Analisis De La Constitucion
Enviado por heidybuitrago • 12 de Mayo de 2014 • 475 Palabras (2 Páginas) • 262 Visitas
En Venezuela actualmente debido al proceso de cambios en nuestro ordenamiento jurídico hay una mayor tendencia a aceptar la concepción monista, es decir se admite que el Derecho Internacional y el Derecho interno constituyen dos ramas que pertenecen a un mismo orden jurídico.
Pero la aceptación de esta teoría trae un problema y es el siguiente, que si ambos ordenamientos jurídicos no constituyen sistemas aislados sino que se relacionan, ¿Cuál tiene primacía sobre el otro?
es decir que pueden haber conflictos entre una norma de Derecho Internacional y una de Derecho Interno, en algunos artículos de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela está resuelto este problema porque se le da primacía a la norma de Derecho internacional como por ejemplo en el artículo 23 que establece lo siguiente:
“Los tratados pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta constitución y la ley de la República, y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del poder público.
De esta manera, constituye propuesta y práctica del Derecho Internacional de la actualidad, no solamente dar solución a dichos conflictos, sino así mismo ofrecer las soluciones considerando de relevancia el uso de la equidad en la aplicación del Derecho.
De esta forma, ante la comunidad internacional adquiere verdadera existencia la justicia material que impone la aplicación de un derecho armónico y conforme con la naturaleza de las relaciones internacionales respetando el derecho público nacional de cada país.
FUNDAMENTO LEGAL .CONSTITUCION IV DEL PODER PÚBLICO Capítulo I De las Disposiciones Fundamentales Sección Quinta:
De las Relaciones Internacionales.
Artículo 152. (C.R.B.V.)
Las relaciones internacionales de la República responden a los fines del Estado en función del ejercicio de la soberanía y de los intereses del pueblo; ellas se rigen por los principios de independencia, igualdad entre los Estados, libre determinación y no intervención en sus asuntos internos, solución pacífica de los conflictos internacionales, cooperación, respeto de los derechos humanos y solidaridad entre los pueblos en la lucha por su emancipación y el bienestar de la humanidad.
La República mantendrá la más firme y decidida defensa de estos principios y de la práctica democrática en todos los organismos e instituciones internacionales.
Artículo 155. (C.R.B.V.)
En los tratados, convenios y acuerdos internacionales que la República celebre, se insertará una cláusula por la cual las partes se obliguen a resolver por las vías pacíficas reconocidas en
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