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Amparo lavoral


Enviado por   •  4 de Octubre de 2015  •  Trabajo  •  689 Palabras (3 Páginas)  •  122 Visitas

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AMPARO LABORAL

Expediente N° 100/2015/L1/CA/IND

ROBERTO CARLOS MEJIA

VS

PATITO S.A.


H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Irapuato Gato
Presente
Y Por su H. Conducto...
H. Tribunal Colegiado de Circuito del XIX Circuito

       JUAN ERNESTO MARTINEZ CASTILLO, representante legal de la parte demanda, con cedula profesional numero 1234 ya debidamente registrada ante esta autoridad, con el debido respeto comparezco para interponer JUICIO DE AMPARO DIRECTO, en contra del LAUDO emitido en fecha 25 de Agosto del presente año, y que se me notifico en fecha 02 de septiembre del año en curso, por medio del cual se me informa que recayó LAUDO CONDENATORIO en contra de mi representada la persona moral denominada “PATITO S.A.” y a efecto de cumplir el ARTICULO 175 de la ley de amparo MANIFIESTO:

NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: la quejosa persona moral “PATITO S.A.” con domicilio para oír  y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en CALLE GALEANA NUMERO 532 Z. CENTRO DE ESTA CIUDAD.

NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: el tercero perjudicado el C. ROBERTO CARLOS MEJIA con domicilio el ubicado en CALLE FRESAS NUMERO 06 DE LA COLONIA JUAREZ DE ESTA CIUDAD.

AUTORIDAD RESPONSABLE: JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE IRAPUATO, GUANAJUATO, con domicilio oficial el ubicado en COLONIA C.F.E, BOULEVARD SOLIDARIDAD EN DOMICILIO CONOCIDO.

ACTO RECLAMADO: el LAUDO emitido por la AUTORIDAD RESPONSABLE EN MENCION de fecha 25 de agosto de 2015, por medio del cual hay un LAUDO CONDENATORIO en contra de la moral denominada “PATITO S.A.” toda vez que manifiesta que se le tiene que indemnizar al ACTOR LA CANTIDAD TOTAL DE $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.) por los conceptos de:

INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL: $4,500.00 (cuatro mil quinientos pesos 00/100 M.N.)

VACACIONES: $1,200.00 (un mil doscientos pesos 00/100 M.N.)

PRIMA VACACIONAL $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.)

AGUINALDO: $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.)

20 DIAS POR AÑO: $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.).

Y ya que estas cantidades son sumamente exageradas y toda vez que violan el capítulo IV de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO y en particular los artículos 76, 77, 78, 80 y 81 DE LA MISMA LEY y de más relativos y aplicables es por ello que considero que se violan garantías fundamentales y violatorias de los numerales ya mencionados en contra de la moral QUEJOSA en este JUICIO DE AMPARO.

FECHA DE NOTIFICACION: el auto se fue notificado en el domicilio dado en el juicio principal en fecha 02 de septiembre de 2015.

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