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Alternativas De Solución A La Problemática De Los Peritos Judiciales


Enviado por   •  16 de Febrero de 2015  •  3.427 Palabras (14 Páginas)  •  257 Visitas

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Alternativas de solución a la problemática de los Peritos Judiciales

Teniendo en consideración la experiencia adquirida en el Reglamento de Peritos Judiciales a Nivel Nacional se ha determinado la siguiente problemática y asimismo hacemos el alcance de sus posibles alternativas de solución:

1. CONTROL Y SUPERVISIÓN DEL REGISTRO DE PERITOS JUDICIALES.

«Resulta claro que el reclamo efectuado por los Colegios Profesionales o Institucionales Repre¬sentativas realizan al Registro de Peritos Judiciales, en adelante REPEJ, ya que no existe el con¬trol del número de Pericias asignadas a cada Perito y que cada REPEJ no toma en consideración si los Peritos que son designados en los diversos procesos se hallan en la condición de HABILES o no». Esto da incluso, lugar a ciertas designaciones que corresponden a otras Profesiones y/o dirigidas a determinados Peritos; contraviniéndose lo establecido en los Arts. 11° al 16° del precitado Reglamento.

Este problema se presenta debido a que el REPEJ mantiene su propio control, sin mayor comunicación a los distintos Colegios Profesionales, originándose que no se conozca el número de Peritajes de cada Perito Contable, incumpliéndose el «Principio de Transparencia», y de otro lado el REPEJ tenga conocimiento de los Peritos Hábiles e Inhábiles para designar Peritos que podrían invalidar el debido proceso; perdiendo de este modo los Colegios Profesionales control y supervisión para fiscalizar a sus miembros, así como los ingresos económicos que de las habilitaciones y pago de cuotas se deben obtener.

 Alternativa de solución

Considero pertinente que las Cortes Superiores de Justicia Departamentales, deben expedir la Directiva respectiva, donde se disponga que los Jefes y/o Encargados del REPEJ correspondiente comuniquen mensualmente a cada Colegio Profesional, la cantidad de Pericias Judiciales y nombres de los Peritos Contables designados de manera equitativa y aleatoria; indicando el trabajo asignado, Juzgado, Entrega del Informe y Pago de los honorarios profesionales fijados; asimismo los REPEJ'S deberán tener en cuenta la Relación de Miembros Hábiles que emite cada Colegio Profesional.

2. EL ACTUAL SISTEMA DE DESIGNACION DE PERITOS JUDICIALES ESTABLECIDO POR EL REPEJ, NO HA LOGRADO EL PROPOSITO QUE LA NORMA PRETENDE, PORQUE NO GARANTIZA LAS DOS CONDICIONES BASICAS DE SER ROTATIVO Y ALEATORIO, QUE LAS PERICIAS DE MENOR CUAN¬TIA SON ASIGNADAS A LA MAYORIA DE PERITOS JUDICIALES.

«Desde la creación del REPEJ (14.ABR.1998) no todos los Peritos Contables Judiciales inscritos en el mencionado Registro, son designados por este y un considerable número de Pericias lo asignan direc¬tamente los Magistrados a determinados Peritos al margen del REPEJ, dando lugar a la discrimación que se hace respecto de la participación de la gran mayoría; incurriéndose en incumplimiento de las condi¬ciones de ALETORIO (al azar), ROTATIVO (igual cantidad de designaciones) YEQUITATIVO(además de lo antes indicado deben ser de igual proporción en los procesos civiles, penales, laborales y otros) que preconizan las normas legales y reglamentarias vigentes.

La situación antepuesta, da lugar a actos de corrupción y/o entrega de «dadivas o coimas» en que incurren algunos Secretarios de Juzgado u Salas y/o Especialistas Legales y que lamentablemente dan lugar a acciones atentatorios de la Ética de algunos Colegas, que incluso no se encuentran hábiles para el ejercicio de la Profesión u Especialidad y de otro lado no están debidamente capacitados e idóneos para cumplir los mandatos judiciales que en su mayor parte son observados por atentar contra los justiciables y la recta administración de justicia.

 Alternativa de solución

Planteamos como solución dar cumplimiento a los Arts. 11° y 12o del Reglamento de Peritos Judiciales, Numeral VI Procedimiento literales A (puntos 1,2 y 3) y Literales B y C del Manual de procedimientos del

Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial y el Párrafo II del «Manual de Procedimientos de la Corte Superior de Justicia de Lima» aprobado por Resolución Administrativa N° 265-1999-P-CSJLVPJ.

3. PROCESO DE SELECCIÓN Y EVALUACION DE PERITOS PARA SU INCORPORACIÓN AL REPEJ.

«Este asunto es uno de las atingencias más sensibles, que han originado continuos reclamos respecto del indicado tema, en el sentido que no se continué con dicho procedimiento establecido en los Arts. 11° al 21° del Reglamento de Peritos Judiciales aprobado por Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME- PJ, y en su defecto se aplique lo establecido en la forma prescrita en el Art. 274° del Texto Único Ordena¬do de la Ley Orgánica del Poder Judicial».

 Alternativa de solución

Si bien es cierto que el Art. 274° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, prescribe que los Colegios Profesionales y Las Instituciones representativas de cada actividad u oficio debidamente reconocidos, remitan anualmente la nómina de sus miembros que consideren idóneos para el desempeño del cargo de Perito Judicial; no obstante se considera más conveniente, que en aras de cautelar la idonei¬dad de los profesionales o técnicos a incorporar al Registros de Peritos Judiciales, que se continúe bajo el procedimiento establecido en el Reglamento del REPEJ, el mismo que atenta contra la norma antes señalada, por cuanto, en el Proceso de Selección y Evaluación de los postulantes al Registro antes men¬cionado, tienen participación indirecta los Colegios Profesionales e Instituciones representativas, de la siguiente forma:

a. Evaluación Curricular cargo de los Colegios Profesionales.

b. Tachas, si se presentan, deben ser resultas por el Presidente de la Corte Superior correspondiente.

c. Evaluación de Conocimientos, a cargo de los Colegios Profesionales.

d. Entrevista Personal, está a cargo del Poder Judicial, quien puede ser asistido por el Colegio Profesio¬nal correspondiente.

Sin embargo cabe hacer notar, que mientras no se tenga confianza en los Colegios Profesionales, para efectuar un idóneo Proceso de Selección y Evaluación de los Peritos Judiciales, siempre existirá reclamos de los Postulantes; por lo que la solución a este impase es que los mismos Colegios Profesionales sean los que realicen dicho mecanismo en aplicación de la Ley.

4. FALTA DE PUBLICACION DE LA NÓMINA DE PERITOS CONTABLES JUDICIALES DE CADA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA.

Esta situación se pudo apreciar particularmente en el periodo 2008-2009 y 2009-2010 de la Corte Superior de Justicia de Lima; debido a asuntos internos de nuestra Orden; a tal punto que indebidamente

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