Ver. a Tula, Ver.

• De Alvarado, Ver. a Tula, Ver.

• De Tula, Ver. a San Andrés, Ver.

• De San Andrés, Ver. a Acayucan, Ver.

• De Acayucan, Ver. a Minatitlán, Ver.

• De Minatitlán, Ver. a Coatzacoalcos, Ver.

• De Coatzacoalcos, Ver. a Cárdenas, Tab.

• De Cárdenas, Tab. a Villahermosa, Tab.

• De Villahermosa, Tab. a Escárcega, Camp.

• De Escárcega, Camp. a Subteniente López, Q. Roo.

Carreteras que deberá utilizar el transportista

Para efectuar el recorrido de Ciudad Reynosa o de Matamoros, únicamente por la Sección Aduanera de Lucio Blanco-Los Indios a Ciudad Hidalgo, Chis., el transportista deberá utilizar las carreteras federales números 97, 101, 132, 180, 180 D, 145, 147, 190 y 200.

Para efectuar el recorrido de Ciudad Reynosa o de Matamoros, únicamente por la Sección Aduanera de Lucio Blanco-Los Indios a Belice, el transportista deberá utilizar las carreteras federales 97, 101, 132, 180, 180 D y 186.

Los transportistas provenientes de la Aduana de Colombia, deberán utilizar la carretera Fronteriza número 2 hasta entroncar con la carretera federal número 97 de Reynosa, debiendo utilizar las carreteras señaladas en los dos párrafos anteriores, según corresponda. Tratándose de transportistas que inicien el tránsito internacional por territorio nacional en las Aduanas de Ciudad Hidalgo o de Subteniente López, deberán seguir la ruta en orden inverso al descrito.

Tratándose de transportistas que inicien el tránsito internacional por territorio nacional en las Aduanas de Ciudad Hidalgo o de Subteniente López, deberán seguir la ruta en orden inverso al descrito.

Mercancías por las que no procede el tránsito internacional por territorio nacional

I. Mercancías cuyo arancel sea superior al 35% clasificadas en las fracciones arancelarias:

0105.11.01, 0713.33.99, 2101.11.01, 2101.11.02, 2101.11.99 y 2101.12.01.

II. Llantas usadas y mercancías de las fracciones arancelarias:

4004.00.02, 4012.20.01, 4012.20.99, 8708.70.02, 8708.70.04, 8708.70.07 y 8708.70.99.

III. Ropa usada de la fracción arancelaria 6309.00.01

IV. Tratándose de plaguicidas, fertilizantes

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com