Antecedentes De Las Penas
Enviado por jessikayd • 8 de Febrero de 2013 • 1.905 Palabras (8 Páginas) • 829 Visitas
Antecedentes De Las Penas
Fase Vindicativa
En la fase vindicativa que se asocia a los pueblos primitivos el objetivo principal y quizás único de la reacción ante determinados comportamientos era la venganza. El titular de la sanción era el ofendido, por lo que no se podía considerar actos institucionales. Para alcanzar la finalidad de la venganza se utilizaron indiscriminadamente muchas formas punitivas, que recaían casi de manera exclusiva y directa sobre el cuerpo de los que eran considerados responsables.
En esta forma de sanción llegó a estar amenazada la subsistencia del grupo humano pues la ausencia de sus integrantes por muerte o deportación, o su inhabilitamiento laboral por mutilaciones o torturas sufridas, hizo escasear la mano de obra indispensable para las funciones de mantenimiento de la colectividad aparecieron dos instituciones orientadas a controlar y superar dicha situación. Nos referimos al Talión y a la Compositio. La primera evitaba que la sanción fuera excesiva, buscando una proporcionalidad siendo la sanción equivalente al perjuicio recibido. La segunda ofrecía la posibilidad de transacciones comerciales sobre el derecho a tomar venganza, por lo que el agresor acordaba entregar un bien determinado al perjudicado a cambio de renunciar a su facultad de venganza.
Cuando los grupos sociales ya habían alcanzado un cierto grado de complejidad y de desarrollo, y la diferenciación entre el derecho y la religión ya se encontraba bastante adelantada, también se conoció la privación de la libertad como medida aplicable al autor de comportamientos sancionables. Mas no como instrumento de venganza sino apenas como precaución para que el ofensor no eludiese comparecer a su propio proceso ni escapase a la sanción.
La privación de la libertad no era una forma de sanción sino solo una medida procedimental de naturaleza preventiva conservo en lo fundamental dicho carácter durante siglos; más exactamente hasta la época de independencia norteamericana y la revolución francesa.
Fase Expiacionista o Retribucionista
En la fase expiacionista o retribucionista, se toma la idea de expiación de la institución religiosa, entendiendo a la pena como aquel dolor que ha de redimir, así se aplica en materia de sanciones penales, predominando hasta finales del siglo XVIII y comienzos del XIX.
Un cambio significativo con la fase anterior es que el titular de la potestad punitiva que anteriormente lo era el particular ofendido, fue sustituido por la institución religiosa si se trataba de un comportamiento definido como pecado, o por la organización política (reino o estado) si la actividad en cuestión era considerada delictiva otra innovación fue que el sentenciado como autor de un hecho punitivo recibe un beneficio a través de la ejecución de una pena y que por ende él mismo posee interés en que la sanción se haga efectiva sólo tras su reconciliación con la divinidad (expiación) o con la colectividad (retribución) podría el sentenciado gozar de tranquilidad espiritual.
Para procurar que se compensara el perjuicio causado se emplearon cuatro formas de sanción penal: las galeras, la galera era una nave movida a remo; a tal función fueron sometidos los sentenciados. Las utilidades económicas de tal sistema, que proporcionaba mano de obra gratuita explotable sin sujeción a ningún control, fueron rápidamente apreciadas.
Presidios, se denomina a las instituciones orientadas a usufructuar el trabajo de los penados.
Deportación, se enviaba al sentenciado a un lugar lejano y se le obligaba a residir allí además del trabajo gratuito para el estado que había impuesto la sanción, los deportados fueron aprovechados para la colonización de territorios inhóspitos y de difícil acceso.
Establecimientos correccionales, estas instituciones constituyeron la modalidad de reacción institucional de transición entre el periodo del poder político de la aristocracia y el de la burguesía.
(Ibíd.: 59), funcionaron para infractores y enfermos mentales, la finalidad fue explotar su fuerza de trabajo. “La esencia del correccional era combinar los principios de asilo, el taller y la institución penal… lograr que la capacidad de trabajo de gente poco dispuesta a hacerlos fuera socialmente útil, poniéndola a trabajar bajo supervisión en un régimen de estricta disciplina y orden.
Fase Correccionalista
Fase correccionalista, después de la fase de la explotación oficial del trabajo del recluso llaga la fase correccionalista, la ideología liberal se ha convertido en el pensamiento oficial, se abandona la pretensión de que los sentenciados retribuyan económicamente el perjuicio que ha causado y, en cambio, se antepone la finalidad del corregirlos.
Se introdujo el concepto de régimen penitenciario entendido como técnica orientada hacia el objetivo propuesto, el estado se reafirmo como titular único de la potestad punitiva ante los comportamientos delictivos, se evidencio que el autor de la conducta punible como el resto de la colectividad resultaban beneficiados a través de la ejecución de la pena, ambos tienen interés en que se haga efectiva.
Hay que hacer notar que el encierro nace al margen de los sistemas penales, es decir como pena fue desconocida en el antiguo derecho, pues era solo la garantía de que él condenado estuviera seguro durante la instrucción del proceso. De esta manera el sistema penal adopta el encierro y lo convierte en cárcel equivalente a castigo.
A fines del siglo XVIII, es decir, cuando bajo la influencia de la corriente humanitaria que caracterizo esta época en materia penal, las penas corporales comenzaron a ser reemplazadas por las penas privativas de libertad, la prisión adquiere un carácter represivo evidente.
Un evento importante y que representa avances hacia la humanización de la pena es la desaparición del suplicio como forma de castigar, suplicio que encontramos perfectamente ilustrado en el cuerpo de los condenados.
Paso importante para lo antes mencionado es la obra de Beccaria en la que crítica el derecho penal entonces existente, proponiendo un nuevo derecho penal, rechazando la pena de muerte.
Para el autor antes mencionado
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