Analisis De Casacion En Familia
Enviado por mmonteverde • 28 de Mayo de 2013 • 805 Palabras (4 Páginas) • 856 Visitas
RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO
CASACION NUMERO 1925-2002 AREQUIPA
1) PRESENTACION DEL CASO
El presente caso nos plantea el Recurso de Casación de la sentencia de vista en la que declara Fundada la unión de hecho y de manera accesoria la comunidad y separación de bienes entre en quien vida fuera don Federico Chocano Polanco y la señora Juana Mendoza Casanova.
El Recurso de Casación fue interpuesta por la sucesión de don Federico Chocano Polanco ( Ana Karina Chocano Zevallos ).
1.1 POSICION DE LA JUSTICIA ORDINARIA:
PRIMERA INSTANCIA: SENTENCIA INFUNDADA
El Ad –quo falla su sentencia señalando que el occiso convivía no solo con la persona de la demandante si no también con la persona de Julia Eliana Zevallos, residiendo al mismo tiempo en dos domicilios diferentes no dándose el requisito de permanencia que exige la ley.
SEGUNDA INSTANCIA: ( TERCERA SALA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA)
REVOCA LA SENTENCIA APELADA
El ad-quem funda su resolución de vista en que la persona de Juana Mendoza Casanova acredito los requisitos exigidos por el articulo 326 del Codigo Civil como:
• Que los integrantes se encuentren sin impedimento matrimonial
• Que la unión se realice con fines y deberes semejantes al matrimonio
• Que tengan dos años de convivencia
• Prueba escrita
SUPREMA: ( SALA CIVIL PERMANENTE )
CASACION:
La Sala Suprema CASA la sentencia de vista, confirmando la sentencia de primera instancia y declara INFUNDADAS las dos solicitudes de reconocimiento de Union de Hecho.
2) ENFOQUE DE LA SALA CIVIL PERMANENTE
Funda la sentencia en:
1.- CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
CAPÍTULO II
DE LOS DERECHOS SOCIALES Y ECONÓMICOS
Artículo 5°. La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes sujeta al régimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable.
2.- CODIGO CIVIL
Articulo 326.- “La unión de hecho, voluntariamente realizada y mantenida por un varón y una mujer libre de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio …”
Articulo 288.- “ Los cónyuges se deben recíprocamente fidelidad y asistencia”.
3.- CODIGO PROCESAL CIVIL ( para que proceda el recurso de casación )
Articulo 384.- FINES DE LA CASACION “El recurso de casación tiene por fines la adecuada aplicación del derecho objetivo al caso concreto y la uniformidad de la jurisprudencia nacional por la Corte Suprema de Justicia”.
Articulo 386.- CAUSALES “ El recurso de casación se sustenta en la infracción normativa que incida directamente sobre la decisión contenida en la resolución impugnada o
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