Analisis Sobre Los Derechos De La Mujer
Enviado por juabi • 6 de Julio de 2012 • 9.897 Palabras (40 Páginas) • 2.431 Visitas
DERECHOS DE LAS MUJERES,
DERECHOS DE LA INFANCIA: RENOVANDO LA
CIUDADANÍA
GLADYS ACOSTA VARGAS*
SUMARIO:
1. Introducción . 2. El derecho cuestionado desde una nueva noción de justicia. 3. El ciclo de
vida y el género: Factores de especificación de derechos . 4. El fortalecimiento de la
ciudadanía de “iguales” en derechos versus el proteccionismo injustificado y la caridad . 5.
Lo contemporáneo: Ampliación de la ciudadanía de las mujeres, de los niños y de los
adolescentes. 5.1. La evolución de los consensos internacionales y su impacto en los
órdenes nacionales. 5.2. Las transformaciones de los movimientos sociales impulsores de la
ampliación de los derechos. 5.3. El desarrollo y el respeto de la individualidad. 6. Ciclo de
vida, derecho a la igualdad y a la no-discriminación . 7. Vínculos entre la Convención sobre
la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre
los Derechos del Niño. 7.1. Sujetos de derecho. 7.2. Integralidad de derechos civiles,
políticos, económicos, sociales y culturales. 7.3. Universalidad/diversidad. 7.4. Derechos
de los niños y de los adolescentes en la toma de decisiones personales. 7.5.
Responsabilidades familiares compartidas. 8. A manera de conclusión: Un nuevo derecho
para una ciudadanía activa de mujeres, niños y adolescentes . Bibliografía.
1. Introducción
El trabajo en la administración de justicia presenta enormes retos. Bien
sabemos que detrás de los números de los expedientes, se juega la vida de las
personas. Bien sabemos que detrás de los aspectos técnicos, sin los cuales no
habría consistencia procesal ni suficientes garantías para los derechos, existe
una sustancia del derecho, reflejo de complejos procesos políticos, sociales y
también teóricos, expresado en los vínculos existentes entre el derecho
internacional de los derechos humanos y el derecho nacional. Lo cierto es que
en las materias reguladoras de los derechos de los niños, los adolescentes y
las mujeres, la comunidad internacional ha hecho avances sustantivos a
partir de 1948.
Sin embargo, la comunidad internacional no hubiera llegado nunca a
definir los caminos del gran cambio civilizatorio que han significado los
derechos humanos, de los que forman parte la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW) y
la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), si no se hubieran alzado
por doquier voces de indignación ante el poder destructivo de la humanidad
por parte de las guerras, de las dictaduras y de las más diversas
manifestaciones de injusticia, discriminación y violencia aún presentes en
nuestras vidas cotidianas. En otras palabras, quienes osaron y aún osan
levantar voces individuales y colectivas imbuidas de ética a favor de la
dignidad humana han abierto, y hoy mantienen abiertos, los caminos que
estamos recorriendo en materia de construcción de una ciudadanía activa y
en la ampliación de mecanismos para la protección de todos los derechos.
Ya nadie discute hoy la indivisibilidad e interdependencia de los derechos
humanos, tampoco está en cuestión que los derechos humanos no sólo
regulan los derechos “de no hacer” del Estado, sobre todo expresados en los
derechos civiles y políticos, sino también aquellos que implican políticas
proactivas en favor de la protección de todos los seres humanos, relacionados
con los derechos económicos, sociales y culturales, tanto en el ámbito público
como en el privado, como es el caso de la regulación de las relaciones
familiares. No es que antes no hubiera regulación, la diferencia radica en que
tanto la CEDAW como la CDN, ratificadas en toda la región, le han cerrado el
paso a los atávicos autoritarismos privados, derivados de concepciones
decimonónicas de las relaciones familiares, como ha sido el caso de la
potestad marital, mediante la cual, el Estado delegaba en el marido la
resolución de los conflictos familiares en la suposición de una supuesta
“superioridad” de aquél, contenido concreto de la desigualdad, incompatible
con los mandatos de la CEDAW. Vale la pena explicar que la sustancia de los
derechos contenidos en la CEDAW se ha precisado en las Recomendaciones
Generales que el Comité de la Convención ha expedido. Por ejemplo, en
relación a la limitación provocada por la potestad marital, el Comité ha
señalado que considerar al esposo como cabeza de familia, y como principal
encargado de la adopción de decisiones, infringe las disposiciones de la
Convención (art. 16, párr. 1º, inc. c). En el caso de la patria potestad,
estamos en pleno proceso de mutación en cuanto a su contenido porque la
CDN pone límites a este ejercicio que comparten por igual (en principio) el
padre y la madre. Está ahora más claro, por ejemplo, que la noción del
desarrollo adolescente exige de ambos padres un nivel de compromiso
humano que nada tiene que ver con el ejercicio de controles compulsivos y
atentatorios de la libertad individual de los seres en formación.
Queda claro que la discusión de fondo en materia de derechos humanos,
tanto en lo conceptual como en la aplicación (ya sea administrativa, judicial o
de cualquier otro orden), debe centrarse en una preocupación fundamental
por reconocer lo concreto de la desigualdad, tanto en su impacto social como
en la limitación que impone a las personas individualmente.
Por eso mismo, siendo los derechos humanos la expresión contemporánea
más exigente de la universalidad, en el sentido de otorgar todos los derechos
a todas las personas, es también necesario hacer explícito que a quienes más
pertenecen estos derechos, es a quienes encuentran en su vida diaria
impedimentos para el ejercicio de sus derechos.
Esto explica por qué los movimientos de mujeres, y muchas mujeres
individualmente, desplegaron una múltiple acción política simultánea y no
siempre concertada, pero de gran efectividad, exigiendo no sólo el
reconocimiento de sus derechos, a nivel internacional, regional y nacional,
sino su concreción a nivel de las vidas individuales de cada mujer, sea cual
fuere su edad.
En la historia, muchas mujeres eligieron caminos indirectos e
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